Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción. Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas.

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 2658 DE 2019

(octubre 4)

Diario Oficial No. 51.101 de 9 de octubre 2019

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por medio de la cual se aprueba la Emisión Filatélica “Conmemoración de los 100 años de fundación del Club de Abogados”.

LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere la Ley 1369 de 2009, el Decreto número 1414 de 2017, y demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el inciso 3 del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es el encargado de fijar las políticas, directrices y lineamientos que reglamentan la prestación del servicio filatélico, así como el fomento de la cultura filatélica a través de los sellos y los productos filatélicos.

Que mediante la Circular Informativa número 01 del 14 de marzo de 2011, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones estableció los criterios de aprobación para la emisión de estampillas y marcas postales.

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 7 del artículo 16 del Decreto número 1414 de 2017, es función de la Subdirección de Asuntos Postales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entre otras, recomendar la emisión de estampillas al despacho del Ministro.

Que de acuerdo con el numeral 8 del artículo 16 del Decreto número 1414 de 2017, es función de la Subdirección de Asuntos Postales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entre otras, definir e implementar procesos y procedimientos, para la emisión y custodia de estampillas, que deba emitir el Estado colombiano, bajo la prerrogativa como miembro de la Unión Postal Universal.

I. ANTECEDENTES DE LA SOLICITUD

El 15 de mayo de 2019 a través de la comunicación radicada bajo el número 191023823, el presidente del Club de Abogados, solicitó a este Ministerio la emisión filatélica que busca conmemorar los 100 años de fundación del mencionado Club.

En la citada comunicación se indicó que, el Club de Abogados fue fundado por el presidente Miguel Abadía Méndez el 2 de diciembre de 1919, es decir, hace 100 años, el cual ha sido el trasegar de los más destacados juristas del país, presidentes de la república, magistrados de las altas cortes, entre otros; autores de leyes, protagonistas de la historia, la política y la justicia de nuestro país. Además de haber publicado la enciclopedia jurídica en su vigésima sexta edición y más de 50 libros con los cuales se enriquece la cultura jurídica de Colombia.

Mediante comunicación con registro número 192050034, la señora Ministra de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, informó al peticionario que su solicitud sería atendida favorablemente.

II. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Frente a la solicitud de emisión de estampilla presentada por el presidente del Club de Abogados, el Subdirector de Asuntos Postales emitió concepto favorable toda vez que cumple con lo señalado en la Circular Informativa número 01 del 14 de marzo de 2011 y recomendó su aprobación en los siguientes términos:

“(…) De manera atenta y previa revisión de la comunicación citada en la referencia, en la que se solicita la emisión filatélica que busca conmemorar los 100 años de fundación del Club de Abogados, se procede a emitir concepto favorable, toda vez que se ajusta a los criterios de aprobación establecidos en la Circular Informativa número 01 del 14 de marzo de 2011 expedida por la Subdirección de Asuntos Postales de este Ministerio.

Lo anterior, teniendo en cuenta que cuando se trata de emisiones que buscan reconocer el trabajo y los aportes de una institución, estas se autorizan para ciclos de 50 años, es decir, para el cincuentenario, el centenario, sesquicentenario, bicentenario, etc. Adicionalmente, por tratarse de una emisión que conmemora una institución con importantes aportes a las humanidades y la política, que ha fomentado la información, el conocimiento y la educación de la sociedad en general (…)”.

Que el Club de Abogados fue fundado en el año 1919 con el ánimo de ofrecer un espacio de integración para los abogados y desarrollar su labor en pro de la Academia y el fomento de la cultura jurídica, razón por la cual merece ser reconocida por sus valiosos aportes al campo jurídico y político del país y su contribución al bienestar y conocimiento de la sociedad en general.

De acuerdo con lo anterior, se encuentra que la solicitud de emisión de la estampilla se ajusta y cumple con los presupuestos de legalidad y pertinencia, que conforme a lo previsto en el artículo 209 de la Constitución Política y el artículo 3o de la Ley 1437 de 2011 que rigen la función y las actuaciones administrativas, por tal razón el Ministerio de TIC atenderá favorablemente tal requerimiento, en procura de la efectividad de la actuación administrativa.

Por las razones anteriormente expuestas, es procedente la aprobación de la emisión filatélica denominada “Conmemoración de los 100 años de fundación del Club de Abogados”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aprobar la emisión filatélica denominada “Conmemoración de los 100 años de fundación del Club de Abogados”.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. Autorícese al Operador Postal Oficial Servicios Postales Nacionales S. A. 4-72 la producción de estampillas de que trata el artículo primero de esta resolución, en la vigencia del 2019, cantidad y valor facial que será determinado de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. El Operador Postal Oficial Servicios Postales Nacionales S.A. 4-72, pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla aprobada.

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C. a 4 de octubre de 2019.

La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

Sylvia Constaín.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.