RESOLUCION 2826 DE 2019
(octubre 24)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1725 de 2020>
Por la cual se delega una función al interior del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las establecidas en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones."
Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 preceptúa que “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que, los ministros pueden delegar en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor, la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la Ley 489 de 1998,
Que el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 señala que las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública podrán declarar el incumplimiento, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato, y hacer efectiva la cláusula penal.
Que de acuerdo con el procedimiento previsto en la Ley 1474 de 2011, en desarrollo de las audiencias de los procesos sancionatorios contractuales, el jefe de la entidad o su delegado, debe presentar las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciando las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación.
Que. para el buen funcionamiento del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y para el mejor desempeño de la gestión administrativa, es necesario delegar la función para adelantar
las actuaciones sancionatorias contractuales previstas en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, o las normas que lo modifiquen, subroguen o deroguen.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTICULO 1. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 1725 de 2020> Delegar a ADRIANA ETHEL VIVAS ROELES, Identificada con cédula de ciudadanía número 52.698.300, Asesor 1020-13 del Despacho del Viceministro de Conectividad y Digitalización del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la siguiente función:
“Presidir y sustanciar los procedimientos de imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento de los contratos, de que trata el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 o las normas que lo modifiquen, subroguen o deroguen, expedir el acto administrativo que de éste se derive y resolver el correspondiente recurso de reposición si a ello hubiere lugar. Esta delegación incluye la facultad para: a) suspender el procedimiento cuando, de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa; b) dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación de la situación de incumplimiento; c) declarar el incumplimiento de la obligación asegurada, y hacer efectiva la garantía o póliza constituida para el efecto por el respectivo obligado.”
PARÁGRAFO: La delegación de que trata el presente acto administrativo, incluye adelantar las actuaciones necesarias para la imposición de sanciones, declaratorias de caducidad e incumplimientos a los contratos de concesión de televisión, cuyo trámite se adelante de acuerdo con el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, o las normas que lo modifiquen, subroguen o deroguen.
ARTÍCULO 2. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 1725 de 2020> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el numeral 5 del artículo 1.10 de la Resolución 000539 del 19 de marzo de 2019 y el artículo 5 de la Resolución 001863 del 2 9 de julio de 2019, así como las demás disposiciones que le sean contrarias.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 24 OCT 2019
SYLVIA CONSTAÍN
Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones