CIRCULAR 170 DE 2026
(febrero 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES
| De: | Sesión de comisión de contenidos audiovisuales -CRC |
| Para: | Operadores del servicio de televisión abierta |
| Referencia: | Disposiciones adoptadas por el Consejo Nacional Electoral mediante Resolución No. 1035 del 11 de febrero de 2026 |
La Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), en ejercicio de las funciones y facultades establecidas en la Ley 1341 de 2009[1], modificada por la Ley 1978 de 2019, se permite informar a los operadores del servicio de televisión abierta, las disposiciones que ha adoptado el Consejo Nacional Electoral (CNE) en materia de asignación de los espacios institucionales para partidos y movimientos políticos, organizaciones sociales y grupos significativos de ciudadanos y las agrupaciones sociales, mediante la Resolución CNE 1035 del 11 de febrero de 2026 por la cual «se asigna el número y duración de los espacios para propaganda electoral gratuita a los partidos o movimientos políticos, organizaciones sociales y grupos significativos de ciudadanos y las agrupaciones sociales que hayan inscrito listas de candidatos al Congreso de la República en el servicio de televisión del Estado para el Periodo comprendido entre el 14 de febrero de 2026 y el 6 de marzo de 2026, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización.»
De conformidad con lo anterior, la CRC señala que ha publicado en la página web de la Entidad www.crcom.qov.co el texto de la citada resolución para conocimiento de los operadores del servicio de televisión abierta.
La presente Circular fue aprobada por la Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la CRC según consta en Acta No 184 del 17 de febrero de 2026.
Cordial saludo,
ANDREA MUÑOZ GÓMEZ
Comisionada
MAURICIO VERA SÁNCHEZ
Comisionado
1. Específicamente de aquellas establecidas en los numerales 25 y 28 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009.