RESOLUCION 1394 DE 2022
(abril 29)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se adoptan las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la vigencia 2022-2023
LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 208 de la Constitución Política y 60 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO QUE:
A través de la Circular Externa No. 5 del 27 de septiembre de 2019, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado -ANDJE-, expidió los lineamientos para la formulación, implementación y seguimiento de las políticas de prevención del daño antijurídico para las vigencias 2020-2021, y al respeto estableció que:
- Conforme el numeral 2.3. las entidades diligenciarán y presentarán a la ANDJE, las Políticas de Prevención de Daño Antijurídica en el aplicativo diseñado por dicha entidad, dentro de los meses de noviembre y diciembre de 2019 y a partir de allí cada dos años durante el mismo periodo.
- Una vez formulada la Política de Prevención del Daño Antijurídico, el numeral 3.1 indica que, las Entidades deben asegurar la implementación del plan de acción durante los dos años calendario siguientes a la formulación.
- El numeral 3.2. dispone que es deber de las entidades efectuar un seguimiento a los indicadores formulados en la Política de Prevención del Daño Antijurídico.
- El numeral 3.3, señala que a partir del año 2021 y a más tardar el 28 de febrero, las entidades deberán enviar a la ANDJE el informe anual de cumplimiento del plan de acción definido en la Política, el cual debe incluir los resultados de los indicadores de gestión, de impacto y de resultado.
En observancia de la citada Circular Externa No. 5 de 2019, corresponde al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –MinTIC– y Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -Fondo Único de TIC-, formular la Política de Prevención de Daño Antijurídico para la vigencia 2022- 2023.
Para efectos de la formulación de la Política de Daño Antijurídico del MinTIC y del Fondo Único de TIC, se tomó como insumo el reporte de litigiosidad de la plataforma Ekogui que fue remitido por la ANDJE y, en el cual se identificaron las causas generadoras del daño antijurídico al interior de las Entidades y se prosiguió con la construcción y formulación de las Políticas en el aplicativo Excel diseñado por la ANDJE.
El 11 de octubre de 2021, desde la Dirección Jurídica del MinTIC se remitió a la Dirección de Políticas y Estrategias de la ANDJE, correo electrónico con las Políticas construidas en el aplicativo, para su revisión y aprobación metodológica.
Mediante los radicados internos No. 211105580 y 211105573 ambos del 29 de diciembre de 2021, la ANDJE comunicó al MinTIC a través de los oficios 20213000088701-DPE y 20213000088691- DPE del 28 de octubre de 2021, que las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del MinTIC y Fondo Único de TIC, respectivamente, cumplen con los lineamientos correspondientes y, en consecuencia, fueron aprobadas metodológicamente.
En virtud de la aprobación metodológica dada por la ANDJE, el Comité de Conciliación y Defensa Judicial, en sesión del 13 de diciembre de 2021, en uso de las funciones que le atribuye el numeral 1 del artículo 6 de la Resolución 2110 de 2018, “Por la cual se actualiza el Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Ministerio Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (...)", aprobó las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del MinTIC y del Fondo Único de TIC para la vigencia 2022- 2023, según consta en acta No. 33 de la misma fecha.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Adoptar las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la vigencia 2022 y 2023, las cuales están contenidas en el aplicativo Excel diseñado por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y pueden ser consultadas en la página web de la Entidad.
ARTICULO 2. El secretario técnico del Comité de Conciliación y Defensa Judicial del MinTIC y el Fondo Único de TIC, elaborará los informes del cumplimiento sobre la implementación realizada en las vigencias 2022 -2023 y los remitirá a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, según la periodicidad que señala la Circular 05 del 27 de septiembre de 2019.
ARTÍCULO 3. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Dada en Bogotá D.C. 29 ABR 2022
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
CARMEN LIGIA VALDERRAMA ROJAS
Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones