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RESOLUCIÓN 02842 DE 2023

(agosto 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se adiciona un numeral 4 al artículo 1.13 y un artículo 1.20 al Capítulo 1 de la Resolución 1725 de 2020.

EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren los artículos 209 de la Constitución Política, 9 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO QUE:

De conformidad con los artículos 209 de la Constitución Política y 9 de la Ley 489 de 1998, los ministros, entre otros funcionarios, pueden delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesores vinculados al organismo correspondiente.

El artículo 2.8.3.2.2 del Decreto 1068 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público", establece que: "El Consejo Superior de Política Fiscal -CONFIS, o quien éste delegue, previo concepto técnico-económico del Ministerio respectivo, podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras, cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso. Lo anterior, en concordancia con las disposiciones contenidas en los artículos 10 de la Ley 819 de 2003, 9 de la Ley 179 de 1994, y 1 de la Resolución 011 de 1997 expedida por el Consejo Superior de Política Fiscal - CONFIS.

Dado lo anterior, se hace necesario, de un lado, delegar en el Subdirector Financiero del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) las funciones de elaborar y firmar el concepto técnico-económico para autorizar, modificar o denegar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras de funcionamiento. Y, del otro, delegar en el jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales del MinTIC las funciones de elaborar y firmar el concepto técnico-económico para autorizar, modificar o denegar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras de inversión.

En consecuencia, se adicionará un numeral 4 al artículo 1.13, y un artículo 1.20 al Capítulo 1, de la Resolución MinTIC 1725 de 2020, "Por la cual se delegan y asignan unas funciones al interior del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones", para incluir las referidas delegaciones.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ADICIÓN DEL NUMERAL 4 AL ARTÍCULO 1.13 DE LA RESOLUCIÓN 1725 DE 2020. Adicionar el numeral 4 al artículo 1.13 de la Resolución 1725 de 2020 el cual quedará así:

"4. Elaborar y firmar el concepto técnico-económico para autorizar, modificar o denegar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras de funcionamiento solicitados al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones como cabeza del sector."

ARTÍCULO 2o. ADICIÓN DEL ARTÍCULO 1.20 AL CAPÍTULO 1 DE LA RESOLUCIÓN 1725 DE 2020. Adicionar un artículo 1.20 al Capítulo 1 de la Resolución 1725 de 2020, en los siguientes términos:

"ARTÍCULO 1.20. Delegaciones al jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales. Se delega al jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales las siguientes funciones:

1. Elaborar y firmar el concepto técnico-económico para autorizar, modificar o denegar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras de inversión solicitados al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones como cabeza del sector."

ARTÍCULO 3o. COMUNICACIÓN. Comunicar la presente Resolución al Subdirector Financiero y al jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales, a través de la Subdirección para la Gestión del Talento Humano.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su expedición y adiciona el numeral 4 al artículo 1.13, y el artículo 1.20 al Capítulo 1, de la Resolución 1725 del 2020.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los tres (03) días del mes de agosto de 2023.

MAURICIO LIZCANO ARANGO

Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

 

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Última actualización: 15 de octubre de 2026 - (Diario Oficial No. 53.651 - 7 de octubre de 2026)

 

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