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ACUERDO COLECTIVO MINTIC 2025

(junio 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES


ACTA FINAL NEGOCIACIÓN DE MESA SINDICAL

ENTIDADORGANIZACIONES SINDICALES
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONESSINTRATIC

SINTMINTIC
FECHA18 DE JUNIO DE 2025

En la ciudad de Bogotá D.C., se reunieron por parte y en representación de la organización sindical SINTRATIC del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en calidad de negociadores: ANDRÉS CAMILO DELGADILLO ZAPATA, LUIS GIOVANNY GARZÓN GIL, NINI JOHANNA SOTO PEDRAZA, RICARDO CAÑÓN MORENO, SANDRA BIBIANA ROA VIVAS.

Por parte y en representación de la organización sindical SINTMINTIC en calidad de negociadores: EDINSON RAFAEL CASTILLO CAMPO, MYRIAM MARLENE CAMACHO GONZÁLEZ, ROSA JENNYFER COHEN CLAROS, JOHN ALEXÁNDER ROJAS CHAPARRO, LORENA MIRANDA ARIZA.

Por parte y en representación de Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en calidad de negociadores: FLOR ÁNGELA CASTRO RODRÍGUEZ Secretaria General (E), DIANA MARCELA PEÑA RODRÍGUEZ Coordinadora GIT Administración de Personal, RAUL FERNANDO NÚÑEZ MARÍN, Director Jurídico, RUBY LORAINE SILVA RUEDA, Asesora del Despacho, LUIS FERNANDO ORTIZ SÁNCHEZ Subdirector Administrativo, MIGUEL ANGEL TIBAVISCO RODRIGUEZ, Asesor del despacho y GYSELL ESTHER SANZ GONZALEZ Subdirectora para la Gestión del Talento Humano, Quienes en desarrollo y aplicación de la Ley 411 de 1997 aprobatoria del Convenio 151 de la OIT y el Decreto 160 de 2014, en sesiones llevadas a cabo entre el 29 de abril y el 17 de junio de 2025, discutieron y analizaron el pliego integrado de peticiones, presentado por las mencionadas organizaciones sindicales, como consta en las respectivas actas de mesa de trabajo, llegando a los siguientes acuerdos de recíproca obligatoriedad, con efectos para todos los funcionarios de esta cartera ministerial conforme con lo establecido en el punto 14 del presente acuerdo.

ACUERDO 1: PRINCIPIOS: El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se obliga a aplicar en forma preferente y permanente a todos sus funcionarios, los principios que rigen el derecho al trabajo, establecidos en el preámbulo y los artículos 1, 2 y 53 de la Constitución Política de Colombia, los que por vía jurisprudencial se han establecido; los que se desarrollen a favor de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, y especialmente los siguientes:

Integración del acuerdo: mediante acto administrativo motivado, el Ministerio adoptará como válido y reconocido el ACUERDO, resultado de la Negociación Colectiva del "PLIEGO UNIFICADO DE SOLICITUDES” y garantizará su aplicación conforme a la Ley.

Favorabilidad: en caso de conflicto o duda sobre la aplicación e interpretación de las normas que regulan las relaciones laborales en el MinTIC, prevalecerán las más favorables a los servidores públicos, sindicalizados o no, respetando en todo caso los acuerdos suscritos con anterioridad entre las partes.

Obligatoriedad: las disposiciones contenidas en el ACUERDO quedan inmediatamente incorporadas en los Actos Administrativos y demás documentos que originan y regulan la relación laboral de cada empleado público al servicio del MinTIC.

Irrenunciabilidad de beneficios: todos los derechos, garantías, subvenciones, reconocimientos y auxilios que extra legalmente tienen los empleados públicos al servicio del MinTIC, constituyen derechos adquiridos y son irrenunciables. Del mismo modo, son irrenunciables los derechos más favorables consagrados en el Decreto 1042 de 1978, la Ley 489 de 1998, la Ley 797 de 2003 y su reglamentario Decreto 2090 de 2003, el Decreto 1848 de 1969 y demás normas que regulan, complementan, adicionan, actualizan y mejoran los derechos salariales y prestacionales de los empleados públicos del orden nacional, ahora y en el futuro.

No discriminación: en aplicación del principio y derecho a la igualdad, el MinTIC reconoce, acepta y respeta las diferencias provenientes de lo cultural, étnico, social, lingüístico, religioso, biológico, sexual, género, entre otros, para todos los efectos legales de aplicación de este ACUERDO en materias laboral, salarial y prestacional.

Bilateralidad de la negociación: La presente Negociación Colectiva es un acto bilateral entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, MinTIC y las organizaciones sindicales SINTMINTIC y SINTRATIC. Igualmente corresponde a las partes de común acuerdo fijar el alcance de la negociación colectiva. Por tal razón, ninguna de las partes realizará actos unilaterales que la modifiquen o reglamenten.

Información: El MinTIC suministrará a las organizaciones sindicales SINTMINTIC y SINTRATIC, de forma oportuna la información que le sea solicitada de conformidad con lo establecido en la Ley 1755 de 2015 y demás normas que adicionen, modifiquen y/o o sustituyan antes, dentro y finalizando el ámbito de la Negociación Colectiva a través de sus representantes legales o a quienes deleguen las partes.

PARÁGRAFO: El Mintic, podrá realizarla entrega de información de manera parcial en tanto se cuente con la información y esta sea susceptible de ser suministrada atendiendo a la reserva y confidencialidad de la misma.

ACUERDO 2. PARTES CONTRATANTES. Son partes contratantes del presente Acuerdo Colectivo, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, MinTIC; y que en lo sucesivo se denominará “MinTIC”, entidad legalmente constituida como un establecimiento Público del orden nacional con personería jurídica propia, reconocida, creado por la Ley 31 de 1923, reestructurado por el Decreto 1620 de 2003. En virtud de la Ley 1341 de julio 30 de 2009 se fijaron los objetivos, funciones y se cambió la razón social por el de Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y las entidades adscritas, vinculadas y/o las entidades que la reemplacen, fusionen, escindan o liquiden o que esta organice; entidades que para este acto jurídico se denominará “EL MinTIC” por una parte, y las organizaciones sindicales SINTMINTIC y SINTRATIC quienes actúan en nombre y representación de los trabajadores, y que en lo sucesivo se denominará “ORGANIZACIONES SINDICALES” para establecerlas normas que harán parte de los contratos de trabajo y las relaciones colectivas entre las partes durante su vigencia.

ACUERDO 3. RECONOCIMIENTO SINDICAL. El MinTIC, reconoce y reconocerá a las organizaciones sindicales SINTMINTIC, SINTRATELECORREOS y SINTRATIC, como representantes de todos los trabajadores y trabajadoras del Ministerio que pertenezcan a cada una de las organizaciones sindicales, de igual forma reconocerá a las organizaciones de 2° y 3 o grado a las cuales se encuentren afiliados SINTMINTIC, SINTRATELECORREOS y SINTRATIC, quienes podrán asesorarle en los conflictos tanto individuales como colectivos de trabajo, de acuerdo con el cumplimiento de la Convención Colectiva y se entenderá con la organización sindical, en el marco del diálogo social siempre y cuando no existan restricciones normativas.

ACUERDO 4. APLICACIÓN DEL ACUERDO COLECTIVO DE TRABAJO. A partir de la vigencia del presente Acuerdo Colectivo de Trabajo las normas contenidas en éste, se aplicarán a todos los servidores públicos del MinTIC, o como se denominen en el futuro, incorporándose a las vinculaciones que se celebren. Toda disposición que trate de desvirtuarlas o contradecirlas, se considera INEFICAZ.

ACUERDO 5. CESION DE DERECHOS. En caso de que la organización sindical SINTRATIC, se fusione con otro u otros sindicatos, los derechos convencionales de los trabajadores y las trabajadoras, así como los de la organización sindical continuarán vigentes. Los trabajadores y las trabajadoras del MinTIC afiliados a la organización sindical SINTRATIC y amparados con fuero sindical, al momento de presentarse la fusión y que no estén incorporados en los cargos directivos del nuevo sindicato, conservarán el fuero por el término que establezca la ley y cuatro (4) meses más.

ACUERDO 6. CONTINUIDAD DE DERECHOS E INTERPRETACIÓN DE NORMAS. Los acuerdos, garantías y beneficios adquiridos en negociaciones anteriores, que en todo o en parte beneficien al trabajador y a los sindicatos, y que no hayan sido sustituidos o modificados por el presente acuerdo colectivo, continuarán vigentes y se incorporarán en un solo documento.

Parágrafo 1. En caso de conflicto o duda sobre la aplicación y alcance de las normas que estén contenidas en acuerdos colectivos o en laudos arbitrales, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador y los sindicatos.

Parágrafo 2. Se constituirá una mesa bipartita conformada por 2 delegados de la administración y 2 por parte de las organizaciones sindicales, para consolidar la información de acuerdos sindicales por cumplir y la matriz de seguimiento correspondiente. Esta mesa se desarrollará en paralelo a la negociación. El MinTIC dará cumplimiento integral a los acuerdos anteriores que estén pendientes por ejecutar en los tiempos que se definan a partir de la firma del presente acuerdo.

ACUERDO 7. PROTECCIÓN CIRCUNSTANCIAL. El MinTIC garantiza el no ejercicio de represalias de ninguna naturaleza, en ningún tiempo, por causa o con ocasión del pliego de peticiones o la negociación o acuerdos colectivos, como a su vez, no habrá traslados, reubicaciones por el término de cuatro (4) meses adicionales a lo establecido en la normatividad, contra los miembros de la comisión negociadora, respetando las disposiciones legales y constitucionales en materia de FUERO CIRCUNSTANCIAL.

ACUERDO 8. DERECHO DE ASOCIACIÓN. A partir de la firma del presente acuerdo colectivo de trabajo, El MinTIC respetará y promoverá el derecho de asociación sindical conforme a las leyes que regulan la materia, así mismo, cumplirá el mandato establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, acatará los convenios 87/48, 98/45, 151/78 y 154/81 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) e incluirá todos los convenios internacionales debidamente ratificados por Colombia, conforme al bloque de constitucionalidad y en consecuencia no ejercerá ningún acto de presión contra los trabajadores por razón de su sindicalización, actividad sindical, tales como sanciones disciplinarias o despidos sin justificación o fundamento.

Al gozar el trabajador de la protección legal contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical y a sujetar o condicionar su empleo o el reconocimiento de mejoras o beneficios a la condición de no afiliarse o a la de dejar de ser miembro de éste; el MinTIC se compromete a no despedir a ningún trabajador(a), a desmejorarlo(a) o discriminarlo(a) en cualquier forma a causa de su afiliación sindical o a incentivar su desafiliación mediante oferta de dádivas o prerrogativas. Para ello, en consecuencia, se entiende que no habrá tugara represalias, discriminación o coacción de ninguna naturaleza; en cumplimiento de lo establecido en el articulo 26 de la Ley 1453 de 2011, que reformó el artículo 200 de la Ley 599 y 600 de 2000 o Código Penal y de procedimiento, y demás normas de orden legal, constitucional de carácter colectivo, de acuerdo con los convenios internacionales ratificados por nuestro país.

ACUERDO 9. LOGÍSTICA Y ORGANIZACIÓN DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN. El MinTIC se encargará de garantizarla consecución de un sitio (sala, auditorio) y la logística necesaria para conformar, mantener y finalizar la mesa de concertación con los miembros de la comisión negociadora y miembros de las organizaciones sindicales, además del otorgamiento de los permisos sindicales que se requieran con el fin de darle a la negociación garantías que permitan el mejor desarrollo de esta.

ACUERDO 10. PLAZOS PARA EL CUMPLIMIENTO. El plazo para el cumplimiento de lo acordado en la mesa de negociación será incluido en cada artículo, dependiendo de la complejidad. En caso de que algún artículo no cuente con un término para su cumplimiento se entenderá que el plazo para ello es de cuatro (4) meses a partir de la firma del presente acuerdo. En caso que los trámites requieran intervención de terceros u otras entidades, consultas o emisión de conceptos, se adelantarán en los términos que éstas establezcan, de ello se informará a las organizaciones sindicales firmantes.

ACUERD011. PUBLICACIÓN DE NORMAS CONVENCIONALES. Dentro de los dos (2) meses siguientes a la firma del presente acuerdo colectivo de trabajo, El MinTIC, conjuntamente con las organizaciones sindicales firmantes, elaborará una recopilación de los acuerdos anteriores y futuros acuerdos de trabajo. El MinTIC, asumirá los gastos que por tal razón se generen. Una vez terminada la recopilación de normas, se socializarán y compartirán por medios digitales institucionales y se publicará en la página web del MinTIC, cuyo enlace sea de fácil acceso y visible para todos los funcionarios.

Parágrafo 1. Dentro de la semana siguiente a la firma del presente acuerdo se creará una comisión conformada por dos (2) representantes de cada una de las organizaciones sindicales, y dos (2) representantes por parte del MinTIC, quienes presentarán un proyecto de la mencionada recopilación.

Parágrafo 2. El MinTIC propiciará los espacios necesarios para la socialización de los acuerdos por parte de las organizaciones sindicales como boletines, piezas, pantallas, página web y en general los diferentes canales institucionales de comunicación interna, en los comités de las dependencias del ministerio y en los Grupos Internos de Trabajo.

Parágrafo 3. El MinTIC, dentro de los dos (2) meses siguientes a la firma del acuerdo, con el fin de divulgar ampliamente los acuerdos sindicales alcanzados en mesa de negociación singular, celebrará un acto de presentación en el Ministerio, con la participación del equipo directivo, representantes de las organizaciones sindicales y todos los funcionarios de la entidad, en el cual se resaltará el cumplimiento y respeto de los acuerdos logrados conforme las leyes y convenios internacionales vigentes.

ACUERDO 12. LOGÍSTICA Y ORGANIZACIÓN DE LAS MESAS DE SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE ACUERDO COLECTIVO. Se conformará una comisión de seguimiento al acuerdo colectivo fruto de esta negociación, integrada por representantes de cada organización sindical firmante del presente acuerdo y delegados de MinTIC, la cual se reunirá, de manera ordinaria, mínimo seis (6) veces al año, al menos cada dos (2) meses y/o cuando se requiera.

Parágrafo 1. La comisión para el seguimiento y cumplimiento del acuerdo colectivo resultante de este pliego sindical, será bipartita regulada así:

- De naturaleza ejecutiva u operativa, integrada por representantes de la entidad y representantes sindicales.

La comisión de seguimiento en la primera sesión, la cual deberá realizarse durante los treinta (30) días calendario posteriores a la firma del presente acuerdo, elaborará un cronograma en el que se fijen las fechas de reuniones para realizar de forma presencial la verificación de los plazos de cumplimiento a cada uno de los puntos del acuerdo colectivo.

La administración asignará a un funcionario externo al comité de la negociación y/o seguimiento, para realizar la elaboración de las actas en cada una de las reuniones programadas; las cuales deberán ser enviadas al finalizar la jornada.

Parágrafo 2. Con el fin de realizar un seguimiento detallado al cumplimiento de los acuerdos, se adoptará la siguiente matriz:

ARTÍCULO PLAZO EJECUCIÓNESTADO OBSERVACIONES
CUMPLIDO EN DESARROLLONO CUMPLIDO

ACUERDO 13. GARANTÍAS DE LOS PERMISOS SINDICALES. El MinTIC garantizará que durante el término de duración de los permisos sindicales concedidos para participar de la negociación colectiva, en el seguimiento a los acuerdos colectivos y demás actividades sindicales, los funcionarios no serán requeridos para la realización de actividades y/o asistencia a reuniones.

ACUERDO 14. VIGENCIA. Sin perjuicio del resultado del proceso de negociación actual, las organizaciones sindicales, durante el primer trimestre de cada dos años, podrán presentar un nuevo pliego de peticiones, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.

ACUERDO 15. SOCIALIZACIÓN Y MODIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON EL PROCESO DE ENCARGO. En el término de tres (3) meses a partir de la firma del presente acuerdo, el Ministerio revisará y evaluará la pertinencia de modificar la Resolución 04391 del 20 de noviembre de 2023, de conformidad con la normatividad vigente. Para ello, las organizaciones sindicales podrán presentar observaciones, comentarios y/o propuestas de mejora al acto administrativo las cuales tendrán respuesta en una (1) mesa de trabajo, conforme al marco normativo aplicable, sin perjuicio de la facultad discrecional de la Administración para regular los asuntos de su competencia y de acuerdo con las necesidades del servicio de conformidad con el Decreto 1072 de 2015 articulo 2.2.2.4.4.

Adicionalmente se realizará las publicaciones pertinentes de conformidad con el numeral 8 artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 y sus modificaciones.

En caso de requerirse una modificación al procedimiento, el Ministerio adelantará las gestiones necesarias en el marco del Sistema Integrado de Gestión revisando y de ser necesario realizando las modificaciones al procedimiento en el marco de la Resolución vigente y los acuerdos sindicales previos.

El MinTIC continuará garantizando la publicidad del proceso a través de los medios institucionales, donde se publicarán las etapas del proceso de conformidad con la ley 909 de 2004. Dicha información deberá contener como mínimo:

- Cargo, código, grado de la vacante

- Dependencia, Grupo Interno de Trabajo

- Titular del cargo

- Tipo de vacancia

- Manual de funciones

El MinTIC diseñará un micrositio en la intranet de la entidad donde se publiquen los soportes de todas las etapas del proceso de encargos, incluyendo las respectivas resoluciones. La información se mantendrá actualizada y tendrá una estructura que permita la estandarización en la nominación de los archivos.

ACUERDO 16 Y 17. ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD PARA SUPERVISIONES DE CONTRATOS Y ASIGNACIÓN DE SUPERVISIÓN DE CONTRATOS. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones dentro de los seis (6) meses siguientes a la firma del presente acuerdo tomará las medidas tendientes para garantizar que la póliza de responsabilidad de servidores públicos ampare o cubra a los de nivel directivo y asesor de libre nombramiento y remoción; quienes asumirán las supervisiones de contratos diferentes a los de prestación de servicio personales; así también para los servidores públicos con responsabilidades por manejo de recursos públicos.

ACUERDO 18. EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES LABORALES CON FUNCIONES; Dentro de los dos años siguientes, y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, el MinTIC realizará las adecuaciones tecnológicas necesarias en el sistema tecnológico de gestión de talento humano vigente, con el fin de permitir la generación en linea y de manera automática de certificaciones laborales, ya sea con funciones o sin ellas.

ACUERDO 19. APLICATIVO PARA LA GESTIÓN DE PERMISOS Y LICENCIAS: El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ajustará el procedimiento establecido para la expedición de permisos por horas y días, de dos y tres días máximo, a través de la herramienta de gestión documental que se encuentre activa en la entidad. Esto dentro de los seis (6) meses siguientes a la firma del presente acuerdo.

ACUERDO 20. EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DE FUNCIONARIOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA. El Ministerio implementará mensualmente acciones pedagógicas que permitan al evaluado y evaluador reconocer la esencia del proceso de evaluación fortaleciendo, motivando y orientando el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, así como las distintas fases del proceso de evaluación del desempeño (concertación, seguimiento, plan de mejoramiento y evaluaciones), junto con las obligaciones a cargo del evaluado y del evaluador. En todo caso, este proceso estará supeditado a lo que, sobre el particular, regule la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), como ente constitucional competente para normarla materia de evaluación del desempeño.

ACUERDO 21. ACUERDOS DE GESTIÓN DE GERENTES PUBLICOS. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, realizará la revisión y ajuste de las actividades y sus indicadores para cada uno de los pilares que componen el acuerdo de gestión, que respondan de manera efectiva a los objetivos estratégicos e institucionales del ministerio de conformidad con los lineamientos que al respecto defina la Función Pública. Así mismo, se ajustará el manual correspondiente al proceso, incorporando un mecanismo de selección aleatoria del colaborador anónimo que interviene en el proceso de evaluación.

ACUERDO 22 Y 21. RECONOCIMIENTO PROFESIONAL Y LABORAL. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el marco de su política de fortalecimiento del talento humano y la profesionalización del servicio público, establecerá mecanismos de reconocimiento institucional para los servidores públicos que cuenten con títulos de maestría o doctorado en áreas relacionadas con la misionalidad de la entidad.

Dicho reconocimiento podrá incluir criterios de desempate para encargos, y revisión para el acceso a oportunidades de representación institucional, siempre respetando los principios de mérito, igualdad y legalidad establecidos en la normativa vigente.

Los lineamientos específicos serán formalizados mediante acto administrativo dentro de los tres (3) meses siguientes a la firma del presente acuerdo.

ACUERDO 23. PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE REDISEÑO ORGANIZACIONAL. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, desde la firma del presente garantizará la participación de todas las organizaciones sindicales en las etapas y términos previstos en la normativa que regula los procesos de rediseño. Los representantes de las organizaciones sindicales podrán presentar observaciones y comentarios en las etapas respectivas conforme a la regulación expedida por las autoridades administrativas competentes.

Parágrafo. Para garantizar la participación de las organizaciones sindicales se conformará un comité integrado por dos (2) delegados de cada una de las organizaciones sindicales y la administración, que harán parte del equipo técnico en la etapa de construcción y elaboración de la propuesta que soporte el rediseño institucional. Sin perjuicio de la facultad discrecional de la administración.

ACUERDO 24. ESTUDIO DE CARGAS LABORALES Y AMPLIACIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, dentro de los treinta (30) días siguientes a la firma del presente acuerdo, en conjunto con un representante por cada una de las organizaciones sindicales existentes, adelantará una (1) mesa de trabajo donde se abordarán las observaciones frente a la materia.

PETICIÓN 25. CORRECCIÓN DEL MANUAL DE FUNCIONES, se retira el punto por parte de las organizaciones sindicales.

ACUERDO 26. ACTUALIZACIÓN DE EQUIVALENCIAS ENTRE EXPERIENCIA Y FORMACIÓN ACADÉMICA. Dentro de los dos (2) meses siguientes a la firma del presente acuerdo el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones actualizará el manual especifico de funciones y competencias laborales de la entidad, y expedirá el acto administrativo correspondiente, para determinar e incluir las equivalencias entre experiencia y formación académica establecidas en la normatividad vigente de los cargos del nivel técnico y los empleos de profesional universitario.

PETICIÓN 28. VINCULACIÓN DE FAMILIARES AL MINTIO. NO HAY ACUERDO

ACUERDO 29. DEFINICIÓN DE LOS CANALES INSTITUCIONALES DE COMUNICACIÓN. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones dentro de los dos (2) meses siguientes a la firma del presente acuerdo emitirá una circular interna, en la que:

1. Se establecerán los canales oficiales de comunicación entre jefes inmediatos y sus equipos de trabajo, así como entre funcionarios y colaboradores en general, priorizando el uso del correo electrónico institucional y la aplicación Microsoft Teams.

2. Se definirán los parámetros para el uso obligatorio y racional de las herramientas de comunicación institucional, restringiendo su utilización al horario laboral, con el fin de respetar los tiempos de descanso y garantizar el derecho a la desconexión laboral.

3. El Ministerio adoptará campañas permanentes de sensibilización sobre la política de desconexión laboral, promoviendo su cumplimiento conforme a los horarios establecidos y fomentando la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, respetando las diversas situaciones administrativas en las que se puede ver inmiscuido el funcionario.

4. Se incluirán los casos exceptuados establecidos en la Ley 2191 de 2022 articulo 6.

ACUERDO 30. PARTICIPACIÓN DE FUNCIONARIOS EN ESPACIOS RELACIONADOS CON LAS TIC. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones procurará por la participación representativa de funcionarios de carrera administrativa, provisionales y de libre nombramiento, cuya experiencia, conocimientos y rol estén alineados con la temática del evento, asegurando así una representación técnica efectiva, en capacitaciones, conferencias y otros espacios de intercambio de conocimiento, tanto a nivel nacional como internacional, de acuerdo con la temática y pertinencia de cada encuentro. Todo esto cumpliendo con las normas de austeridad para cada vigencia y de acuerdo con la disponibilidad de los recursos; sin perjuicio de la facultad discrecional de la administración.

Se garantizará que los aprendizajes adquiridos en estos espacios sean documentados y socializados a través de informes y espacios de divulgación al interior de cada grupo de trabajo.

ACUERDO 31. SOCIALIZACIÓN, MODIFICACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE TELETRABAJO. Dentro de los seis (6) meses siguientes a la firma del presente acuerdo, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones revisará y evaluará la pertinencia de modificar las Resoluciones 04576 de 2023 y 01226 de 2024, conforme a la normatividad vigente. Para ello, las organizaciones sindicales podrán presentar observaciones, comentarios y/o propuestas en una (1) mesa de trabajo; observaciones que recibirá la administración y que se discutirán en este espacio y se emitirá la respuesta respectiva a cada una de estas, excepto cuando se requiera realizar solicitudes de concepto o la intervención de un tercero, de conformidad con el marco normativo aplicable.

Así mismo, la Subdirección para la gestión de Talento Humano, con apoyo de la Dirección de Apropiación y las demás áreas que se requieran, fortalecerá el modelo de teletrabajo que se implementará al interior de la entidad.

Todo lo anterior se desarrollará sin perjuicio de la facultad discrecional de la Administración para regularlos asuntos de su competencia, conforme a las necesidades del servicio y en el marco de lo dispuesto en el artículo 2.2.2.4.4 del Decreto 1072 de 2015.

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en cabeza de la Dirección de Apropiación y las demás áreas que se requieran, promoverá el modelo interno de teletrabajo con el fin que el mismo permita impulsar y fomentar el teletrabajo en Colombia.

PETICIÓN 32. MECANISMOS DE CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS. NO HAY ACUERDO

PETICIÓN 33. SALA DE INNOVACIÓN. NO HAY ACUERDO

ACUERDO 34. ACTUALIZACIÓN DE LOS MANUALES DE CONTRATACION Y SUPERVISION DE CONTRATOS. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones conformará una (1) mesa con las áreas encargadas, y la participación de las organizaciones sindicales, para la revisión y ajuste de los manuales de Contratación y supervisión que permita incluir los criterios técnicos y jurídicos de las áreas responsables, en aras de optimizar y reducir los tiempos en el proceso.

PETICIÓN 35. PRIORIZACIÓN PARA VINCULACIÓN POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS. NO HAY ACUERDO

PETICIÓN 36. CUMA ORGANIZACIONAL Y RELACIONES INTERPERSONALES. NO HAY ACUERDO

ACUERDO 37. COMITÉS PRIMARIOS EN EL MINTIO. La Oficina Asesora de Planeación, a través del Grupo Interno de Trabajo de Transformación Organizacional enviará comunicación a todas las dependencias solicitando organizar reunión de grupo de comité primario extendido, con el propósito de socializar el protocolo, recordar el rol que tienen los gestores de procesos. La OAPES realizará seguimiento semestral a las actas del grupo de comité primario para su retroalimentación y control.

PETICIÓN 38. AMPLIACIÓN DEL PERIODO DE VACACIONES. NO HAY ACUERDO

ACUERDO 39. BIENESTAR PARA LOS CONDUCTORES DEL MINTIO. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones dentro de los seis (6) meses siguientes a la firma del presente acuerdo implementará las siguientes acciones para mejorar las condiciones laborales y el bienestar de los conductores, que contribuyan a su salud física y mental realizando lo siguiente:

1. Realizar una (1) pausa activa dirigida dos veces a la semana, con el apoyo de la Subdirección para la Gestión del Talento Humano.

2. Realizar una (1) actividad anual de conmemoración del día de conductor de acuerdo con la disponibilidad de recursos administrativos y financieros.

3. Mantener los espacios físicos de bienestar que a la fecha se han destinado para los servidores públicos que se desempeñan como conductores.

PETICIÓN 40. BONIFICACIÓN POR PRODUCTIVIDAD UNA VEZ AL AÑO SIN QUE SEA FACTOR SALARIAL. NO HAY ACUERDO

ACUERDO 41. BENEFICIO POR MATERNIDAD Y PATERNIDAD. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones otorgará diez (10) días hábiles de trabajo remoto o virtual por concepto de maternidad o paternidad, ya sea por el nacimiento de cada hijo biológico o por adopción. Este deberá ser disfrutado de manera continua e inmediata al término de la licencia de maternidad o paternidad correspondiente, con el fin de garantizar el fortalecimiento del vínculo y facilitar el proceso de adaptación en el entorno familiar. En caso de que tanto el padre como la madre del menor se encuentren vinculados a este Ministerio, solo uno de ellos tendrá derecho a este beneficio.

ACUERDO 42. UCENCIA REMUNERADA POR MATRIMONIO. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en aplicación al principio de progresividad, concederá la licencia señalada en el artículo 1, numeral 3 de la Resolución 3449 de 2023, cada vez que el funcionario contraiga nupcias.

El funcionario, dentro del mes siguiente al otorgamiento del permiso, deberá allegar a la Subdirección para la Gestión del Talento Humano el Registro Civil de Matrimonio respectivo.

ACUERDO 43. DETALLE DE CUMPLEAÑOS. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones continuará promoviendo, con la caja de compensación familiar y a través del contrato de bienestar, la posibilidad de contar con detalles para la celebración de cumpleaños de los servidores públicos, siempre y cuando los recursos administrativos y presupuéstales así lo permitan.

ACUERDO 44. APOYO EDUCATIVO PARA LOS HIJOS DE LOS FUNCIONARIOS. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones EN PROGRESIVIDAD DE LOS ACUERDOS ANTERIORES gestionará con la caja de compensación familiar cupos en los cursos destinados a la formación integral para los hijos de los funcionarios que se encuentren matriculados en el sector oficial a costo cero (0).

Parágrafo El Ministerio realizará el desembolso del apoyo educativo para los hijos de los funcionarios a más tardar el 15 de noviembre, sin embargo, en caso de una situación excepcional causada por un tercero se entenderá que dicho desembolso se efectúe en una fecha posterior, previa información a los funcionarios.

PETICIÓN 45. PERMISO ESPECIAL REMUNERADO. NO HAY ACUERDO

ACUERDO 46: JORNADA CONTÍNUA EN FECHAS ESPECIALES. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, concederá jornada continua de 7:00 A.M. a 1:00 PM el miércoles santo, el 24 y 31 de diciembre, respectivamente, con el fin que los funcionarios tengan la oportunidad de compartir con sus familias en estas fechas especiales.

ACUERDO 47: HORARIO JORNADA CONTINUA. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones autorizará, por semestre, una jornada laboral continua de 6:00 a.m. a 2:00 p.m. un viernes anterior a un lunes festivo. La fecha será definida por la administración en atención a las necesidades del servicio, un mes antes de su disfrute.

ACUERDO 48: PERMISOS A FUNCIONARIOS CUIDADORES. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a través de la Subdirección para la Gestión del Talento Humano, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la firma del presente acuerdo modificará los actos administrativos que permitan dar cumplimiento a la normatividad vigente Ley 2297 del 28 de junio de 2023 y las que la modifiquen, adicionen o complementen.

ACUERDO 49. PROGRAMA DE SALUD MENTAL. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a través de la Subdirección para la Gestión del Talento Humano en el marco del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, formulará una guía para la promoción, prevención en la salud mental de los servidores públicos y la ruta para la atención de trastornos mentales en el ámbito laboral.

ACUERDO 50. PERMISO REMUNERADO POR GRADUACIÓN DE FUNCIONARIOS. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones otorgará a los funcionarios públicos que obtengan su grado académico en programas de pregrado o posgrado un permiso especial remunerado de un (1) día hábil para asistir a ceremonia de grado. Este beneficio estará sujeto a la solicitud previa y por escrito del funcionario al jefe inmediato, adjuntando el soporte correspondiente que acredite la fecha de la ceremonia.

ACUERDO 51. PERMISO REMUNERADO POR GRADO DE HIJOS. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones otorgará un (1) día de permiso remunerado al funcionario que acredite la invitación a una ceremonia de grado en los siguientes niveles educativos: preescolar, educación básica primaria, secundaria, pregrado (técnico profesional, tecnólogoy/o universitario) o posgrado (especialización, maestría o doctorado) para los hijos de los servidores públicos del Ministerio.

ACUERDO 52. PERMISOS RELACIONADOS CON FAMILIAS MULTI ESPECIE. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, reconociendo la importancia de las familias multiespecie y con el objetivo de promover el bienestar emocional y la conciliación entre la vida laboral y personal de sus funcionarios, otorgará:

1. Un (1) día de permiso remunerado por el fallecimiento de una mascota registrada (perro o gato únicamente)

2. Si la familia multiespecie está conformada únicamente por el servidor público y su mascota (perro o gato), en caso de enfermedad, accidente y recuperación de cirugías, el funcionario podrá solicitar (máximo dos (2) veces al año) autorización para trabajo virtual o remoto, hasta por tres (3) días hábiles, siempre que esta se justifique mediante un soporte expedido por un médico veterinario.

PARÁGRAFO: El funcionario deberá registrar y acreditar ante el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones la tenencia de hasta dos (2) mascotas (perro o gato), según los parámetros que se establezcan.

ACUERDO 53. DIA REMUNERADO POR CUMPLEAÑOS El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, teniendo en cuenta el principio de progresividad de los acuerdos sindicales otorgará un día por cumpleaños a los funcionarios el cual podrán solicitar dentro de los siguientes 30 días calendario a la fecha de cumpleaños.

ACUERDO 54. LICENCIA REMUNERADA POR LUTO. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en progresividad al acuerdo 02346 del 09 de septiembre de 2021 artículo segundo inciso 2, concederá de manera automática los tres (3) días adicionales a la licencia de luto por calamidad doméstica.

El funcionario deberá legalizar el respectivo permiso de manera inmediata al momento de su regreso a la entidad, de acuerdo con la normatividad vigente.

ACUERDO 55. BENEFICIO POR LUTO. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones gestionará y/o realizará alianzas que garanticen descuentos y beneficios de acceso a pólizas o seguros exequiales para los funcionarios y su núcleo familiar.

PETICIÓN 56. COMPENSATORIOS Y PERMISOS. Punto retirado de la mesa de negociación por las organizaciones sindicales

ACUERDO 57. RECONOCIMIENTOS POR RESULTADOS DEPORTIVOS A LOS FUNCIONARIOS MINTIO. Por progresividad de lo acordado en la resolución 3449 de 2023, numeral 11 y en el marco del plan de bienestar, se continuará con el reconocimiento a los servidores públicos que participen de estos eventos. Así mismo se gestionará con la caja de compensación un detalle.

PETICIÓN 58. VACACIONES RECREATIVAS PARA LOS HIJOS DE LOS FUNCIONARIOS. NO HAY ACUERDO

ACUERDO 59 DIA DE LOS NIÑOS EN EL DOMO. Con el fin de dar cumplimiento a las políticas medioambientales y conservar las instalaciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la celebración del Día de los Niños se realizará únicamente en el DOMO del edificio Murillo Toro. La logística y los materiales estarán a cargo de cada una de las dependencias, quienes participarán con su apoyo y colaboración.

Asimismo, el Ministerio, de acuerdo con la disponibilidad de recursos administrativos y financieros, podrá contribuir con los aportes que se acuerden o contraten previamente con la caja de compensación familiar.

Las organizaciones sindicales promoverán la participación de sus afiliados en las actividades programadas.

ACUERDO 60. MEJORAS Y LOGÍSTICA EN LA CAFETERIA. El Ministerio, dentro de los seis (6) meses siguientes a la firma del presente acuerdo, ampliará el número de microondas industriales en el edificio, garantizando un mínimo de quince (15) unidades funcionales. Para lo cual, habilitará espacios que se identifiquen y destinarlos como áreas de comedor. Estas adecuaciones incluirán la disposición de mobiliario adecuado y señalización para su uso, sin discriminación alguna de la entidad a la cual estén adscritos los funcionarios o contratistas.

ACUERDO 61. MEJORAMIENTOS LOCATIVOS. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones implementará las siguientes mejoras locativas, dentro de los seis (6) meses siguientes contados a partir de la firma del presente acuerdo:

1. Instalación de Cintas antideslizantes en el acceso de la calle octava del edificio Murillo Toro

2. Instalará y mantendrá duchas eléctricas en las zonas de baños del sótano (parqueadero), garantizando mejores condiciones a los funcionarios.

3. De manera progresiva realizará la instalación de los pasamanos en las escaleras internas de la octava sobre el costado noroccidental, adecuaciones que se iniciaran en el primero y segundo piso y continuaran de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de cada vigencia.

ACUERDO 62. CAJERO AUTOMÁTICO EN LAS INSTALACIONES DEL MINTIO. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones gestionará la instalación de un cajero automático en la entidad, para que los funcionarios puedan hacer sus retiros de dinero de manera segura.

ACUERDO 63. INCENTIVO A LA TRADICIÓN NAVIDEÑA. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, respetando las creencias de toda la comunidad, gestionará con la Caja de Compensación Familiar talleres de manualidades que incentiven la tradición navideña y reconozca la creatividad de los funcionarios.

ACUERDO 64. CONVOCATORIA DE PROYECTOS POR EQUIPOS DE TRABAJO. Dado que la administración viene trabajando con anterioridad respecto de la modificación de los actos administrativos que regulan el proceso, se gestionará una mesa de trabajo en la que participarán un representante porcada una de las organizaciones sindicales, con miras a efectuar los respectivos ajustes que permitan contar con un proceso de carácter objetivo y en el que se determinen entre otros, las respectivas fases y/o etapas, criterios de participación, así como los respectivos reconocimientos, atendiendo a las valoraciones técnicas, presupuéstales y administrativas, sin perjuicio de la facultad discrecional de la administración.

De manera previa se remitirá borrador del documento a las organizaciones sindicales.

ACUERDO 65. ELECCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE MEJORES FUNCIONARIOS Y EQUIPOS DE TRABAJO: La administración, como mejora al proceso actual, revisará e incluirá criterios de carácter objetivo que permitan seleccionar al mejor funcionario en los diferentes niveles (Decreto 1083 de 2015) entre los cuales se incluirán aspectos académicos, participación en eventos deportivos y comités, entre otros.

ACUERDO 66. ACTIVIDADES DEL DÍA DE LA FAMILIA MINTIO El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, garantizará la participación inclusiva y accesible de todos los funcionarios y sus familias en la celebración del Día de la Familia MinTIC.

PETICIÓN 67. DÍA REMUNERADO A LA MUJER. NO HAY ACUERDO

ACUERDO 68. MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE SNACKS. Mientras el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones cuente con los recursos administrativos necesarios, continuará disponiendo de una (1) máquina de snacks ubicada en el primer piso y dos (2) máquinas de bebidas calientes ubicadas en el primer y cuarto piso, respectivamente.

Adicionalmente, gestionará con el proveedor del comodato de máquinas expendedoras la instalación adicional de una de bebidas calientes y una de snacks, que en lo posible incluya productos saludables.

La administración mantendrá y ampliará el suministro de café dispuesto por el Ministerio en las instalaciones durante la jomada laboral.

ACUERDO 69. INCENTIVO AL USO DE LA BICICLETA. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones continuará con el beneficio para los funcionarios que utilizan la bicicleta mecánica y eléctrica como medio de transporte sostenible con el medio ambiente. Otorgando un día libre remunerado porcada sesenta (60) veces en los que se certifique su llegada a trabajaren estos medios de transporte. No se permitirá la acumulación de los días libres obtenidos con otra situación administrativa que genere ausencia. Para la implementación de esta medida, se verificará con los registros con que cuente el Ministerio.

ACUERDO 70. PARQUEADERO EDIFICIO MURILLO TORO. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, dentro de los dos (2) meses siguientes a la firma del acuerdo dispondrá de quince (15) cupos para motos y (4) cuatro cupos para vehículos, estos últimos se alternarán de acuerdo con la normatividad que rija respecto de restricción vehicular (pico y placa).

La asignación de los cupos previamente señalados, se realizará a través de sorteo el cual será adelantado por la Subdirección Administrativa, teniendo en cuenta las siguientes reglas y/o las demás que la administración considere:

Se dará prioridad a los servidores públicos con derechos de carrera administrativa que no cuentan con acuerdo de teletrabajo y hacen presencia en las instalaciones del Ministerio de manera habitual.

Siete (7) de los cupos sorteados para motos serán asignados al nivel asistencial y los (8) ocho restantes entre los niveles técnico, profesional y asesor.

Los sorteos de los cupos previamente advertidos se efectuarán por el termino de (4) meses.

La administración implementará estrategias o medidas que aseguren el adecuado uso de los parqueaderos. Así mismo se realizará de manera inmediata una revisión de los cupos asignados a la fecha.

PETICIÓN 71. SEGURIDAD Y MOVILIDAD DE LOS FUNCIONARIOS DURANTE MANIFESTACIONES. NO HAY ACUERDO

PETICIÓN 72. CERTIFICACIÓN MODELO DE EMPRESA FAMILIARMENTE RESPONSABLE, EFR. NO HAY ACUERDO

ACUERDO 73 PROCESO DE SELECCIÓN Y LIDERAZGO DE PROYECTOS/PROGRAMAS. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones fortalecerá y continuará los procesos de sensibilización a todos los servidores de la entidad sobre las funciones a desarrollar por los funcionarios de la planta global y el rol de los contratistas. Así mismo garantizará el cumplimiento de la normatividad vigente.

PETICIÓN 74. ASIGNACIÓN DE FUNCIONES DE COORDINACIÓN. NO HAY ACUERDO

ACUERDO 75. ALIANZAS ESTRATÉGICAS MEDICINA PREPAGADA Y PLANES COMPLEMENTARIOS DE SALUD. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones continuará gestionando y divulgando las alianzas estratégicas con Entidades Promotoras de Salud para ofrecer descuentos especiales u otros beneficios para los servidores públicos del ministerio y su núcleo familiar.

PETICIÓN 76. SEGURO DE VIDA PARA LOS FUNCIONARIOS DEL MINTIO. NO HAY ACUERDO

PETICIÓN 77. APOYO PARA LENTES. NO HAY ACUERDO

ACUERDO 78. ALIANZAS ESTRATÉGICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES POR PARTE DE LOS FUNCIONARIOS DEL MINTIO. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones continuará gestionando alianzas estratégicas con la caja de compensación familiar, así como con operadores y/o proveedores, con el fin de obtener descuentos en productos y servicios relacionados con la adquisición de vehículos (carros y motos), computadores y equipos móviles, para beneficio de sus servidores públicos.

ACUERDO 79. ALIANZAS ESTRATÉGICAS ACCESO A CREDITOS DE VIVIENDA. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones gestionará y/o realizará alianzas estratégicas con el Fondo Nacional del Ahorro y/o entidades financieras con el objetivo de evaluar la posibilidad de establecer condiciones preferenciales para el acceso a créditos de vivienda y otros beneficios financieros para sus servidores públicos.

PETICIÓN 80. CREACIÓN DEL FONDO DE VIVIENDA PARA FUNCIONARIOS DEL MINTIO NO HAY ACUERDO

ACUERDO 81. QUINQUENIOS. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el marco de la progresividad de los acuerdos sindicales, ampliará en un (1) día de permiso remunerado los días de descanso, de conformidad con el numeral 6 de la Resolución 3449 de 19 de septiembre de 2023, a partir de la adopción del presente acuerdo.

ACUERDO 82. TIEMPO DE COMPENSACIÓN EN TEMPORADAS ESPECIALES. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en cumplimiento del Acuerdo 9 de la Resolución 2134 de 2018 y el numeral 6 de la resolución 2346 de 2021, establecerá mediante resolución, por cada vigencia, la reglamentación del tiempo de descanso compensado para la Semana Santa y el período de Fin de Año. Para tal fin, los funcionarios podrán compensar hasta dos (2) horas diarias de lunes a viernes.

Parágrafo 1. El Ministerio reconocerá como tiempo compensado para Semana Santa y el período de Fin de Año, las horas adicionales que se extiendan fuera de la jornada laboral durante el año, y que lleguen hasta las requeridas para cumplir con el tiempo correspondiente siempre que éstas sean acordadas y validadas previamente por el jefe inmediato y el área de Talento Humano.

PETICIÓN 83. INCENTIVO POR TRABAJAR DURANTE EL MES DE ENERO. Punto retirado por las organizaciones sindicales.

PETICIÓN 84. INICIO DE LOS PLANES DE CAPACITACIÓN EN EL MINTIO NO HAY ACUERDO

ACUERDO 85. FORMACIÓN POR NIVELES PARA LOS FUNCIONARIOS DEL MINTIO. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones garantizará incluir dentro de la encuesta de necesidades la continuidad de las capacitaciones dentro de las líneas de formación por niveles básico, intermedio y avanzado, cuando lo amerite, que aseguren la efectividad del proceso de enseñanza- aprendizaje, garantizando la incorporación de modelos prácticos en cada etapa del aprendizaje, permitiendo a los participantes aplicar los conocimientos adquiridos en escenarios reales laborales que simulen los procesos específicos en los que se desempeñan.

En línea con lo anterior, el Ministerio implementará planes específicos en nuevas tecnologías en materia TIC elA.

ACUERDO 86. FORMACIÓN CON INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR CON ACREDITACIÓN DE ALTA CALIDAD. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, propenderá por la continuidad de la capacitación formal e informal para los funcionarios de la entidad, a través de instituciones de educación superior con acreditación de alta calidad, con el fin de motivar, adquirir y actualizar los conocimientos de los servidores públicos y dispondrá los recursos necesarios para este fin.

Parágrafo: No habrá incumplimiento de este acuerdo si la entidad educativa acreditada en alta calidad, durante la vigencia del contrato pierde su acreditación.

PETICIÓN 87. CERTIFICACIONES UNIVERSIDAD CORPORATIVA. Punto retirado portas organizaciones sindicales.

ACUERDO 88. ALIANZAS ESTRATÉGICAS CON INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones gestionará alianzas estratégicas con instituciones de educación superior, con el objetivo de obtener descuentos y/o apoyos educativos a los servidores públicos y sus hijos, para su formación en los niveles de pregrado y posgrado.

ACUERDO 89. ALIANZAS ESTRATÉGICAS DE BILINGÜISMO. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones gestionará alianzas estratégicas con instituciones educativas, para la formación en un programa de bilingüismo dirigido a los hijos menores de 25 años de los servidores públicos.

ACUERDO 90. FONDO EDUMINTIC: El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en conjunto con las organizaciones sindicales revisará y actualizará el reglamento operativo del Fondo EDUMINTIC en progresividad al acuerdo sindical adoptado mediante Resolución 1616 de 2013.

ACUERDO 91. DESARROLLO DE FERIA TECNOLOGICA La OTI junto con la Oficina de la OAPES se alinearán de acuerdo con la disponibilidad de recursos técnicos y financieros para llevar a cabo la Feria Tecnológica Interna que promueva e incentive la apropiación, el conocimiento y adopción de soluciones especializadas o de punta, que impacten los asuntos públicos, con la participación de diferentes actores como la academia, proveedores y demás grupos de interés.

En esta feria deberán participar las diferentes dependencias del MinTIC con la exposición de sus procesos.

ACUERDO 92. ESPACIOS PARA EL DIALOGO SOCIAL. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y las Organizaciones Sindicales establecerá el siguiente espacio para el Diálogo Social:

Una (1) reunión semestral entre el Ministro (a) de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, o su delegado con poder de decisión, con las organizaciones sindicales de la entidad, con el fin de interactuar con la administración y poner de manifiesto las situaciones que se identifican en cuanto a ambiente laboral y la operación diaria del Ministerio con la intención de trabajar conjuntamente por el bienestar de todos los trabajadores de MinTIC.

PETICIÓN 93 PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES EN LA DOTACIÓN DE TRABAJADORES. Punto retirado por las organizaciones sindicales.

PETICIÓN 94 COMISIÓN DE SERVICIOS PARA FOROS, CONGRESO Y/O CURSOS AL INTERIOR O EXTERIOR. Punto retirado por las organizaciones sindicales.

COMITÉ DE SEGUIMIENTO. El comité de seguimiento estará conformado por dos integrantes de cada una de las organizaciones sindícales, de conformidad con el numeral 12 del presente documento. La información deberá ser remitida a la Secretaría General en los tres (3) días siguientes a la firma del presente acuerdo.

La convocatoria al comité de seguimiento, la realizará la Secretaría General del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, dentro de los términos allí establecidos.

El Ministerio de tecnologías de la Información y las Comunicaciones, garantizará la vigencia, aplicación y legalidad del principio de no regresividad de conformidad con la normatividad legal vigente y además, con los acuerdo sindicales previamente pactados entre las organizaciones sindicales y el Mintic.

Firman los negociadores:

Por el MINTIC,

FLOR ÁNGELA CASTRO RODRIGUEZ
Secretaria General (E)

DIANA MARCELA PEÑA RODRIGUEZ

Asesora/Coordinadora GIT AP

GYSELL ESTHER SÁNZ GONZALEZ

Subdirectora Para la Gestión del Talento Humano

LUIS FERNANDO ORTIZ SÁNCHEZ

Subdirector Administrativo

RAUL FERNANDO NUÑEZ MARÍN

Director Juridico

RUBY LORAINE SILVA RUEDA

Asesora Despacho del Ministro

MIGUEL ANGEL TIVABISCO RODRIGUEZ

Asesor Despacho del Ministro

Por SINTRACTIC

ANDRÉS CAMILO DELGADILLO ZAPATA

Negociador

LUIS GIOVANNY GARZÓN GIL

Negociador

NINI JOHANNA SOTO PEDRAZA

Negociadora

RICARDO CAÑON MORENO

Negociador

SANDRA BIBIANA ROA VIVAS

Negociadora

Por SINTMINTIC

EDINSON RAFAEL CASTILLO CAMPO

Negociador

MYRIAM MARLENE CAMACHO GONZÁLEZ

Negociadora

ROSA JENNYFER COHEN CLAROS

Negociadora

JOHN ALEXÁNDER ROJAS CHAPARRO

Negociador

LORENA MIRANDA ARIZA

Negociadora

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