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RESOLUCIÓN 2205 DEL 2023

(junio 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES

Por la cual se adiciona el numeral 4 al artículo 1.13 de la Resolución 1725 de 2020 y se suprime el numeral 16 del artículo 1.3 de la Resolución 1725 de 2020, a su vez modificado por el numeral 14 del artículo 2 de la Resolución 1938 de 2021

EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere la Ley 489 de 1998 y el Decreto 1064 de 2020, y

CONSIDERANDO QUE:

De conformidad con el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, pueden mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias.

La norma citada señala que los ministros pueden delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la Ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor, vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política.

En dicho acto de delegación, que siempre será suscrito, se deberá determinar la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.

A través de la Resolución 1725 de 2020, modificada por la Resolución 1938 de 2021, se delegaron y asignaron unas funciones al interior del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Con el fin de optimizar los trámites a cargo de la Secretaría General, y sus respectivas dependencias, se considera necesario adicionar un numeral al artículo 1.13 “Delegaciones al Subdirector Financiero” de la Resolución 1725 de 2020 con el fin de delegar en el Subdirector Financiero, el otorgamiento de las comisiones a los empleados del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y autorizar los desplazamientos de los contratistas del Ministerio y del Fondo TIC, tanto al exterior como al interior del país cuando las necesidades del servicio lo requieran, con excepción de los que requiera para sí mismo y la autorización de los viáticos y/o gastos de manutención de conformidad con la normatividad vigente.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. ADICIÓN DEL NUMERAL 4 AL ARTÍCULO 1.13 DE LA RESOLUCIÓN 1725 DE 2020. Adicionar el numeral 4 al artículo 1.13 de la Resolución 1725 de 2020, el cual quedará así:

Artículo 1.13 Delegaciones al Subdirector Financiero. Se delegan al Subdirector Financiero las siguientes funciones:

1. Ordenar el pago de los gastos del Ministerio y el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, cuando el valor de estos no exceda de las seis (6) menores cuantías de que trata el literal b) del numeral 2° del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y las normas que lo modifiquen, subroguen o deroguen.

2. Suscribir los acuerdos de pago, cruces de cuentas y/o compensaciones en relación con el pago de cuotas partes pensionales cuando los mismos sean requeridos en etapa de cobro persuasivo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos.

3. Suscribir las comunicaciones que se requieran en curso del proceso de cobro persuasivo de cuotas partes pensionales, cuya administración fue designada al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como el oficio por el cual se remite a la Dirección Jurídica, para que se continúe con el trámite de cobro coactivo cuando a ello haya lugar.

4. Conferir las comisiones a los empleados del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y autorizar los desplazamientos de los contratistas del Ministerio y del Fondo TIC, tanto al exterior como al interior del país cuando las necesidades del servicio lo requieran, con excepción de los que requiera para sí mismo y autorizar los viáticos y/o gastos de manutención de conformidad con la normatividad vigente”.

ARTÍCULO 2. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de su expedición y adiciona el numeral 4 al artículo 1.13 de la Resolución 1725 de 2020; suprime el numeral 16 de artículo 1.3 de la Resolución 1725 de 2020, que a su vez fue modificado por el numeral 14 del artículo 2 de la Resolución 1938 de 2021.

ARTÍCULO 3. COMUNICACIÓN. Comunicar la presente Resolución al Subdirector Financiero, a través de la Subdirección para la Gestión del Talento Humano.

Dada en Bogotá D.C. a los catorce (14) días del mes de junio de 2023.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

MAURICIO LIZCANO ARANGO

Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

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