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RESOLUCIÓN 2968 DE 2016

(diciembre 26)

Diario Oficial No. 50.099 de 27 de diciembre de 2016

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se adoptan medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido al Servicio de Radiodifusión Sonora, y se actualizan el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.).

EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial de las que le confieren el numeral 7 del artículo 4o de la Ley 1341 de 2009, los numerales 1 y 2 del artículo 7o del Decreto 4169 del 2011, los Decretos 2618, 1055 y 1078 de 2015, la Resolución número 415 del 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 75 de la Constitución Política de Colombia establece que el espectro electromagnético es un bien público inenajenable e imprescriptible sujeto a la gestión y control del Estado.

Que el numeral 7 del artículo 4o de la Ley 1341 de 2009, establece como uno de los fines de la intervención del Estado en el sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones el garantizar el uso adecuado del espectro radioeléctrico, así como la reorganización del mismo, respetando el principio de protección a la inversión, asociada al uso del espectro.

Que el numeral 4 del artículo 17 de la Ley 1341 de 2009, establece dentro de los objetivos del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, definir la política y ejercer la gestión, planeación y administración del espectro radioeléctrico.

Que el artículo 7o del Decreto 4169 de 2011 establece que son funciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones: asignar y gestionar el espectro radioeléctrico, con el fin de fomentar la competencia, el pluralismo informativo, el acceso no discriminatorio y evitar prácticas monopolísticas, sin perjuicio de las funciones que sobre los servicios de televisión estén asignadas a otras entidades; y establecer y mantener actualizados los planes técnicos de radiodifusión sonora.

Que la Ley 1341 de 2009 en su artículo 57 inciso 8o establece que los concesionarios de los servicios de radiodifusión sonora deberán prestar el servicio atendiendo a los parámetros técnicos esenciales que fije el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y que cualquier modificación de los parámetros técnicos esenciales requiere autorización previa de esta entidad.

Que la Resolución número 415 de 2010, en su artículo 38 dispone que: “El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales de Radiodifusión Sonora, donde se incorporen:

1. Las modificaciones que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de oficio considera que son necesarias de introducir a los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora contenidas en el respectivo plan técnico nacional, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido al servicio, el uso eficiente de los canales radioeléctricos planificados y asegurar el aprovechamiento del espectro sin interferencias objetables.

2. Las modificaciones sobre los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora que resulten con motivo de la atención de solicitudes presentadas por los proveedores del servicio, cuya viabilidad técnica haya sido aceptada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”.

Que de acuerdo con lo anterior, es deber del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones optimizar la gestión, planeación, asignación, administración y control del espectro radioeléctrico en las bandas de frecuencias del servicio de radiodifusión sonora, tal como lo ordena la Ley 1341 de 2009, el Decreto 2618 y los tratados de la UIT Río de Janeiro 1981 y de Ginebra 1982.

Que mediante la Resolución número 529 del 21 de mayo de 2010, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones estableció medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido al Servicio de Radiodifusión Sonora, actualizó el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), y se adoptó el contenido de cada uno de ellos.

Que mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones estableció medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido al Servicio de Radiodifusión Sonora, y actualizó el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), y se adoptó el contenido de cada uno de ellos.

Que la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010 ha sido modificada por las Resoluciones números 337 del 11 de marzo de 2011, 2986 del 25 de noviembre de 2011, 3120 del 13 de diciembre de 2011, 1185 del 25 de mayo de 2012, 3239 del 12 de diciembre de 2012, 2373 del 22 de julio de 2013, 1122 del 13 de junio de 2014, 254 del 27 de febrero de 2015, 918 del 22 de mayo de 2015 y 2394 del 23 de noviembre de 2016, por medio de la cuales, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ha adoptado medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido al Servicio de Radiodifusión Sonora, y actualizado el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.).

Que las resoluciones antes citadas se encuentran vigentes, componen y hacen parte de los Planes Técnicos de Radiodifusión sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y en Frecuencia Modulada (F. M.), y que las actualizaciones contenidas en las mismas se encuentran incorporadas en el documento que contiene el plan técnico nacional, que se encuentra publicado en la página web del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de propender por el fortalecimiento y desarrollo del sector, así como realizar las modificaciones necesarias de los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora para garantizar la mejor prestación del servicio y la óptima planificación del espectro radioeléctrico atribuido al mismo, observa necesario actualizar periódicamente los Planes Técnicos de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y Frecuencia Modulada (F.M.).

Por lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. MODIFÍQUESE EL NUMERAL 4.23.1 DEL PLAN TÉCNICO NACIONAL DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA (A.M.) ADOPTADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN NÚMERO 1513 DEL 5 DE AGOSTO DE 2010. El numeral 4.23.1, del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.), en el aparte denominado Plan por Departamentos, será modificado en lo relativo a los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora que se relaciona a continuación:

Modificaciones relativas al Plan en AM por departamentos

a) Modificaciones relativas a la Potencia de Operación

BOYACÁ

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (kHz)POTENCIA Actual

(kW)
ESTADO CANALDISTINTIVO
CPAIPA7103ASIGNADOHJYD

META

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (kHz)POTENCIA Actual

(kW)
ESTADO CANALDISTINTIVO
AVILLAVICENCIO79010,1PROYECTADOHJZR

TOLIMA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (kHz)POTENCIA Actual

(kW)
ESTADO CANALDISTINTIVO
CIBAGUÉ7905ASIGNADOHJNC

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 4.2.3.2 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.), adoptado mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010, denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación incorporando las modificaciones técnicas en los respectivos canales radioeléctricos.

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ARTÍCULO 2o. MODIFICAR EL NUMERAL 10.1 DEL PLAN TÉCNICO NACIONAL DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA (F. M.), ADOPTADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN NÚMERO 1513 DEL 5 DE AGOSTO DE 2010. El Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, registrará las modificaciones autorizadas a los parámetros técnicos esenciales de estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) clase A, B, y C; como se indica a continuación:

Modificaciones relativas al Plan en FM por departamentos

a) Modificaciones relativas a la Diferencia de Altura (h)

ANTIOQUIA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m)ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
BMEDELLÍN99,9101696ASIGNADOHJXA

ATLÁNTICO

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m)ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
CPUERTO COLOMBIA92,65159ASIGNADOHJH34

BOLÍVAR

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m)ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
CCARTAGENA91,15176ASIGNADOHJXB

CALDAS

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m)ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
CMANIZALES92,751905ASIGNADOHJXF

CASANARE

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m)ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
BYOPAL89,710398ASIGNADOHJI91
CVILLANUEVA100,75404ASIGNADOHJI90

CESAR

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m)ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
BVALLEDUPAR92,710160ASIGNADOHJK76

CUNDINAMARCA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m)ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
AZIPACÓN95,415753ASIGNADOHJYQ

NARIÑO

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m)ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
BSAN JUAN DE PASTO93,5101594ASIGNADOHJYV

NORTE DE SANTANDER

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m)ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
BÁBREGO94,7102438ASIGNADOHJXT
COCAÑA95,25532ASIGNADOHJO50

PUTUMAYO

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m)ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
CMOCOA98,351557ASIGNADOHJZJ
CVALLE DEL GUAMUEZ (LA HORMIGA)102,30,576PROYECTADOHJO76

VALLE DEL CAUCA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m)ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
BGUADALAJARA DE BUGA94,510863ASIGNADOHJXU

b) Modificaciones relativas a la Frecuencia de Enlace

CESAR

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)ESTADO CANAL FRECUENCIA DE ENLACE (MHz)

Actual
DISTINTIVO
CLA JAGUA DE IBIRICO99,51PROYECTADOL.F.HJA93

PUTUMAYO

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)ESTADO CANAL FRECUENCIA DE ENLACE (MHz)

Actual
DISTINTIVO
CVALLE DEL GUAMUEZ (LA HORMIGA)102,30,5PROYECTADOL.F.HJO76

c) Modificaciones relativas a la Potencia de Operación

ANTIOQUIA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)

Actual
h

(m)
ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
CARGELIA88,1590PROYECTADOHJG26

CAUCA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)

Actual
h

(m)
ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
CMIRANDA94,9275PROYECTADOHJK31
CMORALES103,3275PROYECTADOHJK32

CÓRDOBA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)

Actual
h

(m)
ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
CMONTELÍBANO89,7590PROYECTADOHJA40

NORTE DE SANTANDER

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)

Actual
h

(m)
ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
CCONVENCIÓN95,7575PROYECTADOHJO34

VICHADA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)

Actual
h

(m)
ESTADO

CANAL
DISTINTIVO
CCUMARIBO98,35130PROYECTADOHJQ79
CLA PRIMAVERA90,35130PROYECTADOHJQ81
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ARTÍCULO 3o. MODIFICAR EL NUMERAL 10.1 DEL PLAN TÉCNICO NACIONAL DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA (F. M.), ADOPTADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN NÚMERO 1513 DEL 5 DE AGOSTO DE 2010. Eliminar en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, los siguientes canales radioeléctricos atribuidos con sus correspondientes parámetros técnicos esenciales, el enlace entre estudios y sistema de transmisión, así como su respectivo distintivo de identificación para la operación de la estación de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F.M.):

CAQUETÁ

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALFRECUENCIA ENLACE (MHz)DISTINTIVO
CLA MONTAÑITA90,9190PROYECTADO309,7HJE37

LA GUAJIRA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALFRECUENCIA ENLACE (MHz)DISTINTIVO
CRIOHACHA95,7190PROYECTADO311,3HJE23

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.), adoptado mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010, denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación, incorporando los respectivos canales radioeléctricos.

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ARTÍCULO 4o. MODIFICAR EL NUMERAL 10.1 DEL PLAN TÉCNICO NACIONAL DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA (F. M.), ADOPTADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN NÚMERO 1513 DEL 5 DE AGOSTO DE 2010. Incorporar en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, los siguientes canales radioeléctricos atribuidos con sus correspondientes parámetros técnicos esenciales, el enlace entre estudios y sistema de transmisión, así como su respectivo distintivo de identificación para la operación de la estación de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F.M.):

ANTIOQUIA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALFRECUENCIA ENLACE (MHz)DISTINTIVO
CTARAZÁ103,9575PROYECTADO324,3HJE48

CAQUETÁ

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALFRECUENCIA ENLACE (MHz)DISTINTIVO
CCARTAGENA DEL CHAIRÁ93,5575PROYECTADO318,1HJE49
CFLORENCIA90,5590PROYECTADO309,7HJE37

CUNDINAMARCA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALFRECUENCIA ENLACE (MHz)DISTINTIVO
CCABRERA90,711696PROYECTADO307,7HJE45

HUILA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALFRECUENCIA ENLACE (MHz)DISTINTIVO
CALGECIRAS94,9145PROYECTADO308,9HJE46

LA GUAJIRA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m.)ESTADO CANALFRECUENCIA ENLACE (MHz)DISTINTIVO
CDISTRACCIÓN96,3590PROYECTADO311,3HJE23

PUTUMAYO

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m.)ESTADO CANALFRECUENCIA ENLACE (MHz)DISTINTIVO
CORITO101,1190PROYECTADO311,9HJE50

TOLIMA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m.)ESTADO CANALFRECUENCIA ENLACE (MHz)DISTINTIVO
CATACO107,1590PROYECTADO311,9HJE47

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.), adoptado mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010, denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación, incorporando los respectivos canales radioeléctricos.

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ARTÍCULO 5o. MODIFICAR EL NUMERAL 10.3 DEL PLAN TÉCNICO NACIONAL DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA (F. M.), ADOPTADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN NÚMERO 1513 DE 2010. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.) en el numeral 10.3, denominado Plan de estaciones Clase D, registrando las modificaciones autorizadas a los parámetros técnicos esenciales de unas estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) clase D, como se indica a continuación:

a) Modificaciones relativas a la Diferencia de Altura (h)

ANTIOQUIA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m.)ESTADO CANALDISTINTIVO
DENVIGADO97,60,2315ASIGNADOHKA74
DEL COCUY99,10,2262ASIGNADOHKC85
DEL SANTUARIO89,40,1138ASIGNADOHKB43
DFREDONIA107,40,2165ASIGNADOHKA75

BOYACÁ

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m.)ESTADO CANALDISTINTIVO
DBELÉN90,60,2291ASIGNADOHKC57
DCHIVATÁ89,60,2144ASIGNADOHKC74
DTENZA90,60,267ASIGNADOHKD78

CUNDINAMARCA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Actual (m.)ESTADO CANALDISTINTIVO
DBOGOTÁ Área 495,50,01885ASIGNADOHJU54

b) Modificaciones relativas a la Frecuencia de Enlace

ANTIOQUIA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)ESTADO CANAL FRECUENCIA DE ENLACE (MHz)

Actual
DISTINTIVO
DFREDONIA107,40,2ASIGNADO319,5HKA75

c) Modificaciones relativas a la Potencia de Operación

CUNDINAMARCA

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA Actual (kW)ESTADO CANAL FRECUENCIA DE ENLACE (MHz)DISTINTIVO
DBOGOTÁ Área 495,50,25ASIGNADOL.F.HJU54

d) Modificaciones relativas al Estado del Canal

BOLÍVAR

CLASE ESTACIÓNMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h

(m.)
ESTADO CANAL

Actual
DISTINTIVO
DZAMBRANO1070,2530PROYECTADOHKC53

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.), adoptado mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010, denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación, incorporando las modificaciones técnicas en los respectivos canales radioeléctricos.

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ARTÍCULO 6o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de diciembre de 2016.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

DAVID LUNA SÁNCHEZ.

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ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

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