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RESOLUCIÓN 2451 DE 2021

(septiembre 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2626 de 2021>

Por la cual se adicionan unos numerales al artículo 1.1 de la Resolución 1725 de 2020

EL MINISTRO ( E ) DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

En ejercicio de sus facultades legales, en especial en especial las que le confieren los artículos 211 de la Constitución Política, 9 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 1082 de 2021, y

CONSIDERANDO QUE:

De conformidad con el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias.

Igualmente la norma citada señala que los ministros podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la Ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política.

A través de la Resolución 1725 del 8 de septiembre de 2020, la Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones delegó y asignó unas funciones al interior del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

En virtud de lo anterior, y dada la connotación que reviste el Proyecto Nacional de Acceso Universal en Zonas Rurales o Apartadas Ficha EBI 2018011000388 Implementación Soluciones de Acceso Comunitario a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Nacional - Centros Digitales, se considera necesario adicionar las funciones del Viceministro de Conectividad, en lo que respecta a la ordenación del gasto, el pago y gestión contractual derivados del citado proyecto.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. ADICIONAR LOS NUMERALES 19 AL 23 AL ARTÍCULO 1.1 DE LA RESOLUCIÓN 1725 DE 2020 SUBROGADO POR EL ARTÍCULO 1 DE LA RESOLUCIÓN 2012 DE 2021. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2626 de 2021> Adicionar los numerales 19 al 23 al artículo 1.1 de la Resolución 1725 de 2020, en los siguientes términos:

“19. Ordenar mediante acto administrativo los gastos que afecten el presupuesto del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, derivados y relacionados con el proyecto Proyecto Nacional de Acceso Universal en Zonas Rurales o Apartadas Ficha EBI 2018011000388 Implementación Soluciones de Acceso Comunitario a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Nacional - Centros Digitales.

20. Adelantar, ejecutar y dirigir, las etapas: precontractual, contractual y post contractual de los procesos de contratación del del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sin consideración a la cuantía, relacionados con el proyecto Proyecto Nacional de Acceso Universal en Zonas Rurales o Apartadas Ficha EBI 2018011000388 Implementación Soluciones de Acceso Comunitario a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Nacional - Centros Digitales.

21. Adjudicar los procesos contractuales que adelante el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sin consideración a la cuantía, relacionados con el proyecto Proyecto Nacional de Acceso Universal en Zonas Rurales o Apartadas Ficha EBI 2018011000388 Implementación Soluciones de Acceso Comunitario a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Nacional - Centros Digitales.

22. Suscribir los contratos del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sin consideración a la naturaleza de los mismos, ni a la cuantía, así como sus adiciones, modificaciones y prórrogas, relacionados con el proyecto Proyecto Nacional de Acceso Universal en Zonas Rurales o Apartadas Ficha EBI 2018011000388 Implementación Soluciones de Acceso Comunitario a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Nacional - Centros Digitales.

23. Ordenar el pago de todos los gastos autorizados de conformidad con las facultades que se delegan por medio de esta resolución, sin consideración a la cuantía y que sean derivados de la ejecución del proyecto de Proyecto Nacional de Acceso Universal en Zonas Rurales o Apartadas Ficha EBI 2018011000388 Implementación Soluciones de Acceso Comunitario a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Nacional - Centros Digitales.”

ARTÍCULO 2. VIGENCIA Y ADICIONES. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2626 de 2021> La presente resolución rige a partir de su expedición, y adiciona los numerales 19 al 23 al artículo 1.1 de la Resolución 1725 de 2020 subrogado por el artículo 1 de la Resolución 2012 de 2021.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

IVÁN MAURICIO DURÁN PABÓN

Ministro (E) de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

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