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CIRCULAR 1 DE 2011

(abril 12)

Diario Oficial No. 48.042 de 14 de abril de 2011

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Para: Proveedores del Servicio de Radiodifusión Sonora
De: Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Asunto: Resolución número 0022 del 10 de febrero 2011 - Consejo Nacional Electoral
Fecha: 12 de abril de 2011

El Consejo Nacional Electoral expidió la Resolución número 0022 del 10 de febrero de 2011, por la cual se señala el número de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones para gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales, que se llevarán a cabo el día 30 de octubre del año 2011, la cual se anexa a la presente.

De conformidad con lo estipulado en la Ley 1341 de 2009 y la Resolución 415 de 2010 expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se recuerda a los Proveedores del servicio de radiodifusión sonora comercial la necesidad de dar cumplimiento a la Resolución número 0022 del 10 de febrero de 2011, expedida por el Consejo Nacional Electoral.

De igual manera y con fundamento en la ley y resolución citada se recuerda que los proveedores del servicio de radiodifusión sonora Comunitaria y de Interés Público no son destinatarios de la norma expedida por el Consejo Nacional Electoral, y por consiguiente no están facultados para emitir ningún tipo de propaganda electoral.

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones estará atento a verificar el cumplimiento de esta Circular.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

DIEGO MOLANO VEGA

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ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

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