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RESOLUCIÓN 2012 DE 2021

(agosto 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se subrogan los artículos 1.1 y 1.19 de la Resolución MinTIC 1725 de 2020 y 1 de la Resolución 1938 del 2021

LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren las Leyes 489 de 1998, 1341 y 1369 de 2009, 1978 de 2019 y el Decreto 1064 de 2020, y

CONSIDERANDO QUE:

A través de la Resolución 1725 del 8 de septiembre del 2020, la Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones delegó y asignó unas funciones al interior del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

En particular, el artículo 1.1 ibidem, modificado por el artículo 1 de la Resolución 1938 del 4 de agosto del 2021, consagra las delegaciones al Viceministro de Conectividad. A su turno, el artículo 1.19 establece las delegaciones al Subdirector de Asuntos Postales

Se considera necesario adicionar y complementar algunas delegaciones en relación con el Viceministro de Conectividad y el Subdirector de Asuntos Postales, razón por la cual se subrogarán los artículos 1.1 y 1.19, respectivamente, de la Resolución 1725 de 2020 y 1 de la Resolución 1938 del 2021.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. SUBROGACIÓN DEL ARTÍCULO 1.1 DE LA RESOLUCIÓN 1725 DEL 2020. Subrogar el artículo 1.1 de la Resolución 1725 del 2020, modificado por el artículo 1 de la Resolución 1938 del 2021, el cual quedará así:

“ARTÍCULO 1.1. DELEGACIONES AL VICEMINISTRO DE CONECTIVIDAD. Se delegan al Viceministro de Conectividad las siguientes funciones:

1. Expedir los actos administrativos por los cuales se establecen los requisitos, las condiciones, el procedimiento para participar y se ordena la apertura del proceso de selección objetiva para otorgar permisos de uso del espectro radioeléctrico. Así como suscribir los actos de adjudicación de aquellos para uso del espectro radioeléctrico atribuido por la Agencia Nacional del Espectro para servicios móviles terrestres, en bandas identificadas para las Telecomunicaciones Móviles Internacionales -IMT- (por sus siglas en inglés).

2. Otorgar, modificar, renovar o terminar, los permisos para el uso del espectro radioeléctrico para la operación de la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones con fines estratégicos para la defensa nacional, atención y prevención de situaciones de emergencia y seguridad pública, así como para la realización de pruebas técnicas y homologación de equipos.

3. Suscribir los títulos habilitantes para la prestación de los servicios postales, así como las cesiones, prórrogas y terminaciones.

4. Suscribir los actos administrativos que ordenen la apertura, establezcan los requisitos y condiciones para participar y, en general, aquellos que se requieran en el desarrollo de los procesos de selección objetiva para otorgar concesiones, por licencia o por contrato, en relación con el servicio de radiodifusión sonora. Así como suscribir las viabilidades, los actos de adjudicación, las concesiones, por licencia o por contrato y autorizar su cesión, prórroga, terminación o liquidación, en relación con ese mismo servicio.

5. Suscribir los contratos, licencias, modificaciones, terminaciones de las concesiones del servicio de televisión.

6. Suscribir los actos administrativos que aprueben o nieguen el plan para la prestación del servicio de acceso a Internet fijo y aquellos que determinen sobre la excepción del pago de la contraprestación a los operadores de televisión comunitaria.

7. Asistir en representación del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones al Consejo Directivo de la Agencia Nacional del Espectro.

8. Asistir en representación del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones al Consejo Directivo de Computadores para Educar.

9. Asistir en representación del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a las reuniones del Comité Nacional de Espectro.

10. Asistir en representación del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a las sesiones de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

11. Asistir en representación del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a las reuniones plenarias de la Comisión Colombiana del Espacio.

12. Asistir en representación del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones al Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo.

13. Asistir en representación del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales.

14. Asistir en representación del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a las reuniones de la Junta Administradora Regional del Canal regional Teveandina (canal Tr3ce), así como a su junta de socios.

15. Expedir, previa recomendación del Comité de Obligaciones de Hacer, las resoluciones que aprueben o rechacen los planes, programas o proyectos que se pretendan ejecutar como forma de pago total o parcial de la contraprestación económica por el otorgamiento o renovación de permisos para uso del espectro radioeléctrico.

16. Expedir las resoluciones por medio de las cuales se adicionan, modifican o suprimen obligaciones de hacer previamente asignadas, o se asignan nuevas obligaciones de hacer, en relación con las materias a cargo del Viceministerio de Conectividad.”

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ARTÍCULO 2. SUBROGACIÓN DEL ARTÍCULO 1.19 DE LA RESOLUCIÓN 1725 DEL 2020. Subrogar el artículo 1.19 de la Resolución 1725 del 2020, el cual quedará así:

ARTÍCULO 1.19. DELEGACIONES AL SUBDIRECTOR DE ASUNTOS POSTALES. Se delega al Subdirector de Asuntos Postales las siguientes funciones:

1. Aprobar las pólizas o garantías que se exijan a los operadores de servicios postales, de conformidad con la normativa vigente y las constituidas por el Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo.

2. Expedir los actos administrativos por medio de los cuales se decrete el desistimiento tácito o expreso, y se ordene el archivo del expediente que corresponda, respecto de las solicitudes de habilitación o prorroga de los operadores postales que no cumplan, dentro del término legal previsto para ello, con los requerimientos que se realicen desde la Subdirección de Asuntos Postales.”

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ARTÍCULO 3. VIGENCIA Y MODIFICACIONES. La presente resolución rige a partir de su expedición y subroga los artículos 1.1 y 1.19 de la Resolución 1725 del 2020 y 1 de la Resolución 1938 del 2021.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, a los trece (13) días del mes de agosto de 2021.

KAREN ABUDINEN ABUCHAIBE

Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

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ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

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