RESOLUCIÓN 03520 DE 2024
(septiembre 17)
Diario Oficial No. 52.899 de 4 de octubre de 2024
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se ordena la emisión filatélica de la Serie “América” UPAEP 2024, temática, Medio Ambiente, en el marco de la Conferencia bianual sobre la Biodiversidad (COP16).
EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, y
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1o del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, “Por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales (…)”, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es la única entidad autorizada para emitir sellos postales con carácter oficial y que para tal efecto puede, entre otras acciones, realizar la promoción, venta y desarrollo comercial de la filatelia a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo, esto es, la sociedad Servicios Postales Nacionales S. A. S.
En los numerales 6 y 7 del artículo 20 del Decreto número 1064 de 2020, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se atribuye a la Subdirección de Asuntos Postales, las funciones de “(…) evaluar las solicitudes de estampillas (…), con el fin de recomendar su emisión al Ministro, y definir e implementar procesos y procedimientos para la emisión y custodia de estampillas que deba emitir el Estado colombiano, bajo la prerrogativa de miembro de la Unión Postal Universal”, respectivamente.
La Unión Postal Universal (UPU), fue fundada el 9 de octubre de 1874, como un organismo especializado de las Naciones Unidas para los servicios postales internacionales, cuya función principal consiste en promover y desarrollar la comunicación entre los Estados buscando aumentar el volumen del correo mediante el suministro de productos y servicios postales actualizados, mejorar la calidad del servicio postal, fomentar la colaboración y cooperación internacional en materia postal, entre otros.
Así mismo, el 1o de julio de 1881, el Estado colombiano se adhirió a dicho organismo en virtud de la expedición de la Ley 90 de 1880, la cual autorizó al poder ejecutivo para afiliar al país a la Unión Postal Universal, y en consecuencia lo facultó igualmente para disponer la emisión de estampillas de correo.
La Unión Postal de las Américas, España y Portugal (UPAEP), fue fundada en el año 1911, como un organismo internacional de carácter intergubernamental, conformado por los gobiernos de 28 países miembros, incluido Colombia, que tiene como finalidad promover la cooperación técnica entre los Operadores Postales de los países miembros.
En 1969, la Unión Postal Universal (UPU) estableció el 9 de octubre como el Día Mundial del Correo, durante un congreso celebrado en Tokio (Japón) el 14 de noviembre, con el objetivo de conmemorar la fecha de su fundación y crear conciencia sobre el rol del sector postal en el mundo.
Mediante la Resolución número 20 de 2021, expedida en el marco del XXIV Congreso de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal, ratificada por los Delegados Plenipotenciarios de los países y territorios miembros, como consta en la declaración por ellos suscrita en Willemstad, Curaçao el 21 de octubre de 2021, fue aprobada la propuesta de las temáticas para la emisión de sellos postales para el periodo 2022-2025 de la serie “América”, y se estableció para el 2024 corresponde a “Medio ambiente” con motivo de la realización de la Conferencia Bianual sobre la Biodiversidad (COP16).
Mediante oficio radicado el 9 de julio de 2024, bajo el número 242078439, la Subdirección de Asuntos Postales de este Ministerio, expidió concepto favorable, y, en consecuencia, recomendó a este Despacho su aprobación, indicando que “(…) las emisiones filatélicas tienen como objetivo fomentar y contribuir a la cultura, el arte y la historia, así como reconocer y conmemorar aquellos acontecimientos que, por su naturaleza e importancia, revisten valor histórico, documental, técnico, cultural, social o político y considerando la importancia que tiene para el país la conservación ambiental y sostenible, así como el fomento de la cultura filatélica del país, se recomienda que a través de una emisión filatélica, Colombia como Estado miembro de la UPU y la UPAEP participe en la Serie “América”, cuya temática para esta anualidad es “Medio Ambiente” en el marco de la COP 16 (Conferencia bianual sobre la Biodiversidad). (…)”.
Atendiendo las razones anteriormente expuestas, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones encuentra pertinente ordenar la emisión filatélica denominada “Serie “América” UPAEP 2024, temática, Medio Ambiente, en el marco de la Conferencia bianual sobre la Biodiversidad (COP16)”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. APROBACIÓN EMISIÓN FILATÉLICA. Aprobar la emisión filatélica denominada “Serie “América” UPAEP 2024, temática, Medio Ambiente, en el marco de la Conferencia bianual sobre la Biodiversidad (COP16)”.
ARTÍCULO 2o. ORDENAR LA PRODUCCIÓN DE ESTAMPILLA. Ordenar a la sociedad Servicios Postales Nacionales S. A. S., Operador Postal Oficial de Colombia, la producción de la estampilla de que trata el artículo primero de esta resolución, así como de los productos filatélicos relacionados con la misma, dentro de la vigencia 2024, en la cantidad y valor facial que serán determinados de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.
ARTÍCULO 3o. CIRCULACIÓN DE ESTAMPILLA. Servicios Postales Nacionales S. A. S., pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla objeto de la emisión, la cual deberá estar disponible en la totalidad de los puntos de venta del Operador Postal Oficial, de manera que se garantice que todos los habitantes de nuestro país tengan acceso a ella.
ARTÍCULO 4o. COMUNICACIÓN. El MinTIC, a través de la Subdirección de Asuntos Postales, comunicará el presente acto administrativo al Jefe Nacional de Filatelia de Servicios Postales Nacionales S. A. S.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 17 de septiembre de 2024.
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Mauricio Lizcano Arango