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RESOLUCION 1259 DE 2006

(mayo 26)

Diario Oficial No. 46.287 de 02 de junio de 2006

MINISTERIO DE COMUNICACIONES

Por la cual se adoptan medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido a la Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.) y Frecuencia Modulada (F.M.).

LA MINISTRA DE COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 72 de 1989, el Decreto ley 1900 de 1990, los Decretos 1445, 1446 y 1447 de 1995, el Decreto 555 de 1998 y el Decreto 1620 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 18 del Decreto-ley 1900 de 1990 establece que el espectro electromagnético es de propiedad exclusiva del Estado y como tal constituye un bien de dominio público, inenajenable e imprescriptible, cuya gestión, administración y control corresponden al Ministerio de Comunicaciones de conformidad con las leyes vigentes;

Que las facultades de gestión, administración y control del espectro electromagnético, comprenden, entre otras, las actividades de planeación y coordinación, la fijación del cuadro de frecuencias, la asignación y verificación de frecuencias, el otorgamiento de permisos para su utilización, la protección y defensa del espectro radioeléctrico, la comprobación técnica de emisiones radioeléctricas, el establecimiento de condiciones técnicas de equipos terminales y redes que utilicen en cualquier forma el espectro radioeléctrico, la detección de irregularidades, perturbaciones y la adopción de medidas tendientes a establecer el correcto y racional uso del espectro radioeléctrico, y a restablecerlo en caso de perturbación o irregularidades;

Que los Planes Técnicos de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.) y Frecuencia Modulada (F.M.), hacen parte del Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencia, adoptado por el Decreto 555 de 1998;

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 2o del Decreto 1620 de 2003, es función del Ministerio atribuir, asignar, gestionar y controlar el espectro radioeléctrico con excepción de lo dispuesto en el artículo 76 de la Constitución Política;

Que se hace necesario actualizar periódicamente los Planes Técnicos de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.) y Frecuencia Modulada (F.M.), de conformidad con el artículo 5o del Decreto 1445 de 1995, teniendo en cuenta las frecuencias asignadas, las modificaciones autorizadas a las estaciones de radiodifusión sonora y los cambios que fuere necesario introducir para la óptima utilización del espectro radioeléctrico atribuido al servicio,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Actualizar e l Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.) en el numeral 4.23.1 denominado Plan por Departamentos, registrando las modificaciones a los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora clase C, según se relacionan a continuación:

a) Modificación relativa a la frecuencia de operación.

BOYACA


Clase estación

Municipio

Frecuencia
Anterior (kHz)

Frecuencia
Actual (kHz)

Potencia
(kW)

Estado
canal

C

Samacá

1450

910

1

Asignado

TOLIMA


Clase estación

Municipio

Frecuencia
Anterior (kHz)

Frecuencia
Actual (kHz)

Potencia
(kW)

Estado
canal

C

Ibagué

1110

790

1

Asignado

b) Modificación relativa a la potencia de operación.

SANTANDER


Clase estación

Municipio

Frecuencia
(kHz)

Potencia
Anterior (kW)

Potencia
Actual (kW)

Estado
canal

C

Bucaramanga

1340

1

4

Asignado

VALLE


Clase estación

Municipio

Frecuencia
(kHz)

Potencia
Anterior (kW)

Potencia
Actual (kW)

Estado
canal

A

Cali

700

50

30

Asignado

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 4.23.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

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ARTÍCULO 2o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.) en el numeral 4.23.1, denominado Plan por Departamentos, registrando las modificaciones de las frecuencias de operación del enlace entre Estudios y Sistema de Transmisión, de una estación de radiodifusión sonora, según se relaciona a continuación:

META


Clase estación

Municipio

Frecuencia
(KHz)

Potencia
(kW)

Estado canal

Enlace
Anterior (MHz)

Enlace
Actual (MHz)

C

Granada

1290

5

Asignado

316.1

L. F.

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 4.23.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

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ARTÍCULO 3o. Incorporar en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, los siguientes nuevos canales radioeléctricos atribuidos con sus correspondientes parámetros técnicos esenciales, el enlace entre estudios y sistema de transmisión y sus respectivos distintivos de identificación para la operación de estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F.M.) como se indican a continuación:

BOLIVAR


Clase estación

Municipio

Frecuencia
( MHz)

Potencia
(kW)

h
(m)

Estado canal

Enlace
(MHz)

Distintivo

C

Cartagena

99.5

1

75

Proyectado

313.7

HJA97

CALDAS


Clase estación

Municipio

Frecuencia
(MHz)

Potencia
(kW)

h
(m)

Estado canal

Enlace
(MHz)

Distintivo

C

Riosucio

98.1

0.600

437

Proyectado

324.9

HJZ69

CESAR


Clase estación

Municipio

Frecuencia
(MHz)

Potencia
(kW)

h
(m)

Estado canal

Enlace
(MHz)

Distintivo

C

Valledupar

90.7

1.200

1141

Proyectado

317.7

HJZ71

CORDOBA


Clase estación

Municipio

Frecuencia
(MHz)

Potencia
(kW)

h
(m)

Estado canal

Enlace
(MHz)

Distintivo

C

Montería

90.0

5

130

Proyectado

324.5

HJC25

NARIÑO


Clase estación

Municipio

Frecuencia
(MHz)

Potencia
(kW)

h
(m)

Estado canal

Enlace
(MHz)

Distintivo

C

Nariño

98.1

1

75

Proyectado

327.3

HJC29

VALLE


Clase estación

Municipio

Frecuencia
(MHz)

Potencia
(kW)

h
(m)

Estado canal

Enlace
(MHz)

Distintivo

C

Buenaventura

94.9

1.800

35

Proyectado

316.3

HJZ70

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

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ARTÍCULO 4o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, registrando las modificaciones autorizadas a los parámetros técnicos esenciales de unas estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F.M.) clase A, B y C; como se indica a continuación:

a) Modificación relativa a la frecuencia de operación.

HUILA


Clase estación

Municipio

Frecuencia
Anterior (MHz)

Frecuencia
Actual (MHz)

Potencia
(kW)

h
(m.)

Estado
canal

C

San Agustín

104.3

97.3

5

100

Asignado

NARIÑO


Clase estación

Municipio

Frecuencia
Anterior (MHz)

Frecuencia
Actual (MHz)

Potencia
(kW)

h
(m.)

Estado
canal

C

Aldana

106.7

106.5

0.400

372

Asignado

b) Modificación relativa a la potencia de operación.

ANTIOQUIA


Clase estación

Municipio

Frecuencia
(MHz)

Potencia
Anterior (kW.)

Potencia
Actual (kW.)

h
(m.)

Estado
Canal

C

Apartadó

103.3

1

5

49

Asignado

C

Caldas

102.3

1

5

278

Asignado

ARAUCA


Clase estación

Municipio

Frecuencia
(MHz)

Potencia
Anterior (kW.)

Potencia
Actual (kW.)

h
(m.)

Estado
canal

C

Arauca

100.3

5

1

90

Asignado

CESAR

Clase estación
Municipio

Frecuencia
(MHz)

Potencia
Anterior (kW.)

Potencia
Actual (kW.)

h
(m.)

Estado
ca
CValledupar105.751569Asignado

CORDOBA


Clase estación

Municipio

Frecuencia
(MHz)

Potencia
Anterior (kW.)

Potencia
Actual (kW.)

h
(m.)

Estado
canal

C

San Andrés de Sotavento

92.5

2

1.5

100

Asignado

CUNDINAMARCA


Clase estación

Municipio

Frecuencia
(MHz)

Potencia
Anterior (kW.)

Potencia
Actual (kW.)

h
(m.)

Estado
canal

A

Bogotá, D. C.

102.9

15

100

345

Asignado

C

Zipaquirá
96.315457Asignado

HUILA

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potenci
Anterior (kW.)
Potencia
Actual (kW.)
h
(m.)
Estado
canal
CTimaná92.3151011Asignado

c) Modificación relativa a la diferencia de altura (h)

ATLANTICO

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(kW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
Estado
canal
ABarranquilla88.61575154Asignado
CPuerto Colombia92.6590111Asignado

BOYACA

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(kW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
Estado
canal
BTunja95.61090354Asignado

CALDAS

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(kW)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
Estado
canal
BManizales91.710166256Asignado

CAQUETA

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(kW)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
Estado
canal
CFlorencia101.15139318Asignado

CORDOBA

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(kW)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
Estado
canal
CSan Andrés
de Sotavento
92.51.561100Asignado

CUNDINAMARCA

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(kW)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
Estado
canal
CVillapinzón103.3521286Asignado
CZipaquirá96.35220457Asignado

HUILA

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
Estado
canal
CSan Agustín97.3575100Asignado
CTimaná92.356521011Asignado

SANTANDER

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
Estado
canal
BBucaramanga90.710130493Asignado

TOLIMA

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(KW.)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
Estado
canal
COrtega98.00.65014471474Asignado

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

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ARTÍCULO 5o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.) en el numeral 10.2, denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación, registrando las modificaciones autorizadas a los parámetros técnicos esenciales de unas estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F.M.) clase D, como se indica a continuación:

a) Modificación relativa a la frecuencia de operación

NARIÑO

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
Anterior (MHz)
Frecuencia
Actual (MHz)
Potencia
(kW.)
h
(m.)
Estado
canal
DIpiales94.7106.90.20030Asignado

b) Modificación relativa a la diferencia de altura (h).

CALDAS

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(kW)
h
Anterior (m.)
h
Actual (m.)
Estado
canal
DSamaná92.10.20030236Asignado

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.3 denominado Plan de Estaciones Clase D.

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ARTÍCULO 6o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, registrando las modificaciones de las frecuencias de operación del enlace entre Estudios y Sistema de Transmisión, de unas estaciones de radiodifusión sonora, según se relaciona a continuación:

CHOCO

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(kW)
h
(m.)
Estado
canal
Enlace
Anterior (MHz)
Enlace
Actual (MHz)
CIstmina107.31133Asignado301.7L. F.

CUNDINAMARCA

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(kW)
h
(m.)
Estado canalEnlace
Anterior (MHz)
Enlace
Actual (MHz)
CFusagasugá103.35560Asignado303.1305.3

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

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ARTÍCULO 7o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, registrando las modificaciones de los distintivos de identificación, de unas estaciones de radiodifusión sonora, según se relaciona a continuación:

BOYACA

Clas estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(kW)
h
(m.)
Estado canalDistintivo
0.0Anterior
Distintivo
Actual
CSocotá95.15130AsignadoHJB78HJC28

PUTUMAYO

Clase estaciónMunicipioFrecuencia
(MHz)
Potencia
(kW)
h
(m.)
Estado canalEnlace anteriorEnlace actual
BMocoa94.761850AsignadoHJB76HJC27

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

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ARTÍCULO 8o. Dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución la Dirección de Desarrollo del Sector compilará, en un único documento el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.) y Frecuencia Modulada (F.M.), con sus actualizaciones.

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ARTÍCULO 9o. La Subdirección Administrativa publicará en la web del Ministerio de Comunicaciones, el documento actualizado del Plan Técnico de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada y Frecuencia Modulada.     

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ARTÍCULO 10. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

Comuníquese publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de mayo de 2006.

La Ministra de Comunicaciones,

MARTHA ELENA PINTO DE DE HART.

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ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

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