RESOLUCIÓN 1371 DE 2024
(abril 24)
Diario Oficial No. 52.739 de 26 de abril de 2024
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se ordena la emisión filatélica Conmemoración de los 10 años de creación del Programa Antártico Colombiano (PAC).
EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, y
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1o del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales (…)”, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es la única entidad autorizada para emitir sellos postales con carácter oficial y que para tal efecto puede, entre otras acciones, realizar la promoción, venta y desarrollo comercial de la filatelia a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo, esto es, la sociedad Servicios Postales Nacionales S.A.S.
En el numeral 6 del artículo 20 del Decreto número 1064 de 2020, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se atribuye a la Subdirección de Asuntos Postales la función de “(…) y evaluar las solicitudes de estampillas (…), con el fin de recomendar su emisión al Ministro”.
Por medio de las comunicaciones radicadas bajo los números 231033732 del 3 de mayo de 2023 y 241012925 del 21 de febrero de 2024, el señor Juan Camilo Forero Hauzeur, en calidad de Secretario Ejecutivo de la Comisión Colombiana del Océano, solicitó a este Ministerio autorizar la emisión filatélica con ocasión a la conmemoración de los 10 años del Programa Antártico Colombiano (PAC), con el fin de reconocer el trabajo que se ha venido desarrollando desde el año 2014 a través de las Expediciones Científicas Colombianas, por tratarse de un proyecto de Estado que coordina la investigación científica y las actividades complementarias que realiza Colombia en la Antártica.
Mediante oficio radicado el 15 de marzo de 2024, bajo el número 242024696, la Directora de Industria de Comunicaciones de este Ministerio, expidió concepto favorable, y, en consecuencia, recomendó a este Despacho su aprobación, indicando que “(…) las emisiones filatélicas tienen como objetivo fomentar y contribuir a la cultura, el arte y la historia, así como reconocer y conmemorar aquellos acontecimientos que, por su naturaleza e importancia, revisten valor histórico, documental, técnico, cultural, social o político y considerando el valor que tiene para el país promover la cooperación internacional, la conservación ecosistémica, la investigación científica y la sostenibilidad del territorio, se recomienda que a través de una emisión filatélica se conmemoren los 10 años de creación del Programa Antártico Colombiano y se brinde reconocimiento a la misión y servicio de un programa de Estado que ha contribuido en la promoción del interés nacional y la presencia efectiva de Colombia en la Antártida, así como en el desarrollo sostenible de la población mundial (…)”.
Atendiendo las razones anteriormente expuestas, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones encuentra pertinente ordenar la emisión filatélica denominada “Conmemoración de los 10 años de creación del Programa Antártico Colombiano (PAC)”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. APROBACIÓN EMISIÓN FILATÉLICA. Aprobar la emisión filatélica denominada “Conmemoración de los 10 años de creación del Programa Antártico Colombiano (PAC)”.
ARTÍCULO 2o. ORDENAR LA PRODUCCIÓN DE ESTAMPILLA. Ordenar a la sociedad Servicios Postales Nacionales S.A.S., Operador Postal Oficial de Colombia, la producción de la estampilla de que trata el artículo primero de esta Resolución, así como de los productos filatélicos relacionados con la misma, dentro de la vigencia 2024, en la cantidad y valor facial que serán determinados de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.
ARTÍCULO 3o. CIRCULACIÓN DE ESTAMPILLA. Servicios Postales Nacionales S.A.S., pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla objeto de la emisión, la cual deberá estar disponible en la totalidad de los puntos de venta del Operador Postal Oficial, de manera que se garantice que todos los habitantes de nuestro país tengan acceso a ella.
ARTÍCULO 4o. COMUNICACIÓN. El Ministerio, a través de la Subdirección de Asuntos Postales, comunicará el presente acto administrativo al señor Juan Camilo Forero Hauzeur, Secretario Ejecutivo de la Comisión Colombiana del Océano y al Jefe Nacional de Filatelia de Servicios Postales Nacionales S.A.S.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 24 de abril de 2024.
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Mauricio Lizcano Arango.