RESOLUCIÓN 531 DE 2011
(abril 11)
Diario Oficial No. 48.051 de 25 de abril de 2011
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se aprueba una emisión postal.
EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 1341 de 2009 y el Decreto 91 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 4 del artículo 17 de la Ley 1341 de 2009 asigna como función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones la de definir las políticas y ejercer la gestión, planeación y administración de los servicios postales.
Que es prerrogativa exclusiva del gobierno de Colombia como Estado miembro de la Unión Postal Universal la producción de sellos postales o estampillas en el territorio nacional.
Que mediante Decreto 555 de 2009, se reorganizó el Consejo Filatélico, como órgano asesor del Ministerio, asignándosele la función de proponer políticas filatélicas y lineamientos que permitan la aprobación de la programación anual de emisiones postales.
Que la misión de la Procuraduría General de la Nación es: “Vigilar el correcto ejercicio de la función pública, para salvaguardar los derechos e intereses de los ciudadanos, garantizar la protección de los Derechos Humanos e intervenir en representación de la sociedad para defender el patrimonio público”.
Que es razón de ser de la Procuraduría General de la Nación como principio y fin, la defensa suprema del ciudadano. Siendo por ende Faro para toda la sociedad.
Que la Procuraduría General de la Nación es garante de garantías. Siendo la defensora del ordenamiento jurídico y de los derechos de los ciudadanos.
Que el Consejo Filatélico, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 3, artículo 3o del Decreto 555 de 2009, en sesión del 3 de diciembre de 2010, examinó y conceptuó favorablemente sobre una emisión postal en homenaje a la “Procuraduría General de la Nación”.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobar una emisión postal en homenaje a la “Procuraduría General de la Nación”.
ARTÍCULO 2o. Ordénese a Servicios Postales Nacionales S. A. la producción y puesta en circulación de la emisión postal a la que se refiere el artículo anterior
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir del momento de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 11 de abril de 2011.
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
DIEGO MOLANO VEGA.