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DECRETO 3245 DE 2005

(septiembre 16)

Diario Oficial No. 46.033 de 16 de septiembre de 2005

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por el cual se reglamentan las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995 Orgánicas del Presupuesto General de la Nación.

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES MEDIANTE DECRETO 3189 DEL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2005,

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Artículo compilado en el artículo 2.8.1.5.5 del Decreto Único Reglamentario 1068 de 2015. Debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el artículo 3.1 del mismo Decreto 1068 de 2015> El Ministro de Hacienda y Crédito Público, tomando en cuenta el comportamiento de las rentas y previo concepto del Confis, podrá ajustar mediante resolución el valor de las rentas constitutivas de los recursos de capital sin exceder el monto de estos aprobado en la ley anual de presupuesto para la respectiva vigencia fiscal.

ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de septiembre de 2005.

SABAS PRETELT DE LA VEGA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

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