RESOLUCIÓN 04624 DE 2025
(octubre 30)
Diario Oficial No. 53.303 de 13 de noviembre de 2025
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS Y DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Conmemoración de tres grandes hitos acontecidos en el departamento de Cundinamarca: Regiotram de occidente, ExpoCundinamarca y Policarpa Salavarrieta.
LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, y
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales (...), el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es la única entidad autorizada para emitir sellos postales con carácter oficial y que para tal efecto puede, entre otras acciones, realizar la promoción, venta y desarrollo comercial de la filatelia a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo, esto es, la sociedad Servicios Postales Nacionales S. A. S.
En el numeral 6 del artículo 20 del Decreto número 1064 de 2020, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se atribuye a la Subdirección de Asuntos Postales la función de"(...) y evaluar las solicitudes de estampillas(...), con el fin de recomendar su emisión al Ministro".
Por medio de la comunicación radicada bajo el número 251125330 y 251125309 del 1 de octubre de 2025, el doctor Jorge Emilio Rey Ángel, en calidad de Gobernador de Cundinamarca, solicitó a esta cartera la aprobación de una emisión consistente en una serie filatélica conmemorativa, que exalte tres hitos de especial significado para el departamento de Cundinamarca, con el propósito de resaltar su transcendencia histórica y su impacto social.
Mediante oficio radicado número 252177259 el 22 de octubre de 2025, el Subdirector de Asuntos Postales de este Ministerio, expidió concepto favorable en relación con la emisión filatélica, en consecuencia, recomendó a este Despacho su aprobación, indicando que "(...)
Por tanto, y, teniendo en cuenta que las emisiones filatélicas tienen como objetivo fomentar y contribuir a la cultura, el arte y la historia, así como reconocer y conmemorar aquellos acontecimientos que, por su naturaleza e importancia, revisten valor histórico, documental, técnico, científico, cultural, social o político y considerando la importancia que tiene para el país contribuir a la institucionalidad y fomento de la educación, la inclusión y cultura, se recomienda la aprobación de una emisión filatélica conmemorativa de tres grandes hitos del departamento de Cundinamarca, toda vez que estos tres acontecimientos representan el pasado glorioso, el presente dinámico y el futuro esperanzador de Cundinamarca al proceso histórico del departamento, además de ser una herramienta para visibilizar su diversidad y avances en tecnología, economía, equidad, inclusión social y accesibilidad, quedando registrada en la historia postal y filatélica de nuestro país (...)".
Atendiendo las razones anteriormente expuestas, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones encuentra pertinente ordenar la emisión filatélica denominada "Conmemoración de tres grandes hitos acontecidos en el departamento de Cundinamarca: Regiotram de occidente, ExpoCundinamarca y Policarpa Salavarrieta".
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. APROBACIÓN EMISIÓN FILATÉLICA. Aprobar la emisión filatélica denominada "Conmemoración de tres grandes hitos acontecidos en el departamento de Cundinamarca: Regiotram de occidente, ExpoCundinamarca y Policarpa Salavarrieta".
ARTÍCULO 2o. ORDENAR LA PRODUCCIÓN DE ESTAMPILLA. Ordenar a la sociedad Servicios Postales Nacionales S. A. S., Operador Postal Oficial de Colombia, la producción de la estampilla de que trata el artículo primero de esta resolución, así como de los productos filatélicos relacionados con la misma, dentro de la vigencia 2025, en la cantidad y valor facial que serán determinados de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.
ARTÍCULO 3o. CIRCULACIÓN DE ESTAMPILLA. Servicios Postales Nacionales S. A. S., pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla objeto de la emisión, la cual deberá estar disponible en la totalidad de los puntos de venta del Operador Postal Oficial, de manera que se garantice que todos los habitantes de nuestro país tengan acceso a ella.
ARTÍCULO 4o. COMUNICACIÓN. El Ministerio, a través de la Subdirección de Asuntos Postales, comunicará el presente acto administrativo al doctor Jorge Emilio Rey Ángel en calidad de Gobernador del departamento de Cundinamarca y a la Jefe Nacional de Filatelia de Servicios Postales Nacionales S. A. S.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C., a 30 de octubre de 2025.
La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Carina Murcia Yela