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RESOLUCIÓN 4102 DE 2013

(febrero 18)

Diario Oficial No. 48.709 de 19 de febrero de 2013

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

Por la cual se asigna el número 155 al servicio denominado 'Línea Mujer', en la matriz de servicios semiautomáticos y especiales de abonado con marcación 1XY contemplada en el Anexo 010 de la Resolución CRT 087 de 1997.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales y, especialmente, las que le confieren la Ley 1341 de 2009 y el Decreto 025 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 13 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009 establece como función de la Comisión de Regulación de Comunicaciones “Administrar el uso de los recursos de numeración, identificación de redes de telecomunicaciones y otros recursos escasos utilizados en las telecomunicaciones, diferentes al espectro radioeléctrico”.

Que los artículos 1o y 2o del Decreto 025 de 2002 facultan a la Comisión para administrar los Planes Técnicos Básicos, atendiendo los principios de neutralidad, transparencia, igualdad, eficacia, publicidad, moralidad y promoción de la competencia con el fin de preservar y garantizar el adecuado uso de tales recursos técnicos, estableciendo el carácter público del contenido de los mismos y el de los actos derivados de su gestión, incluidos los procedimientos de asignación, con la única excepción respecto a las materias que puedan afectar la seguridad nacional.

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 29 del Decreto 025 de 2002, la numeración de servicios semiautomáticos y especiales (marcación 1XY) tiene características especiales, que le confieren carácter nacional, acceso universal, no destinada al uso comercial, su acceso debe ser posible desde cualquier parte del territorio nacional y su adopción obligatoria para todos los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones.

Que el Anexo 010 de la Resolución CRT 087 de 1997 contiene la Matriz de numeración para acceso a los servicios semiautomáticos y especiales de abonado - 1XY, así como la clasificación de los diferentes números que la componen, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del Decreto 025 de 2002.

Que de acuerdo con el artículo 55 del Decreto 025 de 2002, la administración del Plan de Numeración comprende las modificaciones y/o adiciones que se hagan a la estructura de la numeración, a los mapas de numeración, a los cuadros contenidos en el plan y a cualquier otro aspecto que requiera ser incluido dentro del mencionado plan.

Que mediante comunicación de la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, radicada internamente en la CRC bajo el número 201234867, dicha dependencia solicitó a la Comisión estudiar la posibilidad de asignar un número de servicios semiautomáticos y especiales (1XY) con destino a mujeres víctimas de violencia, con el propósito de brindar a través de esta línea, apoyo psicosocial y jurídico a las mujeres colombianas, respecto a las rutas de atención en violencia contra la mujer definidas actualmente, solicitud realizada en el marco de la labor de generación y divulgación de conocimiento para promover la equidad de género y argumentando la grave situación de violencia contra la mujer que vive el país.

Que en el marco de tal solicitud, la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer ha presentado un diagnóstico de la situación de la violencia contra la mujer en el país, además de información de carácter legal, técnico y económico que soporta la puesta en marcha y el uso adecuado de la línea 1XY solicitada.

Que la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, ha solicitado que el servicio a asignar sea denominado “Línea Mujer”, y adicionalmente, presentó como sugerencia para tal asignación el número 1XY – 155, el cual se encuentra actualmente en estado de Reserva en la Matriz de numeración para acceso a los servicios semiautomáticos y especiales de abonado (1XY).

Que en ejercicio de la facultad de Administración de los Planes Técnicos Básicos conferida a la CRC mediante el Decreto 25 de 2002 y en concordancia con lo previsto en el numeral 13 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009, la CRC encuentra procedente realizar la asignación del servicio “Línea Mujer” en la Matriz de servicios semiautomáticos y especiales – 1XY, de acuerdo con la solicitud de la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer.

Que teniendo en cuenta la orientación de los servicios a prestar a través del número, el mismo estará enmarcado dentro de la modalidad 3 de que trata el artículo 29 del Decreto 25 de 2002, “Llamadas con costo al usuario equivalente a la tarifa local, minuto al aire o su equivalente según el tipo de servicio. Su numeración es de carácter nacional, es propia de servicios de interés social que por su naturaleza estén adscritos a una entidad de orden nacional. Las empresas que presten servicios en esta modalidad deben cubrir los costos de transporte a que den lugar estas llamadas y, en general, podrán optar por cubrir todos los costos de las llamadas”.

Que la presente Resolución fue aprobada por el Comité de Comisionados, según consta en Acta 856 del 1o de febrero de 2013 y, posteriormente, presentada a los miembros de la Sesión de Comisión tal y como consta en Acta 283 de 18 de febrero de 2013.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Asignar el siguiente número en la matriz de servicios semiautomáticos y especiales de abonado con marcación 1XY, contemplada en el Anexo 010 de la Resolución CRT 087 de 1997:

ServicioNúmero
Línea Mujer155

Dicho número se asigna bajo la modalidad 3 en los términos del numeral 3 del artículo 29 del Decreto 025 de 2002.

ARTÍCULO 2o. Modificar el Anexo 010 de la Resolución CRT 087 de 1997 que establece la matriz de servicios semiautomáticos y especiales con marcación 1XY y su respectiva clasificación, el cual quedará de la siguiente manera:

Anexo 010

Matriz de numeración para acceso a los servicios semiautomáticos y especiales de abonados Esquema 1XY

Clasificación de la numeración para el acceso a los servicios semiautomáticos y especiales de abonados esquema 1XY

MODALIDAD 1

ServicioNúmero 1XY
Fuerza Aérea Colombiana101
Denuncia Maltrato a la Infancia106
Atención de desastres111
Policía112
Bomberos119
Número Único de Emergencias123
Ambulancia125
Tránsito departamental126
Tránsito municipal127
Cruz Roja132
Defensa Civil144
Asistencia de emergencias – Fuerzas Militares146
Antisecuestro, antiterrorismo y antiextorsión (FF. MM.)147
CAI - Policía Nacional156
Antisecuestro, antiterrorismo y antiextorsión (Policía)165

MODALIDAD 2

ServicioNúmero 1XY
Información y reclamos Trunking105
Información y Reclamos TMC Red A108
Información y Reclamos TMC Red B109
Reclamos Aseo110
Información y daños telefónicos TPBCL – Operador A114
Daños Energía115
Daños Acueducto116
Información y Reclamos PCS118
Información LDN 150
Operadora LDN151
Servicio de desmovilización de los grupos ilegales alzados en armas154
Información LDI158
Operadora LDI159
Daños Gas164
Información LDN170
Operadora LDN171
1XYZ para información TPBCLD174
Información y daños telefónicos TPBCL – Operador B177
Información LDI178
Operadora LDI179
Información y daños telefónicos TPBCL – Operador C182
Información y daños telefónicos TPBCL – Operador D184
Información y daños telefónicos TPBCL – Operador E186
Información y daños telefónicos TPBCL – Operador F187
Información LDN190
Operadora LDN191
1XYZ para operadora TPBCLD194
Información LDI198
Operadora LDI199

MODALIDAD 3

ServicioNúmero 1XY
Centro de contacto al ciudadano100
Atención de comunicaciones para personas con discapacidad102
Servicio de información hora117
Fiscalía122
Información Entidades Prestadoras de Salud133
Información hospitalaria137
Procuraduría142
Personería143
Fuerzas Armadas152
DAS153
Línea Mujer155
DIJIN157
Inteligencia Policía nacional166
Información de actividades de tráfico, comercialización y consumo de narcóticos 167

MODALIDAD 4

ServicioNúmero 1XY
Directorio por Operadora113
Proyectos especiales de Entidades Territoriales195

ARTÍCULO 3o. MODIFICACIONES Y VIGENCIAS. La presente resolución modifica en lo pertinente el Anexo 10 de la Resolución CRT 087 de 1997 y rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de febrero de 2013.

Publíquese y cúmplase.

El Presidente,

DIEGO MOLANO VEGA.

El Director Ejecutivo,

CARLOS PABLO MÁRQUEZ.

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