RESOLUCIÓN 2457 DE 2023
(julio 7)
Diario Oficial No. 52.455 de 13 de julio de 2023
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se ordena la emisión filatélica conmemorativa de los 100 años de creación del Banco de la República.
EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, y
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, “Por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales (…)”, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es la única entidad autorizada para emitir sellos postales con carácter oficial, y que para tal efecto puede, entre otras acciones, realizar la promoción, venta y desarrollo comercial de la filatelia a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo, esto es, la sociedad Servicios Postales Nacionales S. A. S.
En el numeral 6 del artículo 20 del Decreto 1064 de 2020, “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”, se atribuye a la Subdirección de Asuntos Postales la función de “(...) y evaluar las solicitudes de estampillas (…), con el fin de recomendar su emisión al Ministro”.
Por medio de la comunicación radicada bajo el número 221096713 del 29 de noviembre de 2022, la señora Marcela Ocampo Duque, en calidad de Gerente Ejecutiva del Banco de la República, solicitó a este Ministerio autorizar una emisión filatélica para conmemorar los 100 años de creación del Banco de la República, cuya celebración está prevista para el 23 de julio de 2023.
Mediante oficio radicado el 7 de febrero de 2023, bajo el número 232008899, la Subdirectora de Asuntos Postales (e) de este Ministerio, expidió concepto favorable en relación con la solicitud de la emisión filatélica propuesta y, en consecuencia, recomendó a este despacho su aprobación, indicando que “(...) las emisiones filatélicas tienen como objetivo fomentar y contribuir a la cultura, el arte y la historia, así como reconocer y conmemorar aquellos acontecimientos que, por su naturaleza e importancia, revisten valor histórico, documental, técnico, cultural, social o político y considerando la labor cultural, económica e institucional del Banco de la República, se recomienda que a través de una emisión filatélica se conmemoren los 100 años de creación del Banco y se brinde reconocimiento a una entidad que ha contribuido al fomento de la educación, el arte, la cultura y el conocimiento de la sociedad”.
Atendiendo las razones anteriormente expuestas, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones encuentra pertinente ordenar la emisión filatélica conmemorativa denominada “100 años de creación del Banco de la República”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. APROBACIÓN EMISIÓN FILATÉLICA. Aprobar la emisión filatélica conmemorativa denominada “100 años de creación del Banco de la República”.
ARTÍCULO 2o. ORDENAR LA PRODUCCIÓN DE ESTAMPILLA. Ordenar a la sociedad Servicios Postales Nacionales S. A. S., Operador Postal Oficial de Colombia, la producción, por una única vez, de la estampilla de que trata el artículo primero de esta resolución, así como de los productos filatélicos relacionados con la misma, dentro de la vigencia de 2023, en la cantidad y valor facial que serán determinados de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.
ARTÍCULO 3o. CIRCULACIÓN DE ESTAMPILLA. Servicios Postales Nacionales S. A. S., pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla objeto de la emisión, la cual deberá estar disponible en la totalidad de los puntos de venta del Operador Postal Oficial, de manera que se garantice que todos los habitantes de nuestro país tengan acceso a ella.
ARTÍCULO 4o. COMUNICACIÓN. El Ministerio a través de la Subdirección de Asuntos Postales comunicará el presente acto administrativo a la señora Marcela Ocampo Duque, Gerente Ejecutiva del Banco de la República y al Jefe Nacional de Filatelia de Servicios Postales Nacionales S. A. S.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 7 de julio de 2023.
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Mauricio Lizcano Arango