RESOLUCIÓN 3035 DE 2018
(octubre 26)
Diario Oficial No. 50.776 de 13 de noviembre de 2018
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se aprueba la emisión de la estampilla “Navidad 2018”.
LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009 y el artículo 16 del Decreto número 1414 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso 3 del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, indica que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es el encargado de fijar las políticas, directrices y lineamientos que reglamentan la prestación del servicio filatélico, así como el fomento de la cultura filatélica a través de los sellos y los productos filatélicos;
Que el numeral 8 del artículo 16 del Decreto número 1414 de 2017, preceptúa que es función de la Subdirección de Asuntos Postales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones definir e implementar procesos y procedimientos, para la emisión y custodia de estampillas, que deba emitir el Estado colombiano, bajo la prerrogativa de miembro de la Unión Postal Universal;
Que la emisión postal con el tema de navidad se ha emitido por varios años, en los primeros días de diciembre, con el propósito de tener la serie todos los años para la venta a coleccionistas interesados, además para su envío junto con las postales que hacen los colombianos;
Que por las razones anteriormente expuestas, y con fundamento en lo establecido en la Ley 1369 de 2009, es procedente aprobar la emisión postal denominada “Navidad 2018”;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobar la emisión de la estampilla denominada: “Navidad 2018"
ARTÍCULO 2o. Autorícese al Operador Postal Oficial Servicios Postales Nacionales S.A. 472, la producción de estampillas de que trata el artículo primero de esta resolución, en la anualidad 2018, cantidad y valor que será determinado de acuerdo con el valor facial de la estampilla y de las necesidades del servicio de correo.
ARTÍCULO 3o. El Operador Postal Oficial Servicios Postales Nacionales S. A. 472, pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla aprobada.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2018.
La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Sylvia Constaín.