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CIRCULAR 30 DE 2021

(noviembre 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES

PARA:EMPLEADOS PÚBLICOS DEL MINISTERIO/FONDO ÚNICO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
ASUNTO:Retorno a trabajo presencial en la Entidad en el marco de la Directiva Presidencial No. 4 del 9 de junio de 2021, alcance Circular No. 000026/2021
Concordancias

Cordial Saludo,

En desarrollo de la Circular No. 000026 del 27 de octubre de 2021 expedida por Secretaría General, se informa que desde el próximo martes 16 de noviembre de 2021, todos los líderes, dependencias y áreas del Ministerio deberán implementar esquemas de alternancia que garanticen el 75% de presencialidad de su equipo de trabajo, basados en el Índice de Resiliencia Epidemiológica Municipal – IREM para la ciudad de Bogotá con fecha de corte 2 de noviembre de 2021, según lo dispuesto en el artículo 3 de la Resolución 777 del 2021 emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, que corresponde a lo siguiente:

“´El índice de Resiliencia Epidemiológica Municipal es el índice sintético multidimensional conformado por tres dimensiones, a saber: (i) avance en las coberturas de vacunación contra el COVID-19 en la población a partir de los 16 años; (ii) estimación de la seroprevalencia del ARS-CoV-2 en el municipio, ajustada por la razón de juventud; y (iii) capacidad del sistema de salud en el territorio. El índice varía entre 0 y 1 puntos. Cuando el índice tiende a 1, se concluye una mayor resiliencia epidemiológica del municipio ante la apertura económica, cultural y social en el marco de la superación de la pandemia por COVID-19. Los detalles metodológicos se especifican en la ficha técnica. El índice de resiliencia epidemiológica municipal será publicado el día uno y día quince de cada mes en el Repositorio 1nstituciooat Digital -R10- del Ministerio de Salud y Protección Social”

Lo anterior se complementa con lo determinado en el numeral 4.3 del artículo 4 de la citada Resolución 777 del 2021:

´´ARTÍCULO 4. Criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del Estado. El desarrollo de todas las actividades económicas, sociales y del Estado se realizará por ciclos, de acuerdo con los siguientes criterios:…

4.3. Ciclo 3. Inicia cuando el municipio o distrito alcance un índice de resiliencia epidemiológica municipal de 0.75 y se extenderá hasta la vigencia de la presente Resolución.

En este ciclo se podrán realizar eventos de carácter público o privado, lo que incluye conciertos, eventos masivos deportivos, discotecas y lugares de baile, siempre que se mantenga el distanciamiento físico de 1 metro y se respete un aforo máximo de 75% de la capacidad de la infraestructura en donde se realiza el evento.

Las actividades que ya vienen funcionado, podrán continuar con el desarrollo de sus actividades, siempre y cuando se respete un distanciamiento físico de mínimo 1 metro.´´

En este sentido, se solicita a cada Director, Subdirector, Jefe de Oficina y Coordinador, dar estricto cumplimiento a esta directriz.

Por lo anterior, se informa que desde el proceso de Seguridad y Salud en el Trabajo, integrantes del COPASST y/o Brigadistas, realizarán monitoreo permanente al cumplimiento del protocolo de Bioseguridad, mediante inspecciones y reportes de actos y condiciones inseguras, tales como; no uso de tapabocas, no lavado de manos, no reporte de síntomas gripales, presencia de agua en el piso, etc.. Así mismo se invita a los colaboradores a reportar estas situaciones a través de cualquiera de los siguientes medios:

1. La IntraTIC el reporte de actos y condiciones inseguras, ingresando al enlace: https://mintic.sharepoint.com/sites/SIG/SGSST/SitePages/ReporteSGSST.aspx

2. Mediante correo electrónico enviado a los siguientes correos (dreyes@mintic.gov.co; amtorres@mintic.gov.co), o

3. De manera inmediata con la Auxiliar de enfermería Jessica Trejos o en el 4o piso en la Subdirección para la gestión del Talento Humano.

Esta información se consolidará semanalmente por el equipo de Seguridad y Salud en el Trabajo y a través de comunicados internos, se divulgarán a modo pedagógico las áreas con mayores falencias en el incumplimiento del protocolo, con el fin que implementen acciones de mejora en este sentido, en cabeza del líder respectivo.

Los casos en los que se identifiquen colaboradores reiterativos en el incumplimiento del protocolo serán notificados al Jefe Inmediato, para que tome las medidas necesarias siguiendo los procedimientos internos para cada caso, con el fin de garantizar el bienestar de todos los asistentes al Ministerio.

Agradecemos a todos ustedes participar efectivamente de esta iniciativa y reiteramos nuestro compromiso con la Salud y Seguridad de todos, a través del lavado de manos previo al ingreso del edificio Murillo Toro, uso correcto del Tapabocas permanentemente, lavado periódico de manos, uso de gel antibacterial y demás actividades descritas en el protocolo de bioseguridad del MinTIC (Anexo a la presente comunicación, resolución 02070 del 20 de agosto 2021).

Es importante tener en cuenta que, para evitar aglomeraciones en la cafetería del 2o piso a la hora del almuerzo, se permitirá el consumo de alimentos en los puestos de trabajo, cumpliendo el distanciamiento de al menos 1 metro con las demás personas.

Cordialmente,

MARÍA PIERINA GONZÁLEZ FALLA

Secretaria General

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ISSN [2745-2646]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)

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