CIRCULAR 168 DE 2026
(febrero 11)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES
| Para: | Operadores del servicio de televisión abierta |
| De: | Sesión de comisión de contenidos audiovisuales -CRC |
| Referencia: | Cumplimiento de accesibilidad de los espacios públicos de información sobre el proceso electoral de 2026, a la Población con Discapacitad Auditiva. |
La Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), en ejercicio de las funciones y facultades establecidas en la Ley 1341 de 2009, modificada por la Ley 1978 de 2019, se permite recordar a los operadores del servicio de televisión abierta, la aplicación de las disposiciones establecidas en las Resoluciones 1711 y 4123 de 2019 adoptadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE), mediante las cuales “se regula el cumplimiento de las disposiciones legales sobre población con discapacidad auditiva, y se ordena que toda publicidad, pedagogía y divulgación de las ideas políticas a través de los medios de comunicación y, especialmente, los canales de televisión abierta públicos y privados, deberán propiciar el acceso a la información electoral, dotándolo de adaptaciones precisas, específicamente en lengua de señas colombiana, en adelante, LSC, para la participación en los contextos políticos del país a la población sorda.”
En ese sentido, la CRC, en el ejercicio de sus competencias regulatorias en contenidos audiovisuales, recuerda lo dispuesto en la Resolución 7276 de 2023[1], incorporada en la Resolución CRC 5050 de 2016, relativa a la implementación de sistemas de acceso como la Lengua de Señas Colombiana (LSC), el closed caption (CC) o la subtitulación, especialmente en programas de contenido informativo diario y de interés público. Durante el periodo electoral los debates entre candidaturas presidenciales –en particular aquellos que se transmitan a través de los operadores de televisión abierta- constituyen una oportunidad idónea para cumplir con dicha obligación regulatoria y promover la inclusión informativa de la población con discapacidad auditiva.
Por ello, y en el marco del próximo periodo electoral, la CRC invita a los operadores de televisión abierta a fortalecer las condiciones de accesibilidad a la información para la población con discapacidad auditiva, dado que estos espacios son una oportunidad relevante para avanzar en el cumplimiento de las medidas de inclusión comunicativa establecidas en la regulación vigente y se constituyen en un aporte a la construcción de una democracia participativa e incluyente para las personas sordas e hipoacúsicas.
La CRC agradece el compromiso de los operadores con la accesibilidad y reitera su disposición para brindar acompañamiento técnico en esta materia[2]. De conformidad con lo anterior, la CRC señala que ha publicado en la página web de la Entidad www.crcom.gov.co el texto de las citadas resoluciones del CNE para conocimiento de los operadores del servicio de televisión abierta.
La presente Circular fue aprobada por la Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la CRC según consta en Acta No. 182 del 10 de febrero de 2026.
Atentamente,
Comisionados, Sesión de Contenidos Audiovisuales, CRC.
ANDREA MUÑOZ GÓMEZ
Comisionada
MAURICIO VERA SÁNCHEZ
Comisionado
SADI CONTRERAS FUSET
Comisionado
1. El régimen aplicable a los sistemas de acceso para personas con discapacidad auditiva en el servicio público de televisión se encuentra contenido en la Resolución CRC 5050 de 2016, Título XV, Sección III, Capítulo II, modificada por la Resolución CRC 7276 de 2023. Esta última actualiza y precisa obligaciones como la priorización horaria y condiciones para la implementación de la Lengua de Señas Colombiana (LSC), que deben interpretarse de forma integral con el marco original.
2. Para apoyar la implementación de estas medidas, la CRC pone a disposición su Caía de Herramientas Pedagógica, disponible en el micrositio de Pedagogía Regulatoria, la cual contiene orientaciones prácticas, guías y referencias útiles. Así mismo, invita a participar de los espacios de formación, sensibilización y comunicación dirigidos a los equipos técnicos y editoriales de los canales en el marco de la estrategia de Pedagogía Regulatoria y Consumo Crítico.