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RESOLUCIÓN 1012 DE 2015

(mayo 29)

Diario Oficial No. 49.541 de 12 de junio de 2015

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por medio de la cual se aprueba la emisión de una estampilla.

LA VICEMINISTRA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren la Ley 1341 de 2009, la Ley 1369 de 2009 y el Decreto 2618 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 4 del artículo 17 de la Ley 1341 de 2009, asigna como función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la de definir las políticas y ejercer la gestión, planeación y administración de los servicios postales.

Que el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, señala que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es el único autorizado para emitir sellos postales con carácter oficial, para lo cual deberá regirse por la normatividad internacional de la Unión Postal Universal (UPU), que establece las condiciones para tal efecto.

Que el inciso 3o del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, igualmente indica que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones será el encargado de fijar las políticas, directrices y lineamientos que reglamentan la prestación del servicio filatélico, así como el fomento de la cultura filatélica a través de los sellos y los productos filatélicos postales.

Que el artículo 18 de la Ley 1369 de 2009 en su numeral 3, establece que es función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la de reglamentar lo concerniente a la filatelia.

Que según el artículo 19 del Decreto 2618 de 2012, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, establece que es prerrogativa exclusiva del Gobierno de Colombia, como Estado Miembro de la Unión Postal Universal, la producción de sellos postales o estampillas en el territorio nacional.

Que el numeral 8 del artículo 19 del Decreto 2618 de 2012, preceptúa que es función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones definir e implementar procesos y procedimientos, para la emisión y custodia de estampillas que deba emitir el Estado colombiano bajo la prerrogativa de Miembro de la Unión Postal Universal.

Que es función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, fomentar y fortalecer una cultura postal entre los usuarios, mediante el aprovisionamiento de sellos de correo que faciliten su uso y, en general, la operación postal en el país.

Que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, debe proveer de sellos postales al Operador Postal Oficial para el porteo de envíos con estampillas y por este medio estimular la cultura filatélica.

Que la Circular Informativa número 1 del 4 de marzo de 2011, prevé que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones podrá aprobar emisiones filatélicas extraordinarias si se llegase a presentar la necesidad de una emisión.

Que los Juegos Deportivos Nacionales se llevarán a cabo en las ciudades de Ibagué y Quibdó del 7 al 21 de noviembre de 2015 y los Juegos Deportivos Paranacionales del 28 de noviembre al 6 de diciembre de 2015 en la ciudad de Ibagué.

Que con la realización de estos eventos deportivos se promueve el aprovechamiento del tiempo libre, la recreación, la actividad física y el bienestar generando espacios para mejorar calidad de vida y contribuyendo al fortalecimiento de una cultura deportiva nacional.

Que la celebración de este magno evento deportivo en nuestro país, amerita ser exaltado con la expedición de una emisión filatélica que conmemore su celebración.

Que por los fundamentos antes expuestos es procedente recomendar la aprobación de la estampilla:

-- Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales 2015

Por las anteriores razones, la Viceministra General encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones conceptúa favorablemente sobre la emisión de la siguiente estampilla: Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales 2015,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aprobar la emisión de la siguiente estampilla:

-- Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales 2015

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ARTÍCULO 2o. Ordénese al Operador Postal Oficial la producción de esta emisión en la anualidad 2015, con estampillas en cantidades y valor determinado, de acuerdo a las necesidades del servicio de correo.

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ARTÍCULO 3o. El Operador Postal Oficial pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo respectivos para garantizar la circulación de las estampillas aprobadas.

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ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese comuníquese y cúmplase.

29 de mayo de 2015.

La Viceministra General encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

MARÍA CAROLINA HOYOS TURBAY.

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ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

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