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2006
Corte Constitucional, s. t- 2 de 2006 - ¿vulneró cooperativa de trabajo asociado los derechos fundamentales de una de su asociada al terminar unilateralmente su convenio asociativo de trabajo invocando como causa para ello la terminación de la obra o labor contratada, conociendo además el estado de salud de la misma y sus contínuas incapacidades? convenio asociativo de trabajo - características - cuando se configura contrato de trabajo (contrato realidad). ¿aún existiendo otro medio de defensa, se está ante un perjuicio irremediable que de sustento a la tutela como mecanismo transitorio? reiteración de jurisprudencia. derecho al reintegro laboral. las personas que se encuentran en estado de debilidad manifiesta gozan de la estabilidad laboral reforzada. existencia de nexo causal entre el despido y la limitación que aqueja a la actora. continuidad en el contrato entre la empresa y la cooperativa de trabajo. ¿vulnera la eps - riesgos profesionales - los derechos de paciente al negarse a llevar a cabo examen de diagnóstico que ésta requiere con urgencia por no tener el reporte por parte del empleador del accidente de trabajo, teniendo conocimiento del estado de salud de la paciente y habiendo otorgado las licencias de incapacidad por el mismo hecho? el paciente no está llamado a soportar la carga de la controversia entre el empleador y la eps sobre el origen del accidente. concedida
Corte Constitucional, s. t- 21 de 2006 - Estabilidad laboral reforzada de la madre gestante. contrato realidad - elementos para su configuración. requisitos que se deben reunir para que opere la acción de tutela como mecanismo transitorio. elementos que llevan a inferir que el empleador debía conocer el estado de embarazo de la trabajadora, ante la falta de comunicación escrita. tutela contra particulares
Corte Constitucional, s. t- 63 de 2006 - Las relaciones que pueden surgir entre una cooperativa de trabajo asociado y sus asociados y el principio constitucional de la primacía de la realidad en las relaciones laborales. casos excepcionales a los que en las cooperativas de trabajo asociado sí es aplicable la legislación laboral vigente. aspectos del convenio de asociación suscrito entre la actora y la cooperativa que permiten concluir la existencia de relación laboral: no hace mención alguna al derecho a participar en los excedentes o asumir los riesgos; términos que dan a entender subordinación. demanda para proteger la estabilidad forzada de mujer embarazada
Corte Constitucional, s. t- 167 de 2006 - ¿se configura un defecto sustantivo en la sentencia que equipara el término funcionario, contenido en la causal de inhabilidad en cuestión, al de servidor público? de las normas constitucionales no se infiere que el constituyente haya asignado una definición al término funcionario o que dentro de la clasificación de los servidores públicos haya catalogado a aquel como una especie de este último género. negada
Corte Constitucional, s. t- 290 de 2006 - ¿es viable la acción de tutela para ordenar el reintegro del accionante a un cargo de docente, respecto del cual el municipio no encuentra constancias acerca de su vinculación laboral? la importancia del contrato realidad en las relaciones laborales. desconocimiento de cuantía de las acreencias laborales e inobservancia de perjuicio irremediable. la existencia del cargo es discutible. concedida
Corte Constitucional, s. t- 706 de 2006 - ¿vulnera un empleador los derechos al trabajo, a la vida, a la dignidad, al mínimo vital y a la protección especial a la maternidad, cuando no le permite a la accionante continuar laborando, a pesar de la accionada haber sido notificada de su estado de embarazo? principio de la primacía de la realidad sobre las formalidades en las relaciones laborales. protección constitucional a la maternidad. ausencia de buena fe, por estar inscrita en sisben y cotizar durante un tiempo en el régimen privado. artículo 82 del decreto 806 de 1998. negada
Corte Constitucional, s. t- 801 de 2006 - Bonos pensionales. ¿la falta de confirmación de la historia laboral y del salario base como sustento de la tardanza para expedir el bono pensional hacen dilatorio el reconocimiento y pago de pensión, vulnerando en consecuencia derechos fundamentales? la modificación a la forma de hacer el cálculo de los cupones principales y las cuotas partes de bonos. inexequibilidad de la norma que permitía establecer el salario base de liquidación para calcular el bono pensional de las personas que hubieren cotizado al iss o a alguna caja o fondo de previsión del sector público o privado. la norma declarada inexequible está vigente hasta la expedición de la sentencia. se debe tomar como ingreso base de liquidación el salario cotizado y no el devengado en esa misma fecha, en virtud del artículo 117 de la ley 100 de 1993 y en consecuencia de la del literal a) del artículo 5 del decreto 1229 de 1994. problemas administrativos en los trámites de pensión. concedida
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"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)

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