CIRCULAR 10 DE 2022
(marzo 17)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES
PARA: | Empleados Públicos MINTIC |
ASUNTO: | Beneficios Tributarios 2022 |
De conformidad con lo establecido en los artículos 387 y 388 del Estatuto Tributario Nacional(1), la Secretaría General a través de la Subdirección para la Gestión del Talento Humano solicita a los empleados públicos vinculados a la Entidad que, informen oportunamente, bajo la gravedad de juramento, cuál/es beneficio/s tributarios le son aplicables con el fin de disminuir la base del cálculo de retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta por concepto de rentas de trabajo.
Para tal efecto es necesario que, antes del 31 de marzo de 2022, el interesado envíe al correo electrónico
nominatic@mintic.gov.co,el formato de clasificación tributaria(2) para personas naturales pertenecientes a la planta de personal, código GTH-TIC-FM-028 debidamente diligenciado junto con los soportes que sustenten la deducción.
Finalmente es del caso señalar que, las deducciones solicitadas se aplicarán a partir de la nómina correspondiente al mes de abril de 2022.
Cordialmente,
MARÍA PIERINA GONZÁLEZ FALLA
Secretaria General
1. “Deducciones que se restarán de la base de retención”
2. El cual debe ser descargado en el aplicativo Isolucion.
<Para consultar el anexo de este documento dirigirse al siguiente link: http://168.61.69.177/documentospdf/PDF/Anexo_C_MTIC_0010_2022_Clasificacion_Tributaria_Personas_Naturales_Planta_MinTIC.xlsx>