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RESOLUCIÓN 1119 DE 2022

(abril 5)

Diario Oficial No. 52.004 de 11 de abril de 2022

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se ordena la emisión filatélica Conmemoración del Bicentenario de las Relaciones Diplomáticas entre Colombia y la República del Perú.

LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, “por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales(...)”, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es la única entidad autorizada para emitir sellos postales con carácter oficial y que para tal efecto puede, entre otras acciones, realizar la promoción, venta y desarrollo comercial de la filatelia a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo, esto es, la sociedad Servicios Postales Nacionales S. A.

En el numeral 6 del artículo 20 del Decreto 1064 de 2020, “por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”, se atribuye a la Subdirección de Asuntos Postales la función de “(...) y evaluar las solicitudes de estampillas (...), con el fin de recomendar su emisión al Ministro.”

El 9 de febrero de 2022, a través de la comunicación radicada bajo el número 221009844, la señora María Carmelina Londoño Lázaro, en su condición de Viceministra de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitó a este Ministerio autorizar, entre otras, una emisión filatélica con ocasión de la conmemoración del bicentenario de las relaciones diplomáticas establecidas entre Colombia y la República del Perú el 6 de julio de 1822, cuya celebración se llevará a cabo en el primer semestre de 2022.

Por medio del oficio con radicado 222012701 del 17 de febrero de 2022, la Jefe de la Oficina Internacional del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, manifestó estar de acuerdo con la solicitud de emisión filatélica presentada, señalando, entre otras, que tal emisión postal se constituye común mecanismo de reconocimiento y afirmación de nuestra identidad e historia como país autónomo e independiente.

Mediante oficio con radicado 222016165 del 25 de febrero de 2022, el Subdirector de Asuntos Postales de este Ministerio, expidió concepto favorable en relación con la solicitud de emisión filatélica presentada y, en consecuencia, recomendó a este Despacho su aprobación, por tratarse de una emisión que conmemora el establecimiento de las relaciones diplomáticas de nuestro país con la vecina República del Perú, las cuales han tenido relevancia en diferentes aspectos de nuestra historia y en el desarrollo económico y social de nuestra sociedad.

Atendiendo las razones anteriormente expuestas, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones encuentra procedente ordenar la emisión filatélica denominada “Conmemoración del Bicentenario de las Relaciones Diplomáticas entre Colombia y la República del Perú”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aprobar la emisión filatélica denominada “Conmemoración del Bicentenario de las Relaciones Diplomáticas entre Colombia y la República del Perú”.

ARTÍCULO 2o. Ordenar a la sociedad Servicios Postales Nacionales S. A., la producción de la estampilla de que trata el artículo primero de esta resolución, a partir de la vigencia de 2022, en la cantidad y valor facial que serán determinados de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.

ARTÍCULO 3o. Servicios Postales Nacionales S. A. pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla aprobada.

ARTÍCULO 4o. Comunicar el presente acto administrativo a la señora María Carmelina Londoño Lázaro, Viceministra de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores, y a la jefe nacional de Filatelia de Servicios Postales Nacionales S. A.

ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 5 de abril de 2022.

CARMEN LIGIA VALDERRAMA ROJAS.

La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

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