Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción. Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas.

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 482 DE 2017

(marzo 6)

Diario Oficial No. 50.192 de 31 de marzo de 2017

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se aprueba la emisión de la estampilla “Homenaje a los 100 años del natalicio de Enrique Santos Castillo”.

EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009 y el artículo 19 del Decreto número 2618 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso 3 del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, indica que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es el encargado de fijar las políticas, directrices y lineamientos que reglamentan la prestación del servicio filatélico, así como el fomento de la cultura filatélica a través de los sellos y los productos filatélicos.

Que el numeral 8 del artículo 19 del Decreto número 2618 de 2012, preceptúa que es función de la Subdirección de Asuntos Postales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones definir e implementar procesos y procedimientos para la emisión y custodia de estampillas que deba emitir el Estado Colombiano, bajo la prerrogativa de miembro de la Unión Postal Universal.

Que mediante comunicación con radicado externo número 799211 del 31 de enero de 2017 el señor William Giraldo Ceballos, en su condición de presidente del Círculo de Periodistas de Bogotá, (CPB) solicitó la emisión de una estampilla conmemorativa de los 100 años del natalicio de Enrique Santos Castillo, que se cumplirá el 12 de abril de 2017.

Que en su comunicación, el señor Giraldo destacó que el señor Enrique Santos Castillo fue fundador del CPB, abogado y periodista recordado por haber sido Jefe de redacción del periódico El Tiempo por 39 años (1942-1981), editor general de las dos décadas siguientes (1981-2001), destacándose los valores democráticos y periodísticos que enarboló durante su ejemplar trayectoria al frente del medio de comunicación; así mismo, el señor Enrique Santos Castillo junto a su padre Enrique Santos Montejo y su hermano Hernando, lideró los movimientos gremiales en defensa de las libertades de prensa y expresión.

Que mediante comunicación con radicado externo número 804639 del 21 de febrero de 2017 el Presidente del CPB, presentó ante este Ministerio el plan de consumo para el material filatélico correspondiente.

Que por las razones anteriormente expuestas y con fundamento en lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, se considera viable aprobar la emisión postal denominada “Homenaje a los 100 años del natalicio de Enrique Santos Castillo”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aprobar la emisión postal denominada: “Homenaje a los 100 años del natalicio de Enrique Santos Castillo”.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. Autorícese al Operador Postal Oficial la producción de estampillas de que trata el artículo primero de esta resolución, en la anualidad 2017, cantidad y valor que será determinado de acuerdo a las necesidades del servicio de correo.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. El Operador Postal Oficial pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla aprobada.

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 6 de marzo de 2017.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

DAVID LUNA SÁNCHEZ.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.