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CIRCULAR 4 DE 2026

(enero 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES

Para:Ministra, Viceministros, Directores Técnicos, Subdirectores, Jefes de Oficina, Coordinadores y demás Servidores Públicos del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
Asunto:Toma física de inventarios de bienes muebles - Obligaciones, responsabilidades y Control Interno

Estimados colaboradores del MinTIC;

En cumplimiento de las funciones institucionales y de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Administración de Bienes del MinTIC (GRA-TIC-MA-002), adoptado por la Resolución No. 05586 del 16 de diciembre del 2025, se informa que próximamente se llevará a cabo la toma física de inventarios de bienes muebles asignados a cada responsable.

La toma física de inventarios constituye una actividad obligatoria y hace parte de los mecanismos de control interno de la Entidad, orientados a la adecuada administración, protección y salvaguarda de los bienes públicos, en el marco del Sistema de Control Interno, la Ley 87 de 1993, la Ley 610 del 15 de agosto del 2000 y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.

En este sentido, se recuerda que todo servidor público que tenga bienes a su cargo es responsable de:

- Garantizar la custodia, conservación y uso adecuado de los bienes asignados.

- Presentar los bienes para la toma física en las fechas y horarios que se establezcan.

- Disponer del tiempo necesario y facilitar el acceso requerido para la verificación.

- Reportar de manera oportuna cualquier novedad relacionada con traslados, daños, pérdidas o situaciones especiales, conforme a los procedimientos internos vigentes, los cuales se pueden consultar a través del aplicativo Isolucion.

Así las cosas, se requiere la colaboración de todo el personal con el fin de realizar la toma física de inventarios, así como la presentación de los bienes asignados y el oportuno reporte de novedades, toda vez que hechos contrarios constituyen un incumplimiento de los deberes funcionales y de los controles establecidos por la Entidad, lo cual podrá dar lugar a las acciones administrativas, disciplinarias y fiscales a que haya lugar, de conformidad con el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019) y demás normas concordantes.

Teniendo en cuenta lo anterior, en los próximos días se informará el cronograma, metodología y responsables del proceso de toma física, por lo cual se solicita a todos los destinatarios prestar su total colaboración y disposición de los bienes muebles que se encuentran en las instalaciones, entendiendo que la correcta administración de los bienes del Estado es un deber legal y una responsabilidad inherente al ejercicio de la función pública de cada servidor público.

Cordialmente,

OLGA ISABEL BUELVAS DICKSON

Secretaria General

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