Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción. Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas.

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 2637 DE 2015

(octubre 30)

Diario Oficial No. 49.699 de 17 de noviembre de 2015

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se conforma el Subcomité Sectorial de Defensa Jurídica del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Resumen de Notas de Vigencia

EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 489 de 1998, la Ley 1341 de 2009 y el Decreto número 2618 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que con base en el artículo 6o de la Ley 489 de 1998, en virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales.

En consecuencia, prestarán su colaboración a las demás entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendrán de impedir o estorbar su cumplimiento por los órganos, dependencias, organismos y entidades titulares.

Que el Decreto número 2618 de 2012, por el cual se modificó la estructura organizacional del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, establece en el inciso segundo del artículo 39, que el Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones podrá crear comités permanentes o transitorios especiales para estudio, análisis y asesoría en los temas que considere pertinentes.

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública y la Agencia Nacional de la Defensa Jurídica del Estado, expidieron la Circular 01 de agosto 24 de 2015, conminando a los Ministros a crear los Subcomités Sectoriales de Defensa Jurídica del Estado, los cuales harán parte de los Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo.

Que mediante Resolución número 001096 de 7 de mayo de 2013, se conformó el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, al cual se le incorporará el Subcomité Sectorial de Defensa Jurídica del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, conforme lo dispuesto en la Circular número 01 de agosto 24 de 2015.

Que con el fin de mejorar la coordinación interinstitucional en la defensa jurídica del Estado; corresponde al Ministerio conformar el Subcomité Sectorial de Defensa Jurídica del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el objeto de permitir que las entidades públicas que lo integran, puedan identificar las problemáticas comunes, de fondo y de forma, en la gestión del ciclo de defensa jurídica del Estado, estudiarlas y abordarlas en forma agregada a nivel sectorial generar economías de escala, transferencias de conocimiento de unas entidades a otras y principalmente, lograr una mejor articulación de la defensa jurídica de Estado.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. SUBCOMITÉ SECTORIAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL SECTOR DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES. Créase el Subcomité Sectorial de Defensa Jurídica del sector de tecnologías de la información y las comunicaciones como un espacio de creación y socialización del conocimiento, coordinación, análisis y evaluación transversal de los asuntos de defensa jurídica de especial impacto o relevancia para el sector, el cual hará parte del Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, creado mediante Resolución número 001096 de 7 de mayo de 2013.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. FUNCIONES DEL SUBCOMITÉ SECTORIAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL SECTOR DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES. El Subcomité Sectorial de Defensa Jurídica del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ejercerá las siguientes funciones:

1. Determinar las políticas y lineamentos para la adecuada gestión del Ciclo de Defensa Jurídica, aplicables a todas las entidades y organismo que integran el Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en materias de: Prevención del daño antijurídico, estrategias prejudiciales y de defensa judicial, cumplimiento de sentencias y conciliaciones y recuperación de dineros públicos como consecuencia de fallos condenatorios contra el Estado.

2. Estudiar, coordinar y determinar estrategias de defensa jurídica sectorial y lineamentos para el uso de mecanismos alternativos de solución de conflictos y fomentar su uso.

3. Coordinar la defensa jurídica de la Nación cuando varias entidades del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones sean demandadas, tengan intereses, o de las que se requieran insumos para la sustentación de la defensa en un mismo proceso y determinar, según la naturaleza del derecho debatido y/o la situación jurídica planteada, la entidad que liderará la estrategia de representación judicial y extrajudicial del grupo de entidades demandadas.

4. Impartir lineamientos para que las funciones a cargo de los comités de conciliación de las entidades pertenecientes al Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones se desarrollen de manera articulada.

5. Analizar y evaluar los asuntos de defensa jurídica de especial impacto o relevancia para el sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones e impartir los lineamientos respectivos.

6. Las demás funciones afines y complementarias, necesarias para cumplir con el objetivo

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. INTEGRACIÓN DEL SUBCOMITÉ SECTORIAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL SECTOR DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES. <Artículo modificado por el artículo 15 de la Resolución 1590 de 2020. El nuevo texto es el siguiente:> El Subcomité Sectorial de Defensa Jurídica del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones estará integrado por:

1. Un delegado del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

2. El Secretario General como representante legal del Fondo Único de Tecnologías de la información y las Comunicaciones.

2. El Director Jurídico, del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, El Director Jurídico, o quien haga sus veces de: la Comisión de Regulación de Comunicaciones y de la Agencia Nacional del Espectro, cuya participación es indelegable.

3. Los responsables o Coordinadores de la Defensa Jurídica y/o Judicial del Ministerio de Tecnología de la Información y las Comunicaciones, de la Comisión de Regulación de Comunicaciones y de la Agencia Nacional del Espectro, quienes podrán participar en las sesiones, según los temas a tratar.

4. Un representante de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

PARÁGRAFO. Cuando una de las entidades demandadas pertenezca a un sector administrativo distinto al Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se invitará a los jefes de las oficinas asesoras jurídicas o de las dependencias que hagan sus veces, en la entidad cabeza del sector administrativo y en sus adscritas y vinculadas.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. SECRETARÍA TÉCNICA DEL SUBCOMITÉ SECTORIAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL SECTOR DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES. La Secretaría Técnica del Subcomité Sectorial de Defensa Jurídica del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, estará a cargo del Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, quien se encargará de convocarlo, coordinar la logística para la realización de las sesiones, levantar las actas y archivarlas, así como solicitar a los comités de conciliación de las entidades que lo integran, la información requerida para hacer estudios de litigiosidad sectorial.

Ir al inicio

ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de octubre de 2015.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

DAVID LUNA SÁNCHEZ.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.