Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción. Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas.

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 2850 DE 2018

(octubre 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se derogan las resoluciones MinTIC No 1366 y 1936 de 2018

EL VICEMINISTRO DE ECONOMÍA DIGITAL

En ejercicio de sus facultades legales, y en especial las que le confiere la Ley 1341 de 2009, el Decreto 1414 de 2017, y el numeral 12 del Artículo 1.2 de la Resolución 3363 del 2017, y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución No 1366 del 21 de mayo de 2018, modificada por la Resolución No 1936 del. 18 de julio de 2018, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones otorgó sub licénciamiento de uso sobre los software denominados: eSigna®BPM; eSigna®Designer, eSignaWigitaIScan; eSigna®ECM; eSigna® Mobile; eSigna® MSG; eSigna® Report; eSigna® RM; eSigna®Sede Electrónica y eSigna® Electrónica Mobile, a las entidades públicas y a las entidades privadas que ejercen funciones públicas, en cualquier orden, en donde se estuviesen desarrollando proyectos de administración electrónica por parte del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Lo anterior, en el marco del Convenio Especial de Cooperación No FP44842-405-2014, suscrito entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, COLCIENCIAS, y la Fiduciaria Bogotá como vocera del Patrimonio Autónomo denominado Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, Francisco José de Caldas.

Que dicho sublicenciamiento se consideró útil para fomentar la reducción y uso adecuado de los recursos públicos, asi como para establecer modelos que evitaran la doble contratación pública de soluciones tecnológicas y duplicaciones de herramientas tecnológicas ya existentes dentro de las entidades estatales, en observancia al principio de eficiencia y economía administrativa previsto en el artículo 209 de la Constitución Política.

Que, no obstante lo anterior, en observancia de la política pública de mejora, racionalización y depuración del ordenamiento jurídico, que tiene por finalidad armonizar la normativa nacional y fortalecer el principio constitucional de seguridad jurídica, atacando los efectos del fenómeno de la hiperinflación normativa, se estima necesario suprimir del ordenamiento jurídico la Resolución No 1366 del 21 de mayo de 2018 y su modificatoria No 1936 del 18 de julio de 2018, en tanto y en cuanto estas no resultan necesarias para lograr la utilidad pública que con las mismas se pretendía, y teniendo en consideración el hecho de que en el marco de las mismas resoluciones no se suscribió acuerdo de sublicenciamiento alguno que pudiere afectar derechos de terceros.

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Derogar las resoluciones MinTIC No 1366 del 21 de mayo de 2018 y 1936 del 18 de julio de 2018.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2. La presente Resolución rige a partir de su expedición.

Dada en Bogotá D.C., a los

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

JEHUDI CASTRO SIERRA

Viceministro de Economía Digital

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.