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CIRCULAR 8 DE 1996

(junio 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

PARA: REPRESENTANTES LEGALES DE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE SERVICIOS PUBLICOS DE TELECOMUNICACIONES.
DE: COORDINACION GENERAL C.R.T
REF: CONTRIBUCIONES.

El día 24 del mes de Abril de 1995, esta Comisión remitió la Resolución 037 de 1996, por la cual se define la tarifa de la contribución de que trata el Artículo 85 Ley 142 de 1994 y el procedimiento para la autoliquidación y el pago que deben reconocer y pagar a la Comisión de regulación de Telecomunicaciones las entidades sometidas a su regulación.

Anexo encontrará el formulario CRT-01 y el instructivo para su adecuado diligenciamiento.

El pago correspondiente al 100% se podrá efectuar en efectivo, cheque de gerencia o cheque de cualquier banco del lugar donde se efectúa la consignación y deberá ser realizada en cualquiera de las oficinas del Banco Central Hipotecario cuenta de Ahorros Nacional No. 062-00008141-4 de su localidad o la más cercana,

A continuación encontrará información importante para que sea tenida en cuenta en el momento de realizar la autoliquidación y pago de la contribución.

1. Fijación Del Porcentaje De Contribución.

La tarifa de contribución para el año de 1996 es del 0.65% del valor de los gastos de funcionamiento de la entidad sometida a regulación correspondientes al año fiscal de 1995.

2. Consideraciones Para La Autoliquidación De La Contribución,

Se entiende por gastos de funcionamiento los gastos administrativos, operativos, financieros, amortizaciones, causaciones de gastos diferidos, depreciaciones, aportes parafiscales, provisiones para protección de activos.

Al fijar las contribuciones especiales se excluirán de los gastos de funcionamiento los gastos operativos. Se consideran gastos operativos para el sector de las telecomunicaciones los siguientes:

- Cargos de acceso e interconexión.

- Derechos pagados a la nación por concepto de concesiones y uso del espectro electromagnético.

- Gastos por instalación y ampliación de la red.

- Gastos de mantenimiento y reparaciones efectuados por daños de la red.

Adicionalmente se excluirán los siguientes conceptos

- Bajas y Cesiones

- Comisiones y Gastos Bancarios

- Gastos financieros

- Provisiones para la protección de cartera

- Otros activos

- Estudios y Proyectos

- Gastos que no afecten directamente a la Administración.

3. Autoliquidación.

Tomando la información de los estados financieros se efectúa la autoliquidación aplicando la tarifa señalada en el punto 1, teniendo en cuenta los conceptos expresados en el formulario de autoliquidación y de acuerdo a las consideraciones indicadas en el punto 2.

Realizada la autoliquidación, la entidad deberá efectuar la consignación del 100% en cualquiera de las sucursales del Banco Central Hipotecario cuenta de Ahorros Nacional No. 062-00008141-4 como se expresa en esta circular.

4. Presentación.

Una vez diligenciado el formulario debidamente firmado tanto por el representante legal, Contador general y Revisor Fiscal, y realizado el pago, se deberá enviar por correo certificado o entregar directamente en la Comisión antes del 30 de junio de 1996 el formulario de autoliquidacion, y el recibo de consignación.

5. Verificación.

Recibidos los documentos a que se hace referencia en el punto anterior, la comisión verificará la información y procederá en caso de encontrarse diferencias a Informar a la entidad enviando una liquidación corregida, calculando las sanciones e intereses de mora si a ello hubiere lugar.

6. Liquidación Final.

Dentro de los 30 días calendario después de recibidos los documentos a que se hace referencia en el punto 4, la Comisión deberá pronunciarse, si no lo hiciera, la liquidación se entenderá como firme y aceptada.

Si desea aclarar cualquier información y/o aclaración a lo expuesto en esta circular, la Comisión estará atenta a atenderlos en la Oficina de [a Coordinación Administrativa y Financiera en la Calle 73 No, 12-02, en el teléfono 3172007 o en el fax 3171981 de la ciudad de Santafé de Bogotá D.C.

Atentamente,

HILDA MARIA PARDO HASCHE

Coordinadora General

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ISSN [2745-2646]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)

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