RESOLUCIÓN 164 DE 2011
(febrero 4)
Diario Oficial No. 47.624 de 3 de mayo de 2011
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se aprueba una emisión postal.
EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 1341 de 2009 y el Decreto 91 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 4 del artículo 17 de la Ley 1341 de 2009 asigna como función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones la de definir las políticas y ejercer la gestión, planeación y administración de los servicios postales.
Que es prerrogativa exclusiva del gobierno de Colombia como Estado miembro de la Unión Postal Universal la producción de sellos postales o estampillas en el territorio nacional.
Que mediante Decreto 555 de 2009, se reorganizó el Consejo Filatélico, como órgano asesor del Ministerio, asignándosele la función de proponer políticas filatélicas y lineamientos que permitan la aprobación de la programación anual de emisiones postales.
Que el periódico “El Catolicismo” fundado el 1o de noviembre de 1849 por el Arzobispo Manuel José Mosquera, pretende llevar los valores del Evangelio a la cultura urbana de Bogotá, y al hacerlo entrar en diálogo con la cultura y realidad urbanas, siendo un medio de formación e información, que agite la opinión de los lectores y posibilite su participación y toma de conciencia en acontecimientos de actualidad del ámbito religioso, social y político para la construcción de una sociedad más justa, humana, ecuánime, igualitaria y que responda a las esperanzas del pueblo de Dios.
Por las anteriores razones, el señor Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, conceptúa favorablemente sobre una emisión postal en homenaje al Periódico “El Catolicismo”.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobar una emisión postal en homenaje al Periódico “El Catolicismo”.
ARTÍCULO 2o. Ordénese a Servicios Postales Nacionales S. A. la producción y puesta en circulación de la emisión postal a la que se refiere el artículo anterior.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir del momento de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de febrero de 2011.
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
DIEGO MOLANO VEGA