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RESOLUCION 1199 DE 2019

(septiembre 19)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se modifican las Resoluciones ANTV No. 1034, 1035, 1036, 1037, 1038, 1039, 1041, 1042, 1043, 1044, 1045, 1046, 1047, 1048, 1050, 1051 y 1052 del 24 de julio de 2019, se corrige un error simplemente formal de la Resolución ANTV No 1034 del 24 de julio de 2019 y se aceptan dos desistimientos a las Resoluciones ANTV No. 1040 y 1049 del 24 de julio de 2019

LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en especial de las que le confieren los artículos 18, 34 y 35 de la Ley 1341 de 2009, modificada por la Ley 1978 de 2019, y 5, numeral 14, del Decreto 1414 de 2017, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 39 de la Ley 1978 de 2019 establece que, a partir de su vigencia, se suprime y se liquida la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV), disponiendo que, para todos los efectos, utilizará la denominación de “Autoridad Nacional de Televisión en liquidación”, por lo cual no podrá iniciar nuevas actividades en desarrollo de su objeto social.

Que el artículo 34 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 21 de la Ley 1978 de 2019, dispone que los derechos, el patrimonio y los recursos de FonTIC y de FonTV harán parte del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a partir de la entrada en vigencia de la misma ley, lo cual Incluye la cesión de la posición contractual administrativa y judicial de FonTIC y de FonTV.

Que el artículo 35 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 22 de la Ley 1978 de 2019, dispone entre las funciones del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Financiar planes, programas y proyectos para promover el desarrollo de contenidos multiplataforma de interés público que promuevan la preservación de la cultura e identidad nacional y regional, Incluyendo la radiodifusión sonora y la televisión; así como financiar, fomentar, apoyar y estimular los planes, programas y proyectos para la programación educativa y cultural a cargo del Estado y el apoyo a los contenidos de televisión de Interés público desarrollado por operadores sin ánimo de lucro.

Que mediante Resolución No. 294 del 1 de abril de 2019 la Autoridad Nacional de Televisión, hoy en liquidación, ordenó la apertura de la Convocatoria de Fomento a la Industria 2019, que tiene por objeto el “fomento y financiación para la producción de contenidos audiovisuales para televisión 2019”, hasta por la suma de CUATRO MIL CUATROCIENTOS MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL PESOS M/CTE ($4.400.407.000)

Que mediante Resolución ANTV No. 966 del 23 de julio de 2019, se establecen los diecinueve (19) ganadores de la Convocatoria de Fomento a la Industria 2019, y posteriormente se ordena el pago del estímulo por medio de las siguientes Resoluciones, todas expedidas el 24 de julio de 2019, con los siguientes montos:

ResoluciónBeneficiarioObjetoMonto asignado
1034/19 del 24/7/2019Dieciséis 9Films SASFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "El ciego de oro"$273.200.000
1035/19 del 24/7/2019Fundación Patrimonio FílmicoFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "Días de noticia: Así se han hecho los telenoticieros en Colombia"$134.500.000
1036/19 del 24/7/2019Practicamente SASFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "República de Comedia"$111.900.000
1037/19 del 24/7/2019Orea Comm Cine y TV SASFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "El juicio del Conde"$409.185.000
1038/19 del 24/7/2019Echando Globos SASFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "Paseadora de (perros) sabuesos"$409.799.250
1039/19 del 24/7/2019La Bonga Producciones SASFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "No hay tumbas para tanta gente"$309.960.000
1040/19 del 24/7/2019La Buena Estrella SASFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "Bitcoin"$409.681.062
1041/19 del 24/7/2019Fundación Comunidades del Pacífico Colombia FUNCOPACOLFinanciación para la producción total o parcial de la serie “Saturio, el último fusilado"$204.500.000
1042/19 del 24/7/2019Asociación de Copropietarios Antena Parabólica de Sopó SAS - APSFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie “Tinta y brújula"$133.500.000
1043/19 del 24/7/2019Fundación Magdalena Medios de ComunicaciónFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "16 de mayo"$135.000.000
1044/19 del 24/7/2019Corporación Colectivo de Comunicaciones Viento en PopaFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "Gente de montaña"$131.019.000
1045/19 del 24/7/2019Sociedad Sinercia Producciones SASFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "Musas"$135.000.000
1046/19 del 24/7/2019Cabeza Rodante Producciones SASFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "Bicentenarias: Mujeres que cambiaron la historia"$134.953.250
1047/19 del 24/7/2019Cabildo Indígena Pastas AldanaProducción documental “Kuas pue, semilla del agua”$45.000.000
1048/19 del 24/7/2019Cabildo del Resguardo Indígena de ColimbaProducción documental “Chaupi, nacer pasto"$45.000.000
1049/19 del 24/7/2019Universidad Nacional de ColombiaFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "Un edificio cuenta"$273.075.000
1050/19 del 24/7/2019CNC Agencia SASFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "Sofi, sin likes, no podrá salvar la biodiversidad del Eje"$289.150.000
1051/19 del 24/7/2019Hiper Next Media SASFinanciación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serle "La Sagrada"$400.000.000
1052/19 del 24/7/2019Cabecita Negra Producciones Ltda.Financiación. total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie "Laika en las estrellas"$409.790.320

Que el artículo 7 de las diecinueve (19) Resoluciones antes citadas, por medio de las cuales se ordena el pago del estímulo a las propuestas ganadoras, establece que el plazo de ejecución será de “cuatro (4) meses, sin superar el 10 de diciembre de 2019, contado desde la fecha de aprobación de la póliza de cumplimiento”.

Que, dado el proceso de traslado de funciones con ocasión de la liquidación de la ANTV, a la fecha no se han aprobado las pólizas de las citadas resoluciones, y no se ha podido realizar el primer desembolso, recursos con los cuales se comienza el rodaje y la producción audiovisual.

Por lo anterior, los siguientes ganadores: SINERCIA PRODUCCIONES, con radicado E201920021814 del 31 de julio de 2019, UNIVERSIDAD NACIONAL, con radicado E2019100000292 del 21 de agosto de 2019 y 7 ganadores en un solo memorando con radicado 191042490 del 10 de septiembre de 2019, solicitaron ampliar el plazo de entrega al tiempo máximo posible de acuerdo con la normatividad vigente, razón por la cual se amplía el plazo para todos los oferentes por igualdad de condiciones.

Que de conformidad con el parágrafo segundo del artículo 4 de las resoluciones ANTV No. 1040 y 1049, los beneficiarios pueden desistir del estímulo mediante comunicación dirigida al responsable del seguimiento y reintegrar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes los recursos recibidos.

Que mediante radicados No. 191042786 y 191043120 del 4 y 5 de septiembre de 2019, respectivamente, el representante legal de La Buena Estrella S.A.S. y el Director de la Unidad de Medios de Comunicación de la Universidad Nacional, manifestaron que desisten del estímulo otorgado por medio de las resoluciones ANTV No. 1040 y 1049 del 24 de julio de 2019. Al respecto, es procedente la aceptación del desistimiento, advirtiendo que a la fecha los beneficiarios no han recibido recursos en virtud de la convocatoria, por tanto, no hay sumas a reintegrar.

Que el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo permite a las autoridades administrativas corregir en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, con la salvedad de que la corrección no puede modificar el sentido material de la decisión.

Que la Resolución ANTV No, 1034 del 24 de julio de 2019 en su artículo 1 dispone “Ordenar el pago a la sociedad Dieciséis 9films S.A.S identificada con el Nit. No. 900.141.068-1, para la financiación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie denominada “El ciego de oro”, hasta

por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($273.200.000), para la realización de seis (6) capítulos de 24 minutos cada uno en full HD, conforme la propuesta creativa presentada a la ANTV en desarrollo de la Convocatoria de Fomento a la Industria 2019.” No obstante, verificada la respectiva propuesta que hace parte del expediente administrativo de la convocatoria, se encuentra que la misma corresponde a cuatro (4) capítulos, lo que evidencia un error de transcripción, simplemente formal en la citada Resolución, que deberá corregirse de oficio en aplicación de los principios de eficacia y eficiencia que rigen las actuaciones administrativas.

Que, por lo expuesto, y para permitir una adecuada ejecución de la Convocatoria de Fomento a la Industria 2019, se hace necesario modificar el plazo de ejecución de las resoluciones que asignan el estímulo a los ganadores de esta convocatoria, aceptar el desistimiento de dos ganadores y corregir un error simplemente formal en la cantidad de capítulos que se deben realizar por parte de la Sociedad Dieciséis 9films S.A.S

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. MODIFICAR, en cada caso, el artículo séptimo de las resoluciones ANTV No. 1034, 1035, 1036, 1037, 1038, 1039, 1041, 1042, 1043, 1044, 1045, 1046, 1047, 1048, 1050, 1051 y 1052 del 24 de julio de 2019, el cual quedará así:

“ARTÍCULO 7. PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo para la entrega de los productos audiovisuales y los demás documentos e informes finales que se precisan en el presente acto administrativo será hasta el 31 de diciembre de 2019”.

ARTÍCULO 2. ACEPTAR el desistimiento del estímulo por valor de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($273.075.000), otorgado a la Universidad Nacional de Colombia, por medio de la Resolución ANTV No. 1049 del 24 de julio de 2019.

ARTÍCULO 3. ACEPTAR el desistimiento del estímulo por valor de CUATROCIENTOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SESENTA Y DOS PESOS ($409.681.062), otorgado a La Buena Estrella S.A.S por medio de la Resolución ANTV No. 1040 del 24 de julio de 2019.

ARTÍCULO 4. CORREGIR el artículo primero de la Resolución ANTV No. 1034 del 24 de julio de 2019, el cual quedará así:

"ARTÍCULO 1. Ordenar el pago a la sociedad Dieciséis 9films S.A.S identificada con el Nit. No. 900.141.068-1, para la financiación total o parcial de las etapas de producción y postproducción de la serie denominada “El ciego de oro”, hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($273.200.000), para la realización de cuatro (4) capítulos de 24 minutos cada uno en full HD, conforme la propuesta creativa presentada a la ANTV en desarrollo de la Convocatoria de Fomento a la Industria 2019.”

ARTÍCULO 5. NOTIFICAR el contenido de la presente Resolución a cada uno de los destinatarios de las resoluciones a que se refieren los artículos 1 al 4 del presente acto.

ARTÍCULO 6. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra la misma no proceden recursos.

Dada en Bogotá D.C. a los 19 SEP 2019

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

SYLVIA CONSTAÍN

Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

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