RESOLUCIÓN 3536 DE 2018
(diciembre 27)
Diario Oficial No. 50.820 de 28 de diciembre de 2018
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se aprueba la emisión de la estampilla “Conmemoración de los 115 años de fundación de la Clínica de Marly S. A.”.
LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere la Ley 1369 de 2009, el Decreto 1414 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso 3o del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, indica que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es el encargado de fijar las así como el fomento de la cultura filatélica a través de los sellos y los productos filatélicos.
Que el numeral 8 del artículo 16 del Decreto 1414 de 2017, preceptúa que es función de la Subdirección de Asuntos Postales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones definir e implementar procesos y procedimientos, para la emisión y custodia de estampillas, que deba emitir el Estado colombiano, bajo la prerrogativa de miembro de la Unión Postal Universal.
Que el 7 de diciembre de 2018 mediante radicado 951715, el doctor Luis Eduardo Cavalier Castro, Gerente General de la Clínica de Marly S.A., solicitó la emisión postal de una estampilla para conmemorar los 115 años de la fundación de la Clínica Marly S.A., destacándola como la institución más antigua de salud privada del país, pionera en muchos servicios, procedimientos y tecnologías que han contribuido al bienestar de la población en todos los niveles de atención, con criterios de calidad científica, tecnológica y humana a un número importante de pacientes.
Que, por las razones anteriormente expuestas, es procedente la emisión de la estampilla denominada "Conmemoración de los 115 de fundación de la Clínica de Marly S.A".
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobar la emisión de la estampilla denominada: "Conmemoración de los 115 años de fundación de la Clínica de Marly S.A".
ARTÍCULO 2o. Autorícese al Operador Postal Oficial Servicios Postales Nacionales S.A. 4-72 la producción de estampillas de que trata el artículo primero de esta resolución, en la anualidad 2018, cantidad y valor que será determinado de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.
ARTÍCULO 3o. El Operador Postal Oficial Servicios Postales Nacionales S.A. 4-72, pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla aprobada.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a 27 de diciembre de 2018.
La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Sylvia Constaín.