RESOLUCIÓN 4870 DEL 2023
(diciembre 20)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se establecen el Modelo Integrado de Gestión (MIG) y el Sistema Integrado de Gestión (SIG) del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones/Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y se deroga la Resolución 2175 de 2022 y sus modificatorias.
EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el artículo 6o de la Ley 87 de 1993, el artículo 2.2.22.3.4 del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 5o del Decreto 1064 de 2020, y
CONSIDERANDO QUE:
La Ley 1753 de 2015, en su artículo 133, ordenó la integración de los Sistemas de Gestión de la Calidad y de Desarrollo Administrativo, en un solo Sistema de Gestión articulado con el Sistema Nacional e Institucional de Control Interno, con el fin de fortalecer los mecanismos, métodos y procedimientos de control al interior de las entidades públicas.
Dicho sistema está reglamentado mediante el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, el cual fue modificado a través del Decreto 1499 de 2017, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, respecto a la integración de los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad; adopción de las políticas de gestión y desempeño institucional; actualización del Modelo Integrado de Planeación y Gestión; y estableció que en cada una de las entidades se debe integrar un “Comité Institucional de Gestión y Desempeño” encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).
El artículo 2.2.22.3.8 de la norma en cita estableció el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, como el encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal.
Mediante la Resolución 2034 de 2016, se adoptó la Responsabilidad Social Institucional del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, articulado con las dimensiones del Modelo Integrado de Gestión - MIG, como estrategia de excelencia gerencial que parte de la definición de compromisos y acciones explícitas para gestionar su impacto económico, social, ambiental, del servicio al ciudadano y de relacionamiento con cada grupo de interés, con el fin de alcanzar beneficios de manera socialmente responsable.
Por su parte, a través de la Resolución MinTIC 1905 de 2019, se actualizó el MIG respecto a la dimensión seguimiento, control y mejora, conformación y funciones del comité MIG, con el fin de fortalecer la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, y derogó la Resolución 911 de 2018.
A través de la Resolución 1590 de 2020, se actualizaron los miembros de los Comités Internos del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de adecuar la conformación de esos comités a la nueva estructura organizacional establecida por el Decreto 1064 de 2020.
De acuerdo con el Manual de Política de Gobierno Digital, el responsable de seguridad de la información debe participar en los comités de desempeño institucional y, así mismo, apoyar a los líderes de los procesos con el objetivo de implementar adecuadamente los lineamientos de seguridad y privacidad de la información.
La Resolución 2306 del 2020, alineó las políticas MIPG frente a los procesos del Ministerio/Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, incluyó las funciones sobre la política de protección de datos personales y la política de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como a la modificación de las funciones sobre la Estrategia de Responsabilidad Social Institucional y la política de Gestión Ambiental, la cual fue aprobada en sesión No 42 del Comité MIG del 27 de agosto del 2020.
Mediante el Comité MIG No 43 del 26 de octubre del 2020, se aprobó el proceso de seguridad y privacidad de la información y el mapa de macroprocesos, lo cual requirió actualizar la alineación de las políticas MIPG y los procesos de la Entidad. Así mismo, se ajustaron los líderes de cada política y el proceso en relación con sus responsabilidades y funciones.
A través de la Resolución 1092 del 2021, se actualizó la función de revisión por la dirección, la cual permitió asegurar la conveniencia, adecuación, eficacia y alineación continua del Sistema de Gestión con la dirección estratégica del Ministerio.
Mediante el Comité MIG No 53 de 2022 se presentó y aprobó la adopción del Marco de Referencia de Arquitectura Empresarial (MRAE) y su alineación con el MIG, donde se incluye un entendimiento de la estructura del Modelo de Arquitectura Empresarial con el objetivo de ofrecer de esta forma mejores servicios a los ciudadanos y el cumplimiento de la Política de Gobierno Digital en su habilitador transversal de Arquitectura; además, se actualiza el rol y responsabilidades del líder de Arquitectura Empresarial. Finalmente, se ajusta en la Resolución 2175 de 2022 pasando de modelo RSI a estrategia RSI y se actualiza la periodicidad del comité MIG a mensual.
Mediante Comité MIG No 61 de 2022 se presentó y aprobó la sustitución de la política RSI aprobada en el comité MIG No. 42 de 2020 por compromisos de Responsabilidad Social Institucional fundamentado en que la estrategia para el manejo del RSI requiere solo la incorporación de compromisos adquiridos para adoptar en el desarrollo de los criterios de sostenibilidad de la entidad.
El Ministerio de TIC/Fondo Único de TIC con base en los requisitos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), en relación con los procesos existentes en la entidad, determinaron que es necesaria una actualización sobre el liderazgo de las políticas que plantea el modelo de acuerdo con los objetivos de cada proceso, por lo que se requiere establecer un nuevo Modelo Integrado de Gestión (MIG) y el Sistema Integrado de Gestión (SIG) y su funcionamiento.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
DISPOSICIONES GENERALES.
ARTÍCULO 1. OBJETO. La presente resolución tiene por objeto establecer el Modelo Integrado de Gestión (MIG) y el Sistema Integrado de Gestión (SIG) del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - Ministerio de TIC o MinTIC -/Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - Fondo Único de TIC o FUTIC -.
ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Lo contenido en la presente resolución aplica al Modelo de Operación por Procesos de la Entidad, el cual consiste en los lineamientos, estándares y directrices que hacen parte del ciclo de gestión de la entidad, mediante el desarrollo de las actividades definidas en los procesos para la entrega de los productos y servicios institucionales.
MODELO INTEGRA DO DE GESTIÓN.
ARTÍCULO 3. MODELO INTEGRADO DE GESTIÓN (MIG). El Modelo Integrado de Gestión del Ministerio de TIC /Fondo Único de TIC, es el instrumento gerencial adoptado por la Alta Dirección para fortalecer la gestión institucional y consolidar la efectividad organizacional, a través de la aplicación de criterios y mecanismos de monitoreo y evaluación de las facultades conferidas a las entidades públicas, permitiendo la toma de decisiones oportunas en pro del cumplimiento de su misión, visión y objetivos institucionales.
ARTÍCULO 4. DIMENSIONES DEL MIG. El MIG está conformado por las siguientes dimensiones:
1. Dimensión Estrategia: Es la dimensión que direcciona la gestión del Ministerio / Fondo Único de TIC, es orientadora y visionaria, permite focalizar la labor hacia un propósito retador y atractivo. Mediante la Estrategia se aclara qué es lo que quiere lograr la entidad, comprende todos los elementos que el Ministerio / Fondo Único de TIC formula para establecer sus líneas de acción con la finalidad de integrarlos en un marco estratégico común.
2. Dimensión Cultura: Es la dimensión que establece el marco de acción centrado en principios y valores que deben adoptar todos los colaboradores de la entidad a través de la cultura organizacional, orientado a la realización de la misión, visión y objetivos institucionales del MinTIC/Fondo Único TIC.
3. Dimensión Relación con los Grupos de Interés: Es la dimensión que facilita la comunicación, el intercambio de información y la atención oportuna, veraz y efectiva de las solicitudes de sus grupos de interés, encaminada a la satisfacción de sus necesidades y expectativas.
Esta dimensión está orientada a la definición de acciones anticipadas que generen mutuo beneficio entre los grupos de interés y el Ministerio de TIC/Fondo Único TIC, a través del conocimiento de sus intereses, motivos, condiciones y especificidades
4. Dimensión Arquitectura Institucional: Es la dimensión que establece los lineamientos, mecanismos y herramientas que, en términos de diseño organizacional, debe tener el Ministerio/Fondo Único TIC para cumplir con sus propósitos. Esta dimensión realiza la identificación, racionalización, simplificación y automatización de trámites internos, procesos transversales y procedimientos, así como la optimización del uso de recursos, caracterizando al MinTIC/Fondo Único TIC como organizaciones modernas, innovadoras, flexibles y abiertas al entorno, con capacidad de transformarse, adaptarse y responder en forma ágil y oportuna a las demandas y necesidades de la comunidad, para el logro de los objetivos del Estado.
Para cumplir con tales propósitos, la entidad adopta el Marco de Referencia de Arquitectura Empresarial (MRAE), como herramienta para implementar el habilitador de arquitectura de la política de Gobierno Digital en los siguientes componentes:
a. Procesos: tienen como objetivo hacer transversal el accionar de la Entidad a partir de la identificación de los aportes de las dependencias en términos de generación de valor, para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del MinTIC/Fondo Único TIC, previendo una orientación consciente hacia la satisfacción de las necesidades y expectativas de sus grupos de interés, la claridad acerca de la interacción existente entre ellos, y la determinación de los recursos, roles y responsabilidades pertinentes para su desarrollo.
b. Información: fomenta la administración integral de la relación que poseen los procesos internos, los sistemas de información en los que se soportan, y la información que se genera. Ello incluye la centralización de la información transaccional, la conservación ordenada de la misma, independiente del medio en que se genere y su uso responsable. Su intención es reconocer a la información como un activo institucional y lograr su disponibilidad, integridad, confidencialidad y autentificación de acuerdo con su criticidad, parte fundamental de la gestión del conocimiento del sector TIC, la transparencia y el acceso al que tienen derecho los grupos de interés.
c. Tecnologías de la Información - Ti (Sistemas de Información, Servicios Tecnológicos (Tecnología) y Seguridad de la Información): buscan planear estratégicamente los sistemas de información a través de su diseño, operación, soporte y mejoramiento para apoyar la gestión de los procesos identificados para el Ministerio de TIC/Fondo Único TIC, y soportar el flujo de la información que circula por sus dependencias en términos de accesibilidad, disponibilidad, integridad, confidencialidad, autentificación y generación de conocimiento. Su implementación permite promover su utilización como una pieza clave para el mejoramiento continuo, la innovación organizacional y la preservación de la memoria institucional. La implementación de los planes de ajuste tecnológico, protocolos de IPv6, seguridad y privacidad de la información y manejo de redes, entre otros, hacen parte de este componente.
5. Dimensión Seguimiento, Control y Mejora: Es la dimensión que desarrolla los mecanismos de seguimiento utilizados por el Ministerio de TIC/Fondo Único TIC, fortaleciendo su capacidad de autoevaluarse para detectar desviaciones, establecer tendencias y generar recomendaciones que orienten acciones oportunas de mejoramiento, mediante la ejecución de las estrategias de autoevaluación. Se desarrolla a través del Sistema Institucional de Control Interno -SICI, bajo el marco metodológico del MECI alineado al modelo COSO-INTOSAI, el cual proporciona 2 elementos principales: una estructura para el control de la estrategia la gestión y la evaluación de las entidades del Estado con cinco componentes y un esquema de responsabilidades integrada por cuatro líneas de defensa, su estructura se centra en la “gestión de riesgos” y “el control”, propendiendo a “incrementar dicho valor” y se distribuye en los servidores de la Entidad, sin concentrarse en la la Oficina de Control Interno.
PARÁGRAFO 1. Con el objeto de asegurar la alineación e integración de las diferentes dimensiones del MIG, en particular las dimensiones de estrategia y la arquitectura institucional, y como parte del Marco de Referencia de Arquitectura Empresarial - MRAE de la política de gobierno digital, se adopta la guía para el desarrollo de Ejercicios de Arquitectura Empresarial para implementarse en la entidad, alineado a lo previsto en el Decreto 1078 de 2015, ARTÍCULO 2.2.17.4.7. Obligaciones de los sujetos obligados y ARTÍCULO 2.2.20.5. Integración cie los lineamientos de digitalización y automatización de trámites con las políticas de gobierno digital y de racionalización de trámites, entendiéndose la Arquitectura como la capacidad de ejecutar Ejercicios de Arquitectura mediante el Líder de Arquitectura Empresarial, sobre los requerimientos y necesidades de análisis y diseño que requieran de los componentes misiones / estratégicos, de procesos, de tecnología y/o de seguridad en la Entidad y el Sector TIC y deban establecer hojas de ruta de proyectos que faciliten la transformación digital de la Entidad, mediante el Modelo de Gobierno de la Arquitectura Empresarial de Ministerio TIC.
PARÁGRAFO 2. El Modelo Integrado de Gestión - MIG de acuerdo con sus cinco (5) dimensiones se alinea con el Sistema Institucional de Control Interno -SICI y el MIPG definido por el Departamento Administrativo de la Función Pública y sus siete (7) dimensiones relacionadas en el siguiente cuadro:
DIMENSIONES MIG | DIMENSIONES MIPG |
Cultura | -Talento humano |
-Gestión del conocimiento e innovación | |
Estrategia | -Direccionamiento estratégico y planeación |
Grupos de Interés | -Información y comunicación *Gestión con valores para resultados *Evaluación de resultados |
Arquitectura Institucional | -Información y comunicación *Gestión con valores para resultados *Evaluación de resultados |
Seguimiento, Control y Mejora | -Control interno *Evaluación de resultados |
PARÁGRAFO 3. Para la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión se establece por parte de los Líderes de los diferentes Sistemas de Gestión y el Comité MIG la relación de las políticas de Gestión y Desempeño Institucional MIPG y los procesos responsables de planear y ejecutar las acciones necesarias para la implementación de los requisitos de cada política, bajo el acompañamiento y seguimiento de la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales de MinTIC, de la siguiente manera:
POLITICA MIPG | PROCESOS MIG ASOCIADOS |
Planeación Institucional | -Direccionamiento Estratégico |
Gestión Presupuestal y Eficiencia del Gasto Público | -Gestión Financiera *Direccionamiento Estratégico |
Compras y Contratación Pública | -Gestión de Compras y Contratación |
Talento Humano | -Gestión del Talento Humano *Gestión del Conocimiento |
Integridad | -Gestión del Talento Humano |
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Lucha Contra la Corrupción | -Oficial de Transparencia de MinTIC -Comunicación Estratégica *Gestión de Atención a Grupos de Interés -Fortalecimiento Organizacional |
Fortalecimiento Organizacional y Simplificación de Procesos | -Fortalecimiento Organizacional *Gestión de Recursos Administrativos *Gestión del Talento Humano - Arquitectura Empresarial |
Servicio al Ciudadano | -Comunicación Estratégica -Gestión de Atención a Grupos de Interés -Gestión Documental -Direccionamiento Estratégico -Uso y Apropiación de las TIC --Gestión de Talento Humano |
Participación Ciudadana en la Gestión Pública | -Fortalecimiento Organizacional *Comunicación Estratégica *Gestión de Atención a Grupos de Interés -Gestión Documental |
Racionalización de Trámites | -Gestión de la Industria de las Comunicaciones -Gestión Financiera -Gestión Jurídica -Uso y Apropiación de las TIC -Gestión de TI |
Gestión Documental | -Gestión Documental |
-Gestión de TI | |
Gobierno Digital | -Gestión de TI *Gestión del Conocimiento -Fortalecimiento Organizacional *Seguridad y Privacidad de la Información *Arquitectura Empresarial |
Seguridad Digital | -Gestión de TI -Fortalecimiento Organizacional *Seguridad y Privacidad de la Información |
Defensa Jurídica | -Gestión Jurídica |
Gestión del Conocimiento y la Innovación | -Gestión del Conocimiento *Gestión del Talento Humano |
Control Interno | -Evaluación y Apoyo al Control de la Gestión -Fortalecimiento Organizacional |
Seguimiento y Evaluación del Desempeño Institucional | -Direccionamiento Estratégico *Fortalecimiento Organizacional *Gestión de atención a grupos de interés |
Mejora Normativa | -Gestión Jurídica -Todos los procesos misionales |
Gestión de la Información Estadística | -Gestión de la Información Sectorial |
ARTÍCULO 5. EJE ARTICULADOR - LIDERAZGO, GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN. El liderazgo y la gestión del conocimiento e innovación tienen como propósito el permitir a los colaboradores del Ministerio de TIC/Fondo Único TIC lograr un alto desempeño en los equipos de trabajo; promover cambios desde los grupos y orientar el talento humano hacia la agregación de valor en sus actividades y la transformación de la organización.
ARTÍCULO 6. SISTEMA DE GESTIÓN Y LÍDERES DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN. El Sistema de Gestión es el conjunto de elementos de la entidad interrelacionados o que interactúan para establecer políticas, objetivos y procesos para lograr las metas establecidas. Se denominan líderes de los sistemas de gestión a los funcionarios del nivel directivo o asesor encargados de planear, ejecutar y hacer seguimiento a los recursos físicos, humanos y financieros, así como de coordinar y articular con los diferentes procesos acciones con el fin de garantizar el fortalecimiento, sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión.
ARTÍCULO 7. SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN - SIG. El Sistema Integrado de Gestión - SIG del Ministerio de TIC/Fondo Único de TIC es un instrumento de carácter gerencial cuyo propósito es garantizar el desarrollo del MIG a través de la mejora continua de la gestión, el aprovechamiento de los recursos, el cumplimiento de los objetivos estratégicos de la entidad, materializándose a través del Modelo de Operación por Procesos, con una gestión integral de calidad, seguridad y salud en el trabajo, seguridad y privacidad de la información, ambiental y de estrategia de responsabilidad social institucional, apoyando de esta manera el cumplimiento de los objetivos institucionales.
PARÁGRAFO. La instauración de otros sistemas de gestión en la Entidad deberá ser presentada al Comité MIG para su aprobación por parte del Líder del Sistema que se requiere adoptar. La Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales del MinTIC, deberá gestionar la alineación correspondiente a los sistemas de gestión y modelos que se requieran normativamente, así como los que se desarrollen por iniciativa de la Entidad.
ROLES Y RESPONSABILIDADE.
ARTICULO 8. LÍDER DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN S IG Y LÍDERES DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN. El Sistema Integrado de Gestión será liderado por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales, quien coordinará, articulará y promoverá el desarrollo armónico y el fortalecimiento del Modelo Integrado de Gestión. El Sistema Integrado de Gestión del MinTIC/Fondo Único de TIC está compuesto por los siguientes Sistemas de Gestión: Calidad, Ambiental, Seguridad y Privacidad de la Información, Seguridad y Salud en el Trabajo, y la estrategia de Responsabilidad Social Institucional.
PARÁGRAFO 1. Cada uno de los Sistemas de Gestión será liderado por:
a. El sistema de gestión de calidad está en cabeza del Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales o quien haga sus veces.
b. El sistema de gestión ambiental está en cabeza del Subdirector Administrativo o quien haga sus veces.
c. El sistema de seguridad y privacidad de la información está en cabeza del Oficial de Seguridad y Privacidad de la Información o quien haga sus veces.
d. El sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo está en cabeza del Subdirector para la Gestión del Talento Humano o quien haga sus veces.
e. La estrategia de responsabilidad social institucional está en cabeza del Subdirector Administrativo o quien haga sus veces.
PARÁGRAFO 2. El líder de Arquitectura Empresarial es un rol de apoyo al Sistema Integrado de Gestión, el cual mediante el habilitador de arquitectura de la política de Gobierno Digital asegurará la alineación de las dimensiones, sistemas y componentes del Modelo Integrado de Gestión - MIG de la Entidad.
ARTÍCULO 9. LÍDERES DE PROCESO. Se denominan líderes de proceso a los funcionarios del nivel directivo o asesor responsables de la correcta ejecución de los procesos a su cargo y en general de la sostenibilidad y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión.
ARTÍCULO 10. GESTORES MIG. Los Gestores MIG son los enlaces responsables de agilizar la gestión de las dimensiones, componentes y requisitos necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Sistema Integrado de Gestión. Serán designados por el líder o responsable de cada dependencia, grupo interno de trabajo, programa o proyecto.
ARTÍCULO 11. DEBERES DE LOS COLABORADORES DEL MINISTERIO DE TIC/FONDO ÚNICO TIC CON RESPECTO AL MIG. En relación con el MIG se establecen los siguientes deberes de los funcionarios y colaboradores del Ministerio/Fondo Único TIC:
a) Aplicar dentro de su gestión los lineamientos del MIG y dar estricto cumplimiento a sus dimensiones.
b) Apoyar, a través del conocimiento técnico y el soporte administrativo requerido, las acciones de actualización y mejora de las dimensiones que conforman el MIG.
c) Participar en las jornadas de sensibilización, apropiación y fomento de las dimensiones del MIG adelantadas por la Entidad.
ARTÍCULO 12. RESPONSABILIDADES DEL LÍDER DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN - SIG. El líder del Sistema Integrado de Gestión - SIG tiene las siguientes responsabilidades:
1. Coordinar y articular con los líderes de los sistemas de gestión las acciones necesarias para implementar, documentar, fortalecer, mejorar, evaluar y garantizar la integralidad de los sistemas de gestión de manera que promuevan el cumplimiento de los atributos de calidad del Sistema Integrado de Gestión del Ministerio de TIC/Fondo Único de TIC.
2. Coordinar los temas de revisión por dirección con los líderes de los sistemas de gestión, para su presentación ante el Comité MIG.
3. Coordinar con los líderes de los sistemas de gestión la preparación y ejecución de auditorías internas y externas orientadas a la certificación del SIG, así como las acciones de mejora planteadas en cada uno de los sistemas.
4. Asesorar a la línea estratégica en el análisis del contexto interno y externo, para una adecuada definición de la política de administración del riesgo, el establecimiento de los riesgos al proceso de Direccionamiento acorde con el esquema de procesos actual, o bien el que lo actualice o sustituya cuando existan cambios en dicho esquema de operación.
5. Identificar cambios en el entorno (interno o externo) que afecten el apetito del riesgo en la entidad, para su análisis en el comité CICCI y se adelanten los ajustes que correspondan a este aparte dentro de la presente política.
6. Consolidar el mapa de riesgos institucional, con un enfoque para el análisis de los riesgos de mayor criticidad frente al logro de los objetivos y presentarlo periódicamente (establecer una periodicidad concreta) ante la línea estratégica de la Entidad para su análisis y toma de decisiones correspondiente.
7. Informar a los Líderes de los procesos la materialización de un riesgo no identificado para que sea identificado e incluido en el mapa de riesgo del proceso correspondiente.
PARÁGRAFO. El líder de Arquitectura Empresarial apoyará al líder del sistema integrado de gestión en:
1. Activar el desarrollo de ejercicios de Arquitectura Empresarial periódicamente y/o a requerimientos del Líder del SIG para identificar necesidades relacionadas a un reto estratégico de la Entidad, a un proceso institucional específico, o a un cumplimiento regulatorio.
2. Identificar, documentar y clarificar requerimientos de arquitectura y los recursos institucionales necesarios para definir la estrategia para la realización de los ejercicios de Arquitectura Empresarial.
3. Gestionar el desarrollo de los ejercicios de arquitectura siguiendo el Modelo de Arquitectura Empresarial de Ministerio de TIC y articulando diferentes arquitectos de negocio, tecnología y seguridad, y personal de apoyo en la realización de los mismos.
4. Presentar resultados de los ejercicios de arquitectura empresarial siguiendo el procedimiento de Arquitectura Empresarial para la revisión y evaluación y mejora continua de los ejercicios de arquitectura.
5. Velar porque se mantenga actualizado el repositorio de arquitectura empresarial de la Entidad.
ARTÍCULO 13. RESPONSABILIDADES GENERALES DE LOS LÍDERES DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN. Los líderes de los sistemas de gestión tienen las siguientes responsabilidades, en el marco del Sistema Integrado de Gestión:
1. Proponer las políticas y los objetivos de cada sistema de gestión al Comité MIG para su aprobación.
2. Identificar y gestionar, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales, las necesidades de recursos humanos, físicos, financieros y tecnológicos del Sistema Integrado de Gestión.
3. Diseñar, en coordinación con la Oficina Asesora de Prensa, las estrategias para la apropiación de las políticas, objetivos, requisitos legales y otros requisitos del SIG para fortalecer su implementación en la entidad.
4. Formular y realizar el seguimiento de los indicadores aplicables a cada Sistema de Gestión, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales.
5. Coordinar con la Oficina de Control Interno las acciones requeridas para planificar las auditorías internas al Sistema Integrado de Gestión.
6. Orientar a la Subdirección de Gestión Contractual en la definición y establecimiento de obligaciones contractuales que permitan fortalecer el Sistema Integrado de Gestión en relación con los proveedores o colaboradores del Ministerio de TIC/Fondo Único de TIC.
7. Apoyar y participar en la formulación del Plan de Continuidad de la Operación, así como en los Planes de Emergencias y Simulacros.
8. Preparar la revisión por la dirección de cada uno de los Sistemas de Gestión adoptados por el Ministerio de TIC/Fondo de TIC, con el fin de ser presentados ante el Comité MIG.
9. Realizar la preparación y ejecución de auditorías internas y externas, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales, así como la gestión de las acciones de mejora para cumplimiento por cada uno de los líderes de los Sistemas de Gestión.
10. Promover estrategias para la gestión del conocimiento y la innovación en el Ministerio, asociadas al Sistema Integrado de Gestión.
11. Definir e implementar, en coordinación con la Subdirección para la Gestión del Talento Humano, las estrategias tendientes a fortalecer las competencias de los colaboradores en temas relacionados con el SIG a través del Plan Institucional de Capacitación.
12. Apoyar la implementación de los lineamientos y requerimientos que se generen del proceso de arquitectura empresarial
ARTÍCULO 14. RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DE LOS LÍDERES DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN. Los lideres de los sistemas de gestión tienen las siguientes responsabilidades específicas:
1. Responsabilidades específicas del líder del sistema de gestión calidad:
a. Mantener el Sistema de gestión de calidad alineado con los requisitos de la norma.
b. Mejorar el cumplimiento de los requisitos del Sistema de Gestión de Calidad.
c. Implementar las directrices para la auditoría de los Sistemas de Gestión.
d. Mantener y asegurar la actualización de los documentos definidos en SIMIG, que afecten el Sistema de Gestión de Calidad.
e. Actualizar la política y los objetivos del Sistema de Gestión de Calidad, los cuales deben ser presentados ante el Comité MIG para su revisión y aprobación.
f. Identificar y actualizar los requisitos legales y de otra índole del Sistema de Gestión de Calidad que apliquen a la entidad.
g. Realizar seguimiento a la matriz de requisitos legales y de otra índole del Sistema de Gestión de Calidad.
h. Identificar, generar y documentar planes de mejoramiento sobre las deficiencias encontradas en el seguimiento a la matriz de requisitos legales, para la satisfacción del cliente y de otra índole.
2. Responsabilidades específicas del líder del sistema de gestión ambiental:
a. Mantener el Sistema de Gestión Ambiental alineado con los requisitos de la norma.
b. Garantizar que el Sistema de Gestión Ambiental cumpla con los requisitos adoptados por la entidad.
c. Mantener, asegurar y controlar la actualización de todos los documentos que forman parte del Sistema de Gestión Ambiental.
d. Identificar, prevenir y controlar los impactos ambientales que generan las actividades y servicios desarrollados por la entidad.
e. Formular programas, objetivos y metas coherentes con la identificación de aspectos e impactos ambientales y resultados de su valoración, a través de indicadores y lineamientos plasmados en el Plan Institucional de Gestión Ambiental.
f. Asegurar que se cumpla con la legislación ambiental vigente.
g. Implementar estrategias y acciones para minimizar los impactos ambientales generados por la entidad.
h. Promover la participación de los funcionarios y/o contratistas por medio de formación y sensibilización sobre el cuidado del medio ambiente.
i. Informar a la Alta Dirección sobre el desempeño ambiental.
3. Responsabilidades específicas del líder del sistema de seguridad y privacidad de la información:
a. Mantener el Sistema de Gestión de Seguridad y Privacidad de la Información - SGSPI alineado con los requisitos de la normativa en la materia.
b. Mantener el Sistema de Gestión de Seguridad y Privacidad de la Información - SGSPI de la Entidad alineado con la estrategia del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - MINTIC, y lo que contempla el Gobierno Nacional en cuanto a Ciberdefensa, Confianza y Seguridad Digital.
c. Establecer y realizar seguimiento a la implementación de los controles de seguridad y privacidad de la información de la Entidad de acuerdo con la normativa vigente.
d. Gestionar la actualización de las políticas de seguridad y privacidad de la información, seguridad y confianza digital y continuidad de la operación de la Entidad para su aprobación ante Comité MIG.
e. Realizar seguimiento a la gestión de activos, riesgos, incidentes, continuidad, cultura y privacidad de la Información del Ministerio de TIC/Fondo Único de TIC.
f. Liderar la gestión de riesgos de Seguridad y Privacidad de la Información, Seguridad Digital y Continuidad de la Operación de los Servicios (Riesgos de Interrupción).
g. Asesorar a los líderes de proceso en la identificación de los riesgos de Seguridad y Privacidad de la Información, Seguridad Digital y Continuidad de la Operación de los Servicios (Riesgos de Interrupción).
h. Realizar seguimiento a la gestión de los incidentes de seguridad y privacidad de la información en el MinTIC/Fondo Único de TIC de acuerdo con los procedimientos definidos.
i. Supervisar la respuesta a incidentes sobre violaciones de la seguridad, informando a la Línea Estratégica sobre sus consecuencias y acciones implementadas.
j. Generar informes semestrales sobre los incidentes de Seguridad y Privacidad de la información, específicamente de posible fuga de información.
k. Proponer a la línea estratégica de la Entidad medidas y mecanismos para mejorar la gestión de Seguridad y Privacidad de la información.
4. Responsabilidades específicas del líder del sistema de seguridad y salud en el trabajo:
a. Mantener el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST alineado con los requisitos de la norma y demás reglamentarios.
b. Divulgar la política de SG-SST cada vez que sea actualizada y aprobada por parte del Comité MIG.
c. Diseñar y desarrollar un plan de trabajo anual para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos en el SG-SST, el cual debe identificar claramente metas, responsabilidades, recursos y cronograma de actividades, en concordancia con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.
d. Documentar en la herramienta SiMIG y divulgar a través de herramientas de comunicación a todos los niveles de la Entidad, incluida la Alta Dirección, las responsabilidades específicas en SG-SST.
e. Implementar y desarrollar actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de promoción de la salud en el SG-SST, de conformidad con la normativa vigente.
f. Informar a los funcionarios y/o contratistas y a sus delegados ante los miembros del Comité Paritario de SG-SST y demás partes interesadas, según corresponda, de conformidad con la normativa vigente, sobre el desarrollo de todas las etapas del SG-SST e igualmente, debe evaluar las recomendaciones emanadas para el mejoramiento continuo.
g. Promover la participación de todos los colaboradores del Ministerio de TIC/Fondo Único de TIC en la implementación, mantenimiento y mejora del SG-SST.
5. Responsabilidades específicas del líder de la estrategia de responsabilidad social institucional:
a. Mantener la estrategia de responsabilidad social institucional alineado con los requisitos de la norma.
b. Promover y aplicar la estrategia de Responsabilidad Social Institucional en los procesos del MinTIC/FUTIC, desarrollando buenas prácticas con criterios de sostenibilidad en el marco normativo de la ISO 26000, Pacto Global y la normativa vigente nacional e internacional.
c. Elaborar e implementar las estrategias de comunicación para la socialización y apropiación de la estrategia de Responsabilidad Social del MinTIC con sus grupos de interés.
d. Apoyar en la elaboración de los informes de sostenibilidad, con los estándares requeridos.
e. Efectuar la articulación de la estrategia de Responsabilidad Social Institucional con el Modelo Integrado de Gestión para consolidar el valor compartido del MinTIC con sus grupos de interés.
6. Responsabilidades el líder de Arquitectura Empresarial
El líder de Arquitectura Empresarial tiene a cargo las responsabilidades específicas contenidas en el manual vigente AEM-TIC-MA-001- MODELO DE GOBIERNO DE LA ARQUITECTURA EMPRESARIAL, numeral 6 Desarrollo, item Roles.
ARTÍCULO 15. RESPONSABILIDADES DE LOS LÍDERES DE PROCESOS. Los líderes de procesos tienen las siguientes responsabilidades:
a. Dar cumplimiento a las políticas, manuales, programas y demás documentos que orienten el desarrollo de los diferentes sistemas de gestión para garantizar su fortalecimiento y sostenibilidad.
b. Fomentar dentro de sus procesos la apropiación del Modelo Integrado de Gestión de la Entidad.
c. Asegurar la documentación de su proceso, socializar y promover su mejoramiento continuo.
d. Planificar la ejecución de sus procesos teniendo en cuenta los cambios en el contexto interno y
externo, los riesgos identificados y las necesidades y expectativas de los diferentes grupos de interés.
e. Identificar y gestionar los riesgos y peligros que afecten su proceso en la entidad de manera articulada, con el fin de mitigarlos y potenciar el cumplimiento de los objetivos definidos en la planeación estratégica.
f. Identificar y gestionar las acciones de mejora generadas en los diferentes niveles en el marco de los procesos.
g. Participar en las actividades definidas por los líderes de los Sistemas de Gestión para la sostenibilidad del Modelo Integrado de Gestión.
h. Apoyar y participar en la formulación de los Planes de Continuidad de la Operación, planes de Emergencias y Simulacros.
i. Revisar, actualizar y aprobar los activos de información identificados para el proceso.
j. Realizar seguimiento, control y medición del proceso a su cargo.
k. Apoyar la realización de la revisión por la dirección del Sistema Integrado de Gestión.
l. Preparar y atender las auditorías internas y externas del SIG relacionadas con su proceso.
m. Promover la gestión del conocimiento y la innovación al interior de su proceso.
n. Establecer el profesional, para el cumplimiento de las responsabilidades como gestor del proceso en la dependencia.
o. Identificar, valorar y aprobar los riesgos que pueden afectar el proceso, los programas, proyectos, planes y procedimientos a su cargo y actualizarlo cuando se requiera.
p. Definir, aplicar y hacer seguimiento a los control es para mitigar los riesgos identificados alineados con las metas y objetivos de la entidad y proponer mejoras a la gestión del riesgo en su proceso y reportar en el sistema o esquema definido por la entidad los avances y evidencias de la gestión de los riesgos dentro de los plazos establecidos.
q. Supervisar la ejecución de los controles aplicados por el equipo de trabajo en la gestión del día a día, detectar las deficiencias de los controles y determinar las acciones de mejora a que haya lugar.
r. Informar a la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales (como 2a línea de defensa) sobre los riesgos materializados en los procesos, programas, proyectos y planes a su cargo. En caso de la materialización de un riesgo no identificado, este debe ser incluido en el mapa de riesgo del proceso correspondiente.
s. Establecer y aplicar las acciones de mejora requeridas frente al mapa de riesgos correspondiente, una vez se genera el informe de materialización del riesgo.
t. Aplicar las responsabilidades alineadas a su proceso específicamente las correspondientes como primera línea de defensa señaladas en el Manual de Lineamientos para la Administración de Riesgos.
u. Apoyar la implementación de los lineamientos y requerimientos que se generen del proceso de arquitectura empresarial
ARTÍCULO 16. RESPONSABILIDADES DE LOS GESTORES MIG. Los gestores MIG tienen las siguientes responsabilidades:
a. Apoyar en sus procesos la apropiación del Modelo Integrado de Gestión y sus atributos de calidad.
b. Gestionar el diseño, creación, implementación y socialización de la documentación de los procesos en el marco del SIG.
c. Promover en sus procesos la identificación y actualización del contexto interno y externo, así como las necesidades y expectativas de los grupos de interés.
d. Apoyar a los líderes de procesos en la correcta gestión del riesgo: identificación, evaluación y seguimiento a controles, definición y seguimiento de planes de tratamiento e identificación y tratamiento de materializaciones.
e. Apoyar la identificación y gestión de las acciones de mejora generadas en los procesos, promoviendo su mejoramiento continuo.
f. Apoyar las estrategias definidas por los líderes de los sistemas de gestión para el fortalecimiento del SIG en la entidad y difundir al interior de sus procesos sus políticas, objetivos y directrices.
g. Participar activamente en las reuniones y sensibilizaciones programadas en el marco del Sistema Integrado de Gestión.
h. Apoyar la preparación y atención de las auditorías internas y externas del SIG.
i. Promover la gestión del conocimiento e innovación al interior del proceso, incluyendo la identificación y documentación de buenas prácticas y lecciones aprendidas.
j. Apoyar la preparación y el envío de la información requerida para la Revisión por la Dirección, como requisito de seguimiento que piden todas las normas ISO.
k. Apoyar la identificación y actualización de los activos de información identificados en su proceso.
l. Apoyar en la planificación y desarrollo de la continuidad de la operación del Ministerio de TIC/Fondo Único de TIC.
m. Apoyar la implementación de los lineamientos y requerimientos que se generen del proceso de arquitectura empresarial
COMITÉ MIG.
ARTÍCULO 17. COMITÉ MIG. Es la instancia orientadora del MIG en donde se tratan los temas referentes a las políticas de gestión y desempeño institucional, y demás componentes del modelo, promoviendo sinergias entre las dependencias, iniciativas, estrategias y proyectos que redunden en beneficios institucionales y en la satisfacción de grupos de interés del Ministerio de TIC/Fondo Único TIC. Este Comité hará las veces del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del que habla el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015.
ARTÍCULO 18. CONFORMACIÓN COMITÉ MIG. El Comité MIG estará integrado por los siguientes miembros con voz y voto:
1 Un delegado del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
2 El Secretario General, quien lo presidirá.
3 El Viceministro de Conectividad. (o un delegado).
4 El Viceministro de Transformación Digital. (o un delegado).
5 El Director Jurídico.
6 El Jefe de la Oficina para la Gestión de Ingreso s del Fondo.
7 El Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información.
8 El Jefe de la Oficina Asesora de Prensa.
9 El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales. (o un delegado).
10 El Jefe de la Oficina de Fomento Regional de TIC.
11 El funcionario que ejerza el rol de Oficial de Seguridad y Privacidad de la Información.
PARÁGRAFO 1. El Jefe de la Oficina de Control Interno asistirá en calidad de invitado, con voz, pero sin voto.
PARÁGRAFO 2. La asistencia al Comité MIG será obligatoria. La inasistencia deberá ser justificada ante la Secretaría Técnica del Comité.
ARTÍCULO 19. FUNCIONES DEL COMITÉ MIG. El Comité MIG tendrá las siguientes funciones:
1. Asesorar y emitir recomendaciones al Ministerio/Fondo Único de TIC en la definición de las políticas y estrategias para el fortalecimiento del MIG-SIG y la Administración del riesgo para su inclusión y aprobación en el Comité CICCI.
2. Aprobar y hacer seguimiento a los planes institucionales, programas, proyectos, estrategias y herramientas que faciliten la implementación interna de las políticas de gestión y desempeño institucional.
3. Aprobar los planes de acción de los riesgos que se encuentren en zona moderada, alta o extrema conforme a los Lineamientos para la Administración de Riesgos definidos en la entidad y realizar seguimiento a la implementación de estos.
4. Realizar seguimiento a la administración de riesgos de la Entidad, análisis periódico a los riesgos institucionales, y proponer mejoras a su estructura y dirimir los conflictos que se deriven de su ejecución.
5. Aprobar y hacer seguimiento a las políticas y objetivos del Sistema Integrado de Gestión que permitan apalancar la gestión del riesgo en diferentes ámbitos institucionales.
6. Aprobar las políticas internas correspondientes del Código del Buen Gobierno y Código de Ética en la Entidad y realizar seguimiento a su ejecución.
7. Aprobar y apoyar la implementación del plan de continuidad de la operación del Ministerio/Fondo Único de TIC, con el fin de mitigar los riesgos asociados a una posible interrupción de la operación.
8. Aprobar las políticas en materia de datos personales y hacer seguimiento a la implementación de la normativa de protección de datos personales que emita el Gobierno Nacional.
9. Realizar seguimiento al avance de la implementación de las políticas de gestión y desempeño institucional articuladas con el MIG.
10. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para evaluar e implementar acciones de mejora continua y sostenibilidad del Modelo Integrado de Gestión y Sistema Integrado de Gestión MIG-SIG.
11. Presentar los informes que el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño Institucional y los organismos de control requieran sobre la gestión y el desempeño de la Entidad.
12. Cumplir las funciones en materia de archivo de que trata el capítulo 1 del título 2 de la parte 8 del libro 2 del Decreto 1080 de 2015 o las normas que lo modifiquen, subroguen o deroguen.
13. Aprobar para la vigencia la realización del ciclo de auditoría interna al SIG y las auditorías externas orientadas a la certificación o mantenimiento de certificación de los sistemas de gestión que conforman el SIG e informar al Comité Institucional de Coordinación de Control Interno –CICCI, para su inclusión en el programa anual de auditorías internas -PAAI.
14. Realizar revisión, por parte de la alta dirección, al Sistema Integrado de Gestión, con el fin de asegurar la idoneidad, la adecuación, la eficiencia y la alineación continua con los objetivos estratégicos de la Entidad.
15. Direccionar los ejercicios de Arquitectura Empresarial y priorizar los proyectos que conforman la hoja de ruta.
16. Las demás que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación del MIG.
ARTÍCULO 20. SESIONES. El Comité MIG sesionará bimestralmente, y de manera extraordinaria cuando se requiera por parte de alguno de los líderes de procesos o del sistema integrado de gestión. Las sesiones podrán llevarse a cabo presencialmente o a través de conferencia virtual, de conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la Ley 1437 de 2011, o las normas que lo modifiquen, subroguen o deroguen.
Las sesiones del Comité MIG se adelantarán de conformidad con lo expuesto a continuación:
1. La invitación a la sesión del Comité se efectuará por medio del correo electrónico institucional del Comité MIG, a la cual se adjuntará los soportes correspondientes del asunto a tratar (presentación y adjuntos de ser necesario).
2. El secretario técnico deberá especificar en el texto de la convocatoria la fecha y hora de la sesión, el orden del día, las instrucciones de la sesión, el término para proponer observaciones y para manifestar la aprobación o no de cada uno de los temas a tratar.
3. Cada uno de los miembros deberá manifestar, de manera clara y expresa, su posición frente al asunto sometido a consideración y expresar o remitir al secretario técnico y a los demás miembros del Comité su decisión.
4. Si se presentan observaciones o comentarios por los miembros del Comité, se harán los ajustes sugeridos, si en criterio del presidente proceden, y el secretario enviará nuevamente el proyecto a todos los integrantes con los ajustes, para que sean aprobados por los miembros del Comité.
5. Una vez adoptadas las decisiones pertinentes, el secretario técnico informará la decisión a los miembros del Comité y levantará el acta respectiva. Los miembros del Comité dentro del plazo previsto al envío del acta remitirán sus observaciones, si a ello hubiere lugar. Si no se presentan observaciones se entenderá que están de acuerdo con el contenido de la misma. Este plazo se ajustará de acuerdo la complejidad del tema a tratar, según lo dispongan los miembros del Comité; si la complejidad del tema tratado persiste, se presentará en el siguiente Comité.
6. Las actas de las reuniones serán firmadas por todos sus miembros asistentes.
PARÁGRAFO 1. La Secretaría del Comité conservará los archivos de correos electrónicos enviados y recibidos durante la sesión virtual, al igual que los demás medios tecnológicos de apoyo o respaldo de la respectiva sesión, lo cual servirá de insumo para la elaboración de las actas.
PARÁGRAFO 2. En caso de inasistencia del Secretario General, la respectiva sesión de Comité podrá ser presidida por cualquiera de los Viceministros, circunstancia que deberá darse a conocer al inicio de la sesión.
PARÁGRAFO 3. A las sesiones del Comité MIG se podrá invitar a colaboradores del Ministerio de TIC o de otras entidades públicas y a particulares, cuya presencia se estime necesaria para el desarrollo de los temas del Comité.
ARTÍCULO 21. QUORUM DELIBERATORIO Y DECISORIO. El Comité MIG podrá deliberar con un quórum mínimo de la mitad más uno (1) de sus integrantes y decidir con mayoría simple del quórum deliberatorio. Al inicio de las reuniones, el secretario debe verificar la existencia de quórum para deliberar.
PARÁGRAFO. Los empates en las decisiones serán dirimidos por el Jefe de Control Interno, quien solo para esos efectos podrá válidamente emitir su voto.
ARTÍCULO 22. SECRETARIO TÉCNICO DEL COMITÉ MIG Y FU NCIONES. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales actuará como Secretario Técnico del Comité MIG y ejercerá las siguientes funciones:
1. Programar y convocar las sesiones del Comité MIG. Al respecto, la convocatoria se hará a través de cualquier medio eficaz, de preferencia por medios electrónicos y se debe realizar con mínimo ocho (8) días de antelación a la realización de la misma.
2. Preparar y elaborar la agenda de los asuntos que serán puestos a consideración del Comité en cada sesión.
3. Registrar las decisiones y temas tratados en las actas de las sesiones con el apoyo de quienes presentaron los correspondientes temas, para remitirlas a los miembros del Comité MIG para sus observaciones y aprobación.
4. Gestionar la firma del acta de la sesión del Comité MIG, por parte de aquellos miembros asistentes a la misma.
5. Realizar el seguimiento a los compromisos de las sesiones y acciones pendientes del Comité MIG.
6. Preparar los informes que le sean solicitados en relación con temas atinentes a las funciones del Comité MIG.
7. Llevar el archivo de las actas y demás documentos soporte, de conformidad con los lineamientos adoptados para la gestión documental.
PARÁGRAFO. En caso de inasistencia del Secretario Técnico, los demás miembros del Comité deberán designar a un Secretario Técnico para los efectos de la respectiva sesión.
ARTÍCULO 23. TEMAS DE LAS SESIONES. Los integrantes del Comité MIG deberán programar la presentación de temas al Comité, en lo relacionado con las políticas de gestión y desempeño institucional de su competencia, de acuerdo con las funciones consignadas en el artículo 19 de la presente Resolución.
ARTÍCULO 24. SUSTITUCIÓN DE OTROS COMITÉS. El Comité MIG sustituirá los demás comités que tengan relación con el modelo y no sean obligatorios por mandato legal. En especial, se sustituyen los siguientes comités:
Comité de archivo.
Comité de racionalización de trámites.
Comité de capacitación y formación para el trabajo.
Comité de bienestar, incentivos y estímulos.
Comité de gobierno en línea.
Comité de ética.
DISPOSICIONES FINALES.
ARTICULO 25. REVISIÓN. Las disposiciones de la presente Resolución deberán ser revisadas anualmente o antes, si existiesen modificaciones que así lo requieran, por parte de los integrantes del Comité MIG.
ARTICULO 26. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 2175 de 2022.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los veinte (20) días de Diciembre de 2023
MAURICIO LIZCANO ARANGO
Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones