RESOLUCION 2134 DE 2018
(agosto 3)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se adoptan los acuerdos alcanzados en la mesa de negociación colectiva entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, por una parte y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones SINTMINTIC y el Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados de la Industria de las Telecomunicaciones y Correos SINTRTATELECORREOS, por la otra
ELVICEMINISTRO DE CONECTIVIDAD Y DIGITALIZACIÓN ENCARGADO DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
En ejercicio de sus facultades legales, y en especial las que le confiere los Decretos 1078 y 1072 de 2015 y el Decreto 1414 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto No. 160 de 2014, compilado en el Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015 del Sector Trabajo, el Gobierno Nacional reglamentó la Ley 411 de 1997 aprobatoria del Convenio 151 de la OIT, en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones de empleados públicos.
Que mediante oficio con radicado No 890042 del 28 de febrero de 2018, el Sindicato Nacional de Trabajadores del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones SINTMINITIC y el Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados de la Industria de la Telecomunicaciones y Correos SINTRATELECORREOS, remitieron el pliego conjunto con 18 Solicitudes, designando como negociadores a los siguientes funcionarios:
Principales:
Vilma Esther Bermúdez Barrios
Miryam Marlene Camacho González
Edgar Ramírez Medina
Edison Rafael Castillo Campo
Judith Ardila Niño
Suplentes:
Eugenia María Gandara Ortega
Alcira Vargas Nossa
Nelson Salazar Alzate
Gloria Cecilia Martínez Rapalino.
Que teniendo en cuenta que el Pliego de Solicitudes presentado cumple con los parámetros del Decreto 1072 de 2015 y fue presentado dentro del plazo establecido, el Ministro de Tecnologías de la Información y las Comuniones, el doctor David Luna Sánchez, designó mediante oficio 1151428 del 2 de marzo de 2018 que para la negociación del pliego de solicitudes estos serían los negociadores y asesores por partes de la Administración:
Principales:
Gina Alejandra Albarracín – Secretaria General del Ministerio.
Veralucia Mattos Celedón - Jefe de la Oficina para la Gestión de Ingresos del Fondo.
Suplentes
Ella Vanessa Mendoza - Subdirectora Administrativa y de Gestión Humana.
Juan David Olarte Torres - Jefe de la Oficina de Planeación y Estudios Sectoriales.
Asesores
Gina del Rosario Núñez Polo - Subdirectora Financiera.
Humberto Izquierdo Saavedra -Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.
Como Secretario Técnico
Daniel González Martínez - Profesional especializado de la Secretaria General.
Que el Viceministro de Conectividad y Digitalización encargado del Despacho del Ministro, Juan Sebastián Rozo Rengifo, informó a la mesa sindical de negociación mediante oficio, la designación como asesores, a Milena López López, coordinadora del grupo interno de trabajo de Actuaciones Administrativas y Asesoría Contractual, y a Daniel González Martínez quien funge como Secretario Técnico de la mesa.
Que la negociación del Pliego de Solicitudes presentado, inició el 8 de marzo de 2018 en las instalaciones de la Entidad, dando por concluido el 16 de julio de 2018, y que por mutuo acuerdo entre los representantes tanto del Ministerio como de los Sindicatos, se convino prorrogar el plazo por 20 días hábiles, negociaciones que produjeron como resultado 11 puntos acordados, 1 punto acordado parcialmente y 6 puntos no acordados, en los términos señalados para tal efecto en las actas de cada una de las sesiones.
Que de conformidad con lo señalado en el Decreto 1072 de 2015, concluida la etapa de negociación y suscrita el acta final, la administración expedirá las Actos Administrativos a que haya lugar.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar los acuerdos alcanzados en la mesa de negociación colectiva entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, por una parte y el sindicato Nacional de Trabajadores del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones SINTMINTIC y el Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados de la Industria de la Telecomunicaciones y Correos SINTRATELECORREOS”, por la otra, y que constan en las respectivas actas de la mesa de negociación sindical.
1. AMPLIACIÓN DE LA PLANTA DE PERSONAL
PETICIÓN
“En virtud del Acuerdo Único Nacional suscrito entre el Gobierno Nacional y las Organizaciones Sindicales, en consonancia con el Plan Nacional de Desarrollo, las sentencias C-614 de 2009, C-171 de 2012 y la Directiva Presidencial 006 de 2014, relacionada con la no tercerización de las funciones nominales y las permanentes; el Ministerio TIC, adelantará los procesos así como los recursos necesarios para la ampliación de la planta de personal y la formalización del empleo, teniendo en cuenta la sobredimensión de los contratistas que existen actualmente en la entidad.
Como ejemplo podamos anotar la impuesta por el Ministerio de Trabajo a INDUPALMA, por tercerización, en contra de la política de trabajo decente."
ACUERDO
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en conjunto con las organizaciones sindicales SINTMINTIC y SINTRATELECORREOS, conformarán una comisión Bipartita, la cual tendrá como objetivo, realizar un informe en el que se evalúe la capacidad administrativa de la Planta con la que cuenta la Entidad, revisando las funciones permanentes y propias del Ministerio, informe que será el soporte, entre los demás que se consideren, para una eventual ampliación de la planta del Ministerio de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Ley y el Gobierno Nacional.
La Comisión Bipartita, estará integrada por el Subdirector Administrativo y de Gestión Humana, por el Coordinador del grupo Interno de trabajo de Gestión del Talento Humano y por un representante designado por el jefe de la Oficina de Planeación y Estudios Sectoriales por parte de la Administración, y por dos representantes de cada Organización Sindical. La Comisión Bipartita establecerá su cronograma de trabajo y la fecha en que se presentarán los resultados a la alta dirección de la Entidad.
2. PROYECTO DE NUEVA LEY DE COMUNICACIONES
PETICION
“La administración garantizará que este Ministerio continúe siendo la Entidad rectora para establecer la política pública de los servicios misionales o la ampliación de los mismos, manteniendo la competencia para conferir las habilitaciones, concesiones, permisos y la vigilancia y control de los mismos.
Adicionalmente, mantendrá la autonomía del Fondo TIC en Beneficio de la población más vulnerable debido a que es el modo de financiar los diferentes programas que el SIC Ministerio”
ACUERDO
En caso tal que se llegare a promulgar alguno de los proyectos de Ley(1) que cursan en el Congreso de la República, por los cuales se pretende crear un Regulador Convergente de Comunicaciones, y se trasladara alguna de las competencias propias del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a la nueva entidad, se realizarán las respectivas reubicaciones dentro del Ministerio, de los funcionarios que desempeñen funciones trasladadas y que pudieren verse afectados, revisando cada uno de los perfiles y realizando los ajustes Institucionales necesarios.
3. EVENTUAL CONCURSO DE MERITOS POR ENTIDAD
PETICIÓN
“En el evento que se realicen los concursos de mérito ante la Comisión Nacional del Servicio Civil para el ingreso al Ministerio TIC o ascenso dentro del mismo, el MINTIC preparará al personal de planta y concertará los ejes temáticos, garantizando, que los concursos se realicen exclusivamente para la entidad, sin que se lleven a cabo en la misma bolsa con telecomunicaciones, la especialización técnica que requieren los cargos del Ministerio, acorde con el rediseño institucional, realizado el año anterior. ”
ACUERDO
En el evento que se realice un Concurso de Méritos para la provisión de los empleos que se encuentran en vacancia definitiva del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la administración realizará capacitaciones a los funcionarios de la entidad, de acuerdo con los Ejes Temáticos establecidos y de acuerdo con el Plan Institucional de Capacitación y el presupuesto establecido para tal fin.
4. ASIGNACIÓN RUBRO PARA LA BRIGADA
PETICIÓN
“Teniendo en cuenta que el número mínimo de Brigadistas para el Murillo Toro debe ser de 32, es decir 4 personas por piso y que a la fecha solo se cuentan con 20 brigadistas para atender todo, el Ministerio y muchas veces los eventos externos que tenga el Despacho del Ministro o los Viceministros, es necesario tener estímulos que permitan a más funcionarios y/o contratistas que hagan parte de la brigada.
Por lo anterior es importante crear un rubro o presupuesto, para eventos y actividades propias del tema, que permita más capacitación incentivos, compra de elementos de brigada, así como la participación de cursos internacionales, que permitan relacionarse y tener más conocimiento de los temas a nivel internacional.”
ACUERDO
El Ministerio mantendrá los recursos asignados a la brigada de la Entidad, garantizando la adquisición de implementos de calidad, así mismo, se propenderá por fortalecer cualquier interlocución entre los miembros de la brigada, el grupo interno de trabajo de Gestión de Talento Humano y las organizaciones sindicales.
5. ASIGNACIÓN DE VIÁTICOS SINDICATOS
PETICIÓN
“El Ministerio dará cumplimiento al artículo 103 de la Constitución política” (...) El Estado Contribuirá a la organización, promoción y Capacitación de la asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que se constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan."
ACUERDO
El Ministerio/ Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones asumirá los viáticos y tiquetes aéreos a los miembros de los sindicatos, siempre y cuando las comisiones de servicios cumplan con la totalidad de las condiciones y requisitos y estén relacionadas con las fuentes presupuestales que soporten su financiamiento las funciones de los servidores.
6. PARTICIPACION DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES DE LA ENTIDAD
PETICIÓN
“En la Gestión Administrativa Laboral, la administración convocará previamente a las organizaciones sindicales de este Ministerio, para generar espacios de interlocución, construcción o modificación de las condiciones de empleo."
ACUERDO
Mediante la Resolución 1311 del 15 de mayo de 2018, por la cual se expidió el reglamento de Capacitación, Bienestar Social e Incentivos para los servidores del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se establecieron los espacios en materia de Gestión Administrativa Laboral a las organizaciones sindicales de la Entidad.
7. APOYO EDUCATIVO PARA LOS HIJOS DE LOS FUNCIONARIOS
PETICIÓN
“Dando continuidad a lo establecido en el numeral 2.2 “capacitación para los hijos de los funcionarios” de la Resolución 2604 del 29 de octubre de 2015, el Ministerio dará cumplimiento a la sentencia de la Corte Constitucional T -292 de 2016 y C- 070 de 2015.”
ACUERDO
De acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del numeral 2.2 de la Resolución 2604 del 29 de octubre de 2015 relativo a la “capacitación para los hijos de los funcionarios” el beneficio de subsidio de apoyo educativo se amplió mediante Resolución 1311 de 2018 a los hijos de los funcionarios menores de 25 años, inclusive.
8. RECONOCIMIENTO QUINQUENIOS
PETICIÓN
“El Ministerio hará reconocimiento significativo a aquellos funcionarios que cumplan quinquenios, el cual se dará de manera proporcional al tiempo de servicio"
ACUERDO
Se acuerda otorgar días de permiso, así como bonos de servicios al portafolio de la Caja de Compensación, en caso de contar con ellos, a los funcionarios que cumplan quinquenios de la siguiente manera:
QUINQUENIOS EN AÑOS | 5 | 10 | 15 | 20 | 25 | 30 | 35 | 40 |
NUMERO DE DÍAS DE PERMISO | 1 | 1 | 2 | 2 | 2 | 3 | 3 | 3 |
VALOR DEL BONO EN SALARIOS MINIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES | 20% | 25% | 30% | 40% | 45% | 50% | 55% | 60% |
En caso de no tener los bonos suficientes, los mismos se priorizarán y se entregarán de manera proporcional de acuerdo con el quinquenio que cumpla el funcionario.
9. REGLAMENTACIÓN DEL TIEMPO DE SEMANA SANTA Y FIN DE AÑO.
PETICIÓN
“El Ministerio establecerá mediante acto administrativo y de manera permanente la reglamentación de compensación del tiempo de descanso para semana santa y fin de año."
ACUERDO
El Ministerio establecerá mediante acto administrativo y de manera permanente la reglamentación del tiempo de descanso de Semana Santa y de Fin de año, sin discriminación alguna.
El tiempo compensado se podrá unir con vacaciones
10. COMPETENCIAS DEPORTIVAS
PETICIÓN
“El Ministerio establecerá el presupuesto para proveer a los participantes en las competencias tanto internas como externas de elementos de calidad requeridos para la representación de la entidad. Los eventos internos se deberán desarrollar dos veces al año, con reconocimiento significativos por parte de la entidad.”
ACUERDO:
Se acuerda la creación de la “POLITICA DEPORTIVA Y DE RECREACION DEL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES”, la política será construida conjuntamente por las Organizaciones Sindicales y la Administración con apoyo de la Caja de Compensación, la cual tiene por objetivo, la programación efectiva de las actividades, así como la participación de los servidores en espacios deportivos.
ARTÍCULO SEGUNDO. Establecer como punto acordado parcialmente lo siguiente:
1. TELETRABAJO SEMANA DE RECESO Y VACACIONES
PETICION
“El Ministerio ampliará el Teletrabajo en la semana de receso, vacaciones (SIC) mitad y fin de año dando alcance al numeral 1.4 de la Resolución 2604 del 29 de octubre de 2015, previo cumplimiento de los requisitos de la iniciativa de Teletrabajo."
ACUERDO PARCIAL
Se acuerda el Teletrabajo únicamente para la semana de receso escolar de acuerdo con los siguientes parámetros, los cuales deberán ser reglamentados mediante resolución interna:
- Aplica de manera excepcional.
- Sería únicamente para los funcionarios que tengan hijos cursando educación preescolar, educación básica primaria y básica secundaria, y educación media. No será compatible con las vacaciones recreativas.
- Se establecerán parámetros más flexibles para los funcionarios, frente a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como en temas de riesgo laboral sin que esto afecte la seguridad del funcionario.
- Únicamente se otorgará para la semana de receso escolar que se otorga en septiembre u octubre no en vacaciones de mitad y fin de año.
- Los días de teletrabajo serían los cinco días hábiles de la semana de receso escolar.
- Quien ya se encuentra en el programa de teletrabajo podrá acogerse a los otros días que completan la semana.
- El beneficio aplicará para todos los empleados del Ministerio esto es, Carera Administrativa, Libre Nombramiento y Remoción y nombramientos en provisionalidad.
ARTÍCULO TERCERO. - Establecer como puntos no acordados parcialmente lo siguiente:
1. NIVELACION SALARIAL
PETICION
“Frente a la desigualdad salarial que existe entre el Ministerio de Tecnologías respecto a otras entidades (Ministerios) del orden nacional, el Mintic, acatará los principios de equidad, igualdad, progresividad y proporcionalidad, con el fin de ajustar su planta de personal.
Ejemplo: Ministerio de Hacienda, Interior y salud”
NO HAY ACUERDO
En este punto no hay acuerdo.
2. BONIFICACIÓN POR PRODUCTIVIDAD
PETICIÓN
“En los últimos años, el Ministerio Tic, se ha colocado a la Vanguardia en la evolución de las Tecnologías, promoviendo la economía digital, lo que ha permitido el cumplimiento eficiente, eficaz y efectivo de los planes, programas, políticas, proyectos y metas formulados para el cumplimiento de la misión institucional.
El Mintic, establecerá una bonificación por productividad anual a cada funcionario, teniendo en cuenta lo siguiente
No es factor salarial
50% sobre el salario de la vigencia correspondiente No compatible con primas técnicas
Se dará aplicación a lo establecido en el literal a) del artículo 2 del Decreto 160 de 2014”
NO HAY ACUERDO
No se llegó a ningún acuerdo en este punto.
3. CONTRATOS SOBREDIMENCIONADOS
PETICION
“Teniendo en cuenta el desmesurado rubro de funcionamiento, para los honorarios de los contratistas del Ministerio, se hace necesario la aplicación de la resolución 1998 del 1° de agosto de 2017, relacionada con la tabla de honorarios, así como la unificación de los tiempos de los contratos.”
NO HAY ACUERDO
Por no ser parte de las materias propias de la negociación, no hay acuerdo en este punto.
4. VINCULACIÓN FAMILIAR NÚCLEO PRIMARIO AL MINTIC
PETICIÓN
“El ministerio dará prioridad de vincular a la Entidad a los integrantes del grupo familiar primario de los funcionarios, así mismo, funcionarios que estando activos se pensiones o fallezcan siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos para tal fin.”
NO HAY ACUERDO
Al estar reglado todos los tipos de ingreso a la administración pública por la constitución y la Ley, no se puede realizar ningún tipo de acuerdo sobre esta materia.
5. SEMANA COMPENSATORIA PARA PERSONAS QUE TIENEN NÚCLEOS FAMILIARES POR FUERA DE LA CIUDAD - COMPENSADA
PETICIÓN
“La entidad concederá a los funcionarios que tienen al o los integrantes del núcleo familiar primario o los padres fuera de la ciudad, una semana de descanso la cual será compensada previo acuerdo con la administración, por una vez al año no acumulable con otras compensaciones ni vacaciones.”
NO HAY ACUERDO
No hay acuerdo, toda vez que los funcionarios de la Entidad cuentan con dos periodos compensados en Semana Santa y Fin de año, así como los periodos ordinarios de vacaciones.
6. SEGURO DE VIDA ASUMIDO POR LA ENTIDAD
PETICION
“Teniendo en cuenta el alto riesgo por orden público, al que se ven sometidos los funcionarios públicos y las continuas amenazas contra las entidades del estado, se hace necesario que el Mintic, establezca un presupuesto para el seguro de vida.”
NO HAY ACUERDO
No se llegó a acuerdo en este punto.
ARTÍCULO CUARTO. - Los estudios normativos y la viabilidad de las solicitudes que fueron acordadas en la presente resolución, se realizaron dentro del tiempo de la negociación. En consecuencia, los derechos adquiridos son de ámbito general con efectos para todos los empleados públicos del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; tendrán continuidad en su vigencia hasta por dos (2) años contados a partir de la inscripción del acuerdo sindical en el Ministerio de Trabajo.
En cumplimiento del principio de prohibición de regresividad de los Derechos económicos, Sociales, Culturales y Ambientales el presente acto administrativo da continuidad a lo acordado en las Resoluciones 1616 de 2013 y 2604 de 2015, los cuales serán respetados por la Entidad y solamente podrán ser reformados mediante otro acuerdo con el exclusivo propósito de su mejoramiento y progresividad, siempre que su cumplimiento cuente con la viabilidad jurídica y financiera que estos demanden.
ARTÍCULO QUINTO. Acoger los acuerdos que se llegaren a reglamentar producto de los acuerdos establecidos en la mesa de Negociación Nacional.
ARTÍCULO SEXTO. De conformidad con lo previsto en el Estatuto Orgánico de Presupuesto y en el numeral 2 del artículo 3 del Decreto No. 160 de 2014, el cumplimiento de los acuerdos alcanzados en la presente resolución que implique gasto, estarán sujetos de la expedición respectiva disponibilidad presupuestal.
ARTÍCULO SÉPTIMO. - Conformar la Comisión Paritaria de Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos Alcanzados en la negociación la cual estará integrada así: por parte del Ministerio el Subdirector Administrativo y de Gestión Humana y el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Humana y por las Organizaciones Sindicales por dos integrantes de la Junta directiva de cada organización Sindical
ARTÍCULO OCTAVO. - Comunicar el contenido de la presente resolución al Ministerio de Trabajo, así como a la Subdirección Financiera y a la Subdirección Administrativa y de Gestión Humana del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para lo de su competencia.
ARTÍCULO NOVENO. - Reconocer la valiosa labor del Sindicato Nacional de Trabajadores del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Trabajadores “SINTMINTIC”: y del Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados de la Industria de las Telecomunicaciones y Correos “SINTRATELECORREOS” de los resultados de la mesa de negociación.
ARTÍCULO DÉCIMO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, a los
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN SEBASTIÁN ROZO RENGIFO
Viceministro de Conectividad y Digitalización encargado del Despacho del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
NOTA AL FINAL:
1. 1) PL 21/17 proyecto promovido por María del Rosario Guerra de la Espriella "Convergencia en televisión". Proyecto por el cual se actualiza el marco general para la formulación de las políticas públicas que rigen el servido de televisión, asi como ajusta la institucionalidad y el respectivo régimen de regulación, vigilancia y control, y de protección de los usuarios de servicios de televisión. Estado: Pendiente discutir ponencia en Primer Debate Senado.
2) PL 107/17 proyecto promovido por Andrés García Zuccardi "Regulador Convergente" por el cual se Fusiona la Comisión de Regulación de Comunicaciones y la Autoridad Nacional de Televisión y crea la Autoridad Nacional de Regulación de Comunicaciones el cual se encuentra En Secretaria General de Senado, sin avance.
3) PL 172/17 proyecto promovido por Jorge Pedraza por el cual se pretende regular el uso eficiente de las redes y el espectro radloeléctrico, asi como las potestades del Estado, en relación con la planeación, la gestión, la administración adecuada y eficiente de los recursos, regulación, control y vigilancia del mismo observando el principio de misma regulación para servicios equivalentes. El cual se encuentra en la Secretaria General de Senado, sin avance.
4) PL 174/17 MinTic "Regulador Convergente y el Proyecto de autoría del Ministerio radicado el 17 de octubre de 2017.