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DECRETO 702 DE 2001

(19 abril)

Diario Oficial No. 44.394 de 20 de Abril de 2001

MINISTERIO DE COMUNICACIONES

<NOTA DE VIGENCIA: Este decreto determinó fechas límite que ya se cumplieron>

Por medio del cual se modifican las fechas de elección de los Miembros de la Comisión Nacional de Televisión a las que se refieren los Decretos 277 del 19 de febrero y 590 del 4 de abril de 2001.

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

delegatario de funciones presidenciales, conforme al Decreto 697 del 17 de abril de 2001, en ejercicio de las facultades Constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 277 de febrero 19 de 2001 se reglamentaron los literales c) y d) de la Ley 335 de 1996 con el fin de establecer los mecanismos de elección de los miembros de la Comisión Nacional de Televisión;

Que, conforme lo señala el artículo 9° del Decreto 277 de 2001, la elección de los miembros de la Comisión Nacional de Televisión se efectuará en dos etapas: en la primera de ellas, los representantes de las asociaciones, ligas o facultades inscritas, elegirán por el sistema constitucional del cuociente electoral, mediante voto directo, tres delegados por cada uno de los grupos de electores y, en la segunda etapa, los delegados votarán para elegir, por el sistema de mayoría absoluta, a los miembros de la Comisión Nacional de Televisión;

Que, de conformidad con las fechas previstas en los artículos 10 y 12 del Decreto 277 de 2001 y las disposiciones transitorias establecidas en el artículo segundo del Decreto 590 de 2001, la elección de delegados será realizada el próximo 20 de abril y la elección de comisionados deberá efectuarse el 24 de abril del año en curso;

Que, en atención a que se han presentado solicitudes de aplazamiento de las fechas de elección para efectuar algunas verificaciones frente a las inscripciones, se considera necesario, en aras de la transparencia del proceso, modificar las fechas de elección hasta en el máximo término posible dado el vencimiento del período de los actuales comisionados,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. La elección de delegados a que se refiere el artículo 10 del Decreto 277 de 2001, para efectos del proceso de elección de miembros de la Comisión Nacional de Televisión actualmente en desarrollo será el día 27 de abril de 2001.

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ARTÍCULO 2o. La elección de miembros de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión a que se refiere el artículo 12 del Decreto 277 de 2001, para efectos del proceso de elección de miembros de la Comisión Nacional de Televisión actualmente en desarrollo será el día 30 de abril de 2001.

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ARTÍCULO 3o. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de abril de 2001.

ROMULO GONZALEZ TRUJILLO

El Viceministro de Comunicaciones Encargado de la Funciones del Despacho de la Ministra de Comunicaciones,

CARLOS EDUARDO BALÉN Y VALENZUELA.

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ISSN [2745-2646]
Última actualización: 31 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.643 - 19 de enero de 2024)

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