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RESOLUCIÓN 139 DE 2010

(febrero 5)

Diario Oficial No. 47.624 de 15 de febrero de 2010

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se aprueba una emisión postal.

EL VICEMINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 1341 de 2009 y el Decreto 91 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 4 del artículo 17 de la Ley 1341 de 2009 asigna como función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones la de definir las políticas y ejercer la gestión, planeación y administración de los servicios postales.

Que mediante el Decreto 2854 de 2006 se designó a la sociedad Servicios Postales Nacionales, entidad adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, como garante de la prestación del servicio público postal a cargo de la liquidada Administración Postal Nacional, entidad esta última que había sido creada por el Decreto-ley 3267 de 1916 y a la cual le correspondía, entre otros, “Emitir, con aprobación del Ministerio de Comunicaciones, custodiar y vender las especies postales de acuerdo con las normas fiscales de la Contraloría General de la República” (art. 12-C).

Que mediante Decreto 555 de 2009, se organizó el consejo Filatélico, como órgano asesor del Ministerio, asignándosele la función de proponer políticas filatélicas y lineamientos que permitan la aprobación de la programación anual de emisiones postales.

Que el Consejo Filatélico, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 3, artículo 3o del Decreto 555 de 2009, en sesión del 10 de noviembre de 2009, examinó y conceptuó favorablemente sobre una emisión postal con ocasión de celebrarse el Congreso Internacional, “El Legado de Juan Pablo II, El Magno”.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aprobar una emisión postal con ocasión de celebrarse el Congreso Internacional, “El Legado de Juan Pablo II, El Magno”.

ARTÍCULO 2o. Ordénese a Servicios Postales Nacionales S. A., la producción y puesta en circulación de la marca postal a la que se refiere el artículo anterior.

ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir del momento de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase,

Dado en Bogotá, D. C., a 5 febrero de 2010.

El Viceministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

DANIEL ENRIQUE MEDINA VELANDIA

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