RESOLUCIÓN 1373 DE 2024
(abril 24)
Diario Oficial No. 52.739 de 26 de abril de 2024
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se ordena la emisión filatélica conmemoración de los 112 años de creación de la revista de la policía nacional de colombia.
EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, y
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1o del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales (…)”, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es la única entidad autorizada para emitir sellos postales con carácter oficial y que para tal efecto puede, entre otras acciones, realizar la promoción, venta y desarrollo comercial de la filatelia a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo, esto es, la sociedad Servicios Postales Nacionales S.A.S.
En el numeral 6 del artículo 20 del Decreto número 1064 de 2020, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”, se atribuye a la Subdirección de Asuntos Postales la función de “(…) y evaluar las solicitudes de estampillas (…), con el fin de recomendar su emisión al Ministro”.
Por medio de las comunicaciones radicadas bajo los números 241015028 del 28 de febrero de 2024 y el 241017887 del 8 de marzo de 2024, el señor Marco Alexander Millán Sánchez, en calidad de Jefe de Oficina de Comunicaciones Estratégicas (E) de la Policía Nacional de Colombia, solicitó a este Ministerio autorizar una emisión filatélica en el marco de las actividades de conmemoración de los 112 años de creación de la Revista de la Policía Nacional de Colombia, por considerarla una publicación de carácter científico, cultural e informativo, que ratifica la labor de la institución en la construcción de convivencia y seguridad ciudadana, a través de la cual se relatan crónicas de valor y vocación del servicio, así como también se muestra el trabajo abnegado y heroico de hombres y mujeres en favor de la institucionalidad del país.
Mediante oficio radicado el 26 de marzo de 2024, bajo el número 242028250, la Directora de Industria de Comunicaciones (E) de este Ministerio, expidió concepto favorable, y, en consecuencia, recomendó a este Despacho su aprobación, indicando que “(…) las emisiones filatélicas tienen como objetivo fomentar y contribuir a la cultura, el arte y la historia, así como reconocer y conmemorar aquellos acontecimientos que, por su naturaleza e importancia, revisten valor histórico, documental, técnico, cultural, social o político y considerando la importancia que tiene para el país contribuir a la institucionalidad y fomento de la historia y cultura, se recomienda la aprobación de una emisión filatélica que conmemore los 112 años de creación de la Revista de la Policía Nacional de Colombia, como reconocimiento a un medio de comunicación que a través de sus publicaciones contribuye al desarrollo intelectual, científica y cultural de la sociedad en general. (…)”.
Atendiendo las razones anteriormente expuestas, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones encuentra pertinente ordenar la emisión filatélica denominada “Conmemoración de los 112 años de creación de la Revista de la Policía Nacional de Colombia”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. APROBACIÓN EMISIÓN FILATÉLICA. Aprobar la emisión filatélica denominada “Conmemoración de los 112 años de creación de la Revista de la Policía Nacional de Colombia”.
ARTÍCULO 2o. ORDENAR LA PRODUCCIÓN DE ESTAMPILLA. Ordenar a la sociedad Servicios Postales Nacionales S.A.S., Operador Postal Oficial de Colombia, la producción de la estampilla de que trata el artículo primero de esta Resolución, así como de los productos filatélicos relacionados con la misma, dentro de la vigencia 2024, en la cantidad y valor facial que serán determinados de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.
ARTÍCULO 3o. CIRCULACIÓN DE ESTAMPILLA. Servicios Postales Nacionales S.A.S., pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla objeto de la emisión, la cual deberá estar disponible en la totalidad de los puntos de venta del Operador Postal Oficial, de manera que se garantice que todos los habitantes de nuestro país tengan acceso a ella.
ARTÍCULO 4o. COMUNICACIÓN. El Ministerio, a través de la Subdirección de Asuntos Postales, comunicará el presente acto administrativo al señor Marco Alexander Millán Sánchez, Jefe de Oficina de Comunicaciones Estratégicas (E) de la Policía Nacional de Colombia y al Jefe Nacional de Filatelia de Servicios Postales Nacionales S.A.S.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 24 de abril de 2024.
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Mauricio Lizcano Arango