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RESOLUCIÓN 3373 DE 2018

(diciembre 11)

Diario Oficial No. 50.804 de 11 de diciembre de 2018

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se resuelve suspender los términos y la prestación de servicio al público en el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de las facultades, Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998 y la Ley 1437 de 2011, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política señala en su artículo 209 que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”. Así mismo que “Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado…”.

Que la Ley 489 de 2018 establece que corresponde a los Ministerios, sin perjuicio de lo dispuesto en sus actos de creación o en las leyes especiales “Cumplir con las funciones y atender los servicios que les están asignados”.

Que de acuerdo con el artículo 7° de la Ley 1437 de 2011, “por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo “le corresponde a la autoridad respecto de la atención al público, organizar la prestación de dicho servicio”.

Que el artículo 8° de la citada Ley en su numeral 6, señala que le corresponde a la Entidad, informar “Las dependencias responsables según la actuación, su localización, los horarios de trabajo y demás indicaciones que sean necesarias para que toda persona pueda cumplir sus obligaciones o ejercer sus derechos”.

Que con ocasión de actividades propias del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el evento ComparTIC, el cual se llevará a cabo el día 14 de diciembre de 2018, no habrá atención al público en el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, salvo la recepción de correspondencia en el Punto de Atención al Ciudadano y al Operador del Ministerio TIC en el horario normal de atención.

Que adicionalmente, en virtud de las fiestas navideñas y de fin de año la administración ha establecido la posibilidad que los funcionarios del Ministerio estén con sus familias los días 24 y 31 de diciembre de 2018, para lo cual, en estas fechas tampoco habrá atención al público en el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, salvo la recepción de correspondencia en el Punto de Atención al Ciudadano y al Operador del Ministerio en el horario de 8:00 de la mañana y hasta las 12 del día.

Que en virtud de lo anterior, se hace necesario suspender los términos y la prestación del servicio al público por los días 14, 24 y 31 de diciembre de 2018, en todos y cada uno de los procesos y actuaciones administrativas de competencia del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con excepción de los términos contractuales.

En mérito expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Ordenar la suspensión de términos y la prestación del servicio al público en el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, durante el día viernes 14 de diciembre de 2018, el día lunes 24 de diciembre de 2018 y el día lunes 31 de diciembre 2018, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente Acto Administrativo, lo anterior con excepción de los términos contractuales.

Artículo 2°. El día 14 de diciembre de 2018, se recibirá correspondencia en el Punto de Atención al Ciudadano y al Operador del Ministerio TIC, en el horario normal de recepción, esto es de 8:30 am a 4:30 p.m. en jornada continua.

Los días 24 y 31 de diciembre de 2018, se recibirá correspondencia en el Punto de Atención al Ciudadano y al Operador del Ministerio TIC, en el horario 8:00 de la mañana y hasta las 12 del día.

Artículo 3°. Ordenar la reanudación de todos los términos suspendidos, así como la atención al público, a partir del día 17 de diciembre de 2018, a partir del 26 de diciembre de 2018 y a partir del 2 de enero de 2019, respectivamente.

Artículo 4°. Publicar en la Página web del Ministerio y en un lugar visible de la Entidad el presente Acto Administrativo.

Artículo 5°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su Publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de diciembre de 2018.

La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

Sylvia Constaín.

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