CIRCULAR 31 DE 2026
(octubre 5)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
| Para: | SERVIDORES PÚBLICOS (AS) DE CARRERA ADMINISTRATIVA Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones |
| De: | LIZA NATHALIA RODRÍGUEZ GALVIS Secretaria General |
| Asunto: | Proceso de encargos de carrera administrativa 2026 |
| Fecha: | 5 de octubre 2026 |
Apreciados (as) servidores públicos (as):
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en concordancia con lo dispuesto por el Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el artículo 1o de la Ley 1960 de 2019; la Circular Conjunta 2019000000117 del 29 de junio de 2019 emitida por la Comisión Nacional del Servicio Civil y el Departamento Administrativo de la Función Pública, así como el Criterio Unificado de la Comisión Nacional del Servicio Civil de fecha 13 de agosto de 2019 y la Resolución interna 05573 de 2025, informa que dará inició al proceso de encargos 2026, por lo cual en los próximos días, se dará a conocer los lineamientos generales para la provisión transitoria de las vacantes definitivas de carrera administrativa de la planta de personal del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para los empleos que podrán ser provistos mediante la figura de encargo.
Con el fin de surtir dicho proceso, la Subdirección para la Gestión del Talento Humano, identificará a los (as) servidores públicos (as) de carrera administrativa que cumplan con la totalidad de requisitos mínimos de formación y experiencia exigidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente en esta cartera ministerial para el cargo ofertado, para lo cual, se verificará la información a partir de los documentos que a la fecha reposen en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP). Por lo anterior, se invita a todos los (as) servidores públicos (as) de carrera administrativa a actualizar su hoja de vida y cargar los soportes respectivos.
Es importante resaltar que NO se tendrá en cuenta la información registrada SIN los soportes cargados en la plataforma del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP II). En consecuencia, es responsabilidad de cada servidor (a) público (a) de carrera administrativa, validar que la información haya quedado debidamente diligenciada, y sus documentos cargados en el aplicativo descrito.
Igualmente, se debe tener en cuenta que los estudios realizados por los (as) funcionarios (as) se validarán mediante la presentación de diplomas otorgados por instituciones acreditadas y/o actas de grado; para su validez, requerirán de los registros y autenticaciones que determinen las normas vigentes sobre la materia. Por otro lado, se recuerda que, para la validez de los posgrados, los (as) funcionarios (as) deberán presentar diploma y/o acta de grado; de igual manera, para quienes hayan culminado sus estudios recientemente, deberán presentar certificado universitario donde se especifique que solo falta la ceremonia de grado; NO serán tenidos en cuenta los certificados donde solo aparezcan las materias cursadas y sus notas.
Para las profesiones que requieren tarjeta, matricula o registro profesional, deberá cargarse en el espacio correspondiente de la plataforma del SIGEP II.
Del mismo modo, la experiencia laboral se acreditará mediante la presentación de certificaciones laborales expedidas que contengan como mínimo, los siguientes datos:
- Nombre o razón social de la entidad o empresa.
- Tiempo de servicio (fecha de ingreso y retiro).
- Relación de funciones desempeñadas.
Cuando el/la servidor (a) público (a) haya ejercido su profesión o actividad de manera independiente, la experiencia se acreditará mediante una declaración juramentada por el/la propio (a) servidor (a) público (a).
Para los contratos de prestación de servicios, se debe anexar como soporte la certificación de ejecución correspondiente, y NO será válida la copia de los contratos que el/la funcionario (a) haya desempeñado.
El plazo máximo para la actualización de la información en el SIGEP II será de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente circular. Para gestionar la activación de permisos en SIGEP II, por favor remitir solicitud a la profesional Gina Roncancio Argaez perteneciente al GIT de Administración de Personal, al correo electrónico qroncancioa@mintic.qov.co, indicando el número de cédula y los campos puntuales sobre los cuales se requiere realizar actualización.
Por otro lado, se hace necesario informar a los (as) servidores (as) públicos (as), directores, subdirectores y jefes de oficina de esta cartera ministerial, que los encarqos de carrera administrativa corresponden a la necesidad del servicio ocasionada en el área donde se encuentran las vacantes definitivas objeto de provisión; por tanto, las reubicaciones, asiqnaciones y/o traslados NO estarán permitidos, teniendo en cuenta que los (as) servidores (as) públicos (as), deberán realizar sus funciones en la dependencia de nombramiento del encarqo, en el cual hayan manifestado interés.
Es menester resaltar que el proceso de encarqos se desarrollará en diferentes etapas, y que, debido a ello, se realizará una comunicación respectiva con la información necesaria de cada empleo ofertado, su observación y/o actualización de resultados.
Cualquier inquietud sobre el proceso de encarqos de carrera administrativa por favor remitirla al correo encarqosth@mintic.qov.co.
LIZA NATHALIA RODRÍGUEZ GALVIS
Secretaria General
Compilación Juridica MINTIC
n.d.
Última actualización: 15 de octubre de 2026 - (Diario Oficial No. 53.651 - 7 de octubre de 2026)
