RESOLUCION 2895 DE 2020
(diciembre 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se modifica el numeral 5 del artículo 1.3 y se adiciona el numeral 6 al artículo 1.10, de la Resolución 1725 de 2020
LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO QUE:
De conformidad con el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, pueden mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias.
El citado precepto señala así mismo que los ministros pueden delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la Ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política.
El Decreto 1068 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público", dispone en su artículo 2.8.4.4.5 que no se pueden suscribir contratos de prestación de servicios con el mismo objeto de otros que se encuentren vigentes en la misma entidad, salvo autorización expresa del Jefe de la respectiva Entidad. A propósito de esa autorización, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, mediante concepto C – 047 de 2020 señaló que esta función puede ser delegada de conformidad con el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, norma especial de delegación en materia de contratación estatal.
De otra parte, mediante el Decreto 3550 del 28 de octubre del 2004, el Gobierno nacional dispuso la supresión y liquidación del Instituto Nacional de Radio y Televisión - INRAVISIÓN.
A través de la suscripción del Acta de Liquidación del 27 de octubre de 2006, publicada en el Diario Oficial No 46.434, Inravisión en liquidación transfirió a la Nación - Ministerio de Comunicaciones, hoy Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la propiedad y la titularidad de la cartera de fondos especiales y la de servicios relacionada en el Anexo número 1 de la citada Acta, entre los que se encuentra la cartera de créditos de vivienda y de servicios del Instituto Nacional de Radio y Televisión - INRAVISION en liquidación.
Por las anteriores razones, se hace necesario complementar el numeral 5 del artículo 1.3 de la Resolución MinTIC 1725 de 2020, “Por la cual se delegan y asignan unas funciones al interior del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”, para delegar en el Secretario General la autorización a que se refiere el artículo 2.8.4.4.5 del Decreto 1068 de 2015. Así mismo, es necesario adicionar el numeral 6 al artículo 1.10 de esa misma resolución, para delegar en el Director Jurídico la función de firmar las escrituras públicas para las cancelaciones de las hipotecas constituidas a favor de Instituto Nacional de Radio y Televisión - INRAVISIÓN.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. MODIFICACIÓN DEL NUMERAL 5 DEL ARTÍCULO 1.3 DE LA RESOLUCIÓN 1725 DE 2020. Modificar el numeral 5 del artículo 1.3 de la Resolución 1725 de 2020, el cual quedará así:
5. Suscribir los contratos, convenios o acuerdos de entendimiento del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sin consideración a la naturaleza de los mismos ni a la cuantía, inclusive aquellos que no estipulen cuantía, así como sus adiciones, modificaciones y prórrogas. Esta delegación comprende la autorización a que se refiere el artículo 2.8.4.4.5 del Decreto 1068 de 2015.
ARTÍCULO 2. Adicionar el numeral 6 al artículo 1.10. de la Resolución 1725 de 2020, con el siguiente contenido:
“6. Suscribir las escrituras públicas para las cancelaciones de las hipotecas constituidas a favor de Instituto Nacional de Radio y Televisión - INRAVISIÓN.”
ARTÍCULO 3. La presente resolución será comunicada a través del Subdirector para la Gestión del Talento Humano del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
ARTÍCULO 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el numeral 5 del artículo 1.3 y adiciona el numeral 6 al artículo 1.10, de la Resolución 1725 de 2020.
Dada en Bogotá D.C. a los,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
KAREN ABUDINEN ABUCHAIBE
Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones