RESOLUCIÓN 15 DE 2023
(enero 6)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se modifica la integración y asignación de unas coordinaciones de unos Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
LA SECRETARIA GENERAL DEL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
En el ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y la Resoluciones 001725 de 2020, y 01938 de 2021 y,
CONSIDERANDO QUE:
El inciso 2o del artículo 115, de la Ley 489 de 1998 señala que: “Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo”. Así mismo, que “En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento”.
Mediante el artículo 1.3 de la Resolución 001725 de 2020, modificada por el artículo 2 de la Resolución 01938 de 2021, la Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones delegó en el Secretario General del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones la función de crear y suprimir grupos internos de trabajo, así como suscribir el respectivo acto administrativo.
En desarrollo del artículo 14 de la Ley 1978 de 2019, el Gobierno Nacional expidió los Decretos 1064 y 1065 de 2020. Con el primero, modificó la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y con el segundo, modificó la planta de personal del MinTIC, incorporando y trasladando funciones al interior de su estructura.
De acuerdo con el artículo 15 del Decreto Nacional 473 de 2022, los empleados que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del jefe del organismo respectivo, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo que estén desempeñando, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones.
Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles Directivo o Asesor.
Con Resolución número 03066 de 30 de agosto del 2022, se crearon los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y se asignan funciones.
Por medio de Resolución número 03073 de 30 de agosto del 2022, se integraron los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
A través de Resolución número 03074 de 30 de agosto del 2022, se designaron las Coordinaciones de los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de la Información y las Comunicaciones.
La Resolución 00005 del 3 de enero de 2023, se modificó la Resolución número 03066 de 30 de agosto del 2022, en el sentido de modificar el nombre y las funciones del Grupo Interno de Trabajo Administración de Personal, Grupo Interno de Trabajo de Gestión Pensional y crear el Grupo Interno de Trabajo Desarrollo del Talento Humano adscritos a la Subdirección para la Gestión del Talento Humano.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. MODIFICACIÓN Y ADICIÓN. Modificar parcialmente y adicionar el artículo 18 de la Resolución 03073 de 2022, el cual quedará así:
“ARTÍCULO 18. Los Grupos Internos de Trabajo con los que cuenta la Subdirección para la Gestión del Talento Humano estarán integrados de la siguiente manera:
Grupo Interno de Trabajo Administración de Personal. Estará conformado por los siguientes cargos:
Uno (1) | Asesor | 1020 | Grado 06 |
Uno (1) | Profesional Especializado | 2028 | Grado 23 |
Uno (1) | Profesional Especializado | 2028 | Grado 21 |
Tres (3) | Profesional Especializado | 2028 | Grado 18 |
Uno (1) | Profesional Especializado | 2028 | Grado 14 |
Uno (1) | Profesional Universitario | 2044 | Grado 11 |
Uno (1) | Profesional Universitario | 2044 | Grado 10 |
Uno (1) | Profesional Universitario | 2044 | Grado 09 |
Uno (1) | Técnico | 3100 | Grado 15 |
Uno (1) | Auxiliar Administrativo | 4044 | Grado 11 |
(...)
Grupo Interno de Trabajo Desarrollo del Talento Humano. Estará conformado por los siguientes cargos:
Uno (1) | Profesional Especializado | Código 2028 | Grado 20 |
Dos (2) | Profesional Especializado | Código 2028 | Grado 18 |
Uno (1) | Profesional Especializado | Código 2028 | Grado 14 |
Tres (3) | Profesional Universitario | Código 2044 | Grado 11 |
Uno (1) | Técnico Administrativo | Código 3124 | Grado 13 |
ARTÍCULO 2. MODIFICACIÓN. Modificar el artículo 33 de la Resolución 03074 de 2022, el cual quedará así:
“ARTÍCULO 33. Designar los siguientes coordinadores de los Grupos Internos de Trabajo de la Subdirección para la Gestión del Talento Humano, así:
4.3. SUBDIRECCION PARA LA GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO
4.3.0.1. GRUPO INTERNO DE TRABAJO ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
COORDINADOR DE GRUPO INTERNO DE TRABAJO
NOMBRE | ANDRÉS FELIPE AYALA CASTAÑEDA |
CÉDULA | 1.016.002.107 | CARGO - CÓDIGO - GRADO \ ASESOR 1020 06 |
4.3. SUBDIRECCION PARA LA GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO
4.3.0.3. GRUPO INTERNO DE TRABAJO DESARROLLO DEL TALENTO HUMANO
COORDINADOR DE GRUPO INTERNO DE TRABAJO
NOMBRE | CÉSAR AUGUSTO MORA RAMÍREZ | |
CÉDULA | 74.181.272 CARGO - CÓDIGO - GRADO | PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028 21 |
ARTÍCULO 3. COMUNICACIÓN. Comunicar el contenido del presente acto administrativo a los servidores públicos vinculados en los empleos relacionados en la presente resolución y sus jefes inmediatos a través de la Subdirección para la Gestión del Talento Humano, con copia a la historia laboral.
ARTÍCULO 4. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación, modifica parcialmente y adiciona el artículo 18 de la Resolución 03073 de 2022, modifica parcialmente y adiciona el artículo 33 de la Resolución 03074 de 2022.
Las demás disposiciones de las Resoluciones número 03073 y 03074 de 2022 continuarán incólumes, vigentes y aplicables en lo no modificado por el presente acto administrativo.
Dada en Bogotá D.C., a los seis (6) días de enero de 2023.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
LUZ AÍDA BARRETO BARRETO
Secretaria General