Buscar search
Índice developer_guide

RESOLUCIÓN 1991 DE 2022

(junio 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

“Por la cual se deroga el numeral 2 del artículo 1.1 de la Resolución 1725 de 2020 y se reasume una función”

LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere los artículos 211 de la Constitución Política, 12 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO QUE:

A través de la Resolución 1725 del 8 de septiembre de 2020, se delegaron y asignaron unas funciones al interior del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

El numeral 2 del artículo 1.1 de la Resolución 1725 de 2020, subrogado por la Resolución 2626 de 2021 y posteriormente por la Resolución 2984 de 2021 del 2 de noviembre de 2021, consagra la delegación al Viceministro de Conectividad para suscribir los actos de adjudicación, modificación, y demás actos administrativos derivados de aquellos, para uso del espectro radioeléctrico atribuido por la Agencia Nacional del Espectro para servicios móviles terrestres, en bandas identificadas para las Telecomunicaciones Móviles Internacionales -IMT.

De acuerdo con las disposiciones de los artículos 211 de la Constitución Política y 12 de la Ley 489 de 1998, el funcionario delegante puede, en cualquier tiempo, reasumir la competencia que delegó.

El artículo 12 de la Ley 489 de 1998 determinó que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, sin perjuicio de que en virtud de lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución Política, la autoridad delegante pueda en cualquier tiempo reasumir la competencia.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. Derogar el numeral 2 del artículo 1.1 de la Resolución 1725 de 2020, subrogado por la Resolución 2626 de 2021 y por la Resolución 2984 de 2021.

ARTÍCULO 2. Comunicar el contenido de la presente Resolución al viceministro de Conectividad, a través de la Subdirección para la Gestión del Talento Humano.

ARTÍCULO 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el numeral 2 del artículo 1.1 de la Resolución 1725 de 2020. En consecuencia, se reasumen las funciones que venían delegadas en los términos del artículo 12 de la ley 489 de 1998

Dada en Bogotá D.C. a los 07 DE JUNIO DE 2022

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

CARMEN LIGIA VALDERRAMA ROJAS

Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

×
Volver arriba