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CIRCULAR 03 DE 2023

(enero 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

PARA:Viceministros, directores, subdirectores, jefes de oficina, coordinadores y supervisores
ASUNTO:Cuantías para la contratación vigencia 2023 ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones / fondo único de tecnologías de la información y las comunicaciones
FECHA: 12 de enero de 2023

En cumplimiento a las funciones establecidas en el numeral 3 del artículo 1.3 de la Resolución n.° 1725 del 8 de septiembre de 2020 modificada por la Resolución n.° 1938 de 4 de agosto de 2021, subrogada y adicionada por la Resolución n.° 2984 del 2 de noviembre de 2021 y teniendo en cuenta el presupuesto asignado al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y al Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la vigencia fiscal 2023, a continuación, se establecen las cuantías que deberán tenerse en cuenta para los procesos de contratación que se adelanten en dicha anualidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 2o de la Ley 1150 de 2007.

De acuerdo con la información suministrada por la Subdirección Financiera, el valor total asignado de las apropiaciones para cada entidad es el siguiente:

FONDO ÚNICO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES


AÑO FISCAL
VALOR TOTAL APROPIACIÓNEN SMLMV


2023$ 2.092.628.646.0341.803.990.21
CUANTÍASREQUERIMIENTO LEGALVALOR
MENOR CUANTÍAPara las entidades que tengan un presupuesto anual superior o igual a 1.200.000 salarios mínimos legalesmensuales, la menor cuantía será hasta 1.000 salarios mínimos legales mensuales.Hasta $1.160.000.000
MÍNIMA CUANTÍALa contratación cuyo valor no excede del 10 por ciento de la menor cuantía de la entidad independientemente de su objeto.Hasta $116.000.000

MIINISTERIO DE TECNOLOGIAS DE LA INFORM COMUNICACIONESACION Y LAS

AÑO FISCALVALOR TOTAL APROPIACIÓNEN SMLMV
2023$ 115.020.422.58999.155,54
CUANTÍASREQUERIMIENTO LEGALVALOR
MENOR CUANTÍALas entidades que tengan un presupuesto anual inferior a 120.000 salarios mínimo legales mensuales, la menor cuantía será hasta 280 salarios mínimos legales mensuales.Hasta $324.800.000

MÍNIMA CUANTÍA
La contratación cuyo valor no excede del 10 por ciento de la menor cuantía de la entidad independientemente de su objeto.Hasta $32.480.000

Atentamente,

LUZ AÍDA BARRETO

Secretaria General

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