RESOLUCIÓN 2695 DE 2022
(julio 29)
Diario Oficial No. 52.148 de 5 de septiembre de 2022
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se ordena la emisión filatélica Reconocimiento a la labor del campesino colombiano.
LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, y
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, “Por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales (…)” el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es la única entidad autorizada para emitir sellos postales con carácter oficial y que para tal efecto puede, entre otras acciones, realizar la promoción, venta y desarrollo comercial de la filatelia a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo, esto es, la sociedad Servicios Postales Nacionales S. A. S.
En el numeral 6 del artículo 20 del Decreto 1064 de 2020, “por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”, se atribuye a la Subdirección de Asuntos Postales la función de “(...) y evaluar las solicitudes de estampillas (...), con el fin de recomendar su emisión al Ministro”.
El 2 y 3 de junio de 2022, mediante comunicaciones con Radicados MinTIC 221043759 y 221043960, el señor Juan Gonzalo Botero Botero, en su condición de Viceministro de Asuntos Agropecuarios del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, solicitó a este Ministerio autorizar una emisión filatélica que reconozca la labor del campesino colombiano.
Mediante oficio con Radicado 222061546 del 21 de junio de 2022, el Subdirector de Asuntos Postales de este Ministerio, expidió concepto favorable en relación con la solicitud de la emisión filatélica presentada y, en consecuencia, recomendó a este Despacho su aprobación, al indicar que “las emisiones filatélicas tienen como objetivo fomentar y contribuir a la cultura, el arte y la historia, así como reconocer y conmemorar aquellos acontecimientos que, por su naturaleza e importancia, revisten valor histórico, documental, técnico, político, económico y cultural, y considerando que el quehacer de nuestros campesinos, así como sus costumbres, tradiciones y conocimientos, han contribuido al desarrollo social, artístico y económico, a lo largo de la historia de nuestro país, se recomienda que a través de la emisión filatélica se reconozca y exalte el compromiso, esfuerzo y dedicación asumidos por ellos en el desarrollo de sus labores”.
Atendiendo las razones anteriormente expuestas, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones encuentra procedente ordenar la emisión filatélica denominada “Reconocimiento a la labor del campesino colombiano”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobar la emisión filatélica denominada “Reconocimiento a la labor del campesino colombiano”.
ARTÍCULO 2o. Ordenar a la sociedad Servicios Postales Nacionales S. A. S, Operador Postal Oficial de Colombia, la producción, por una única vez, de la estampilla de que trata el artículo primero de esta resolución, así como de los productos filatélicos relacionados con la misma, a partir de la vigencia de 2022, en la cantidad y valor facial que serán determinados de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.
ARTÍCULO 3o. Servicios Postales Nacionales S. A. S., pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla objeto de la emisión, la cual deberá estar disponible en la totalidad de los puntos de venta del operador postal oficial, de manera que se garantice que todos los habitantes de nuestro país tengan acceso a ella.
ARTÍCULO 4o. Comunicar el presente acto administrativo al señor Juan Gonzalo Botero Botero, Viceministro de Asuntos Agropecuarios del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y al jefe nacional de Filatelia de Servicios Postales Nacionales S. A. S.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Comuníquese, publíquese, y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2022.
La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Carmen Ligia Valderrama Rojas