RESOLUCIÓN 2879 DE 2018
(octubre 8)
Diario Oficial No. 50.776 de 13 de noviembre de 2018
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se aprueba la emisión de la estampilla “América 2018 Animales Domésticos”.
LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009 y el artículo 16 del Decreto número 1414 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que Colombia, en su calidad de miembro de la Unión Postal de las Américas España y Portugal (UPAEP) desde el año 1838, ha emitido anualmente las series definidas por temas que se consideraron de interés filatélico y comercial para el sello postal “América”;
Que el inciso 3 del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, indica que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es el encargado de fijar las políticas, directrices y lineamientos que reglamentan la prestación del servicio filatélico, así como el fomento de la cultura filatélica a través de los sellos y los productos filatélicos;
Que el numeral 8 del artículo 16 del Decreto número 1414 de 2017, preceptúa que es función de la Subdirección de Asuntos Postales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones definir e implementar procesos y procedimientos, para la emisión y custodia de estampillas, que deba emitir el Estado colombiano, bajo la prerrogativa de miembro de la Unión Postal Universal;
Que el vigésimo segundo congreso de la UPAEP celebrado en Estambul, mediante Resolución número 26 de 2017, aprobó el tema “Animales Domésticos” para la emisión recomendada a sus países miembros de “América UPAEP 2018”;
Que por las razones anteriormente expuestas, es procedente la emisión de la estampilla denominada “América 2018 Animales Domésticos”;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobar la emisión de la estampilla denominada: “América 2018 Animales Domésticos”.
ARTÍCULO 2o. Autorícese al Operador Postal Oficial, Servicios Postales Nacionales S. A. 4-72 la producción de estampillas de que trata el artículo primero de esta resolución, en la anualidad 2018, cantidad y valor que será determinado de acuerdo con el valor facial de la estampilla y de las necesidades del servicio de correo.
ARTÍCULO 3o. El Operador Postal Oficial, Servicios Postales Nacionales S. A. 4-72 pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla aprobada.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 8 de octubre de 2018.
La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Sylvia Constaín Rengifo.