Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción. Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas.

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 815 DE 2016

(mayo 12)

Diario Oficial No. 49.898 de 8 de junio de 2016

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se aprueba la emisión de una estampilla.

EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 1369 de 2009, la Ley 1764 de 2015 y el Decreto número 2618 de 2012 y

CONSIDERANDO:

Que el inciso 3o del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, indica que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es el encargado de fijar las políticas, directrices y lineamientos que reglamentan la prestación del servicio filatélico, así como el fomento de la cultura filatélica a través de los sellos y los productos filatélicos.

Que el numeral 8 del artículo 19 del Decreto número 2618 de 2012, preceptúa que es función de la Subdirección de Asuntos Postales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones definir e implementar procesos y procedimientos, para la emisión y custodia de estampillas, que deba emitir el Estado Colombiano, bajo la prerrogativa de miembro de la Unión Postal Universal.

Que en razón a que el Operador Servicios Postales Nacionales S. A., es el Operador Postal Oficial y en cumplimiento de lo autorizado en la Ley 1764 de 2015 del 23 de julio de 2015, artículo 6o, mediante comunicación radicada bajo el número 732171 del 30 de marzo de 2016, solicitó la emisión filatélica para el porteo de los servicios de correo que hacen parte del servicio postal universal, con valor facial de cinco mil pesos ($5.000,00) moneda corriente y por un tiraje de quince mil (15.000) estampillas.

Que al revisar la solicitud presentada por el Operador Postal Oficial y con fundamento en lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, se considera viable aprobar la emisión de la estampilla “Rafael escalona hoy vive en su casa en el aire”, ya que con esta se contribuye al fortalecimiento de la filatelia y la cultura tradicional del pueblo colombiano.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aprobar la emisión de la serie filatélica denominada: “Rafael Escalona hoy vive en su casa en el aire”.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. Autorícese al Operador Postal Oficial la emisión de estampillas de que trata el artículo primero de la presente resolución en la anualidad 2016, con valor facial de cinco mil pesos ($5.000.oo) MCTE y por un tiraje de quince mil (15.000) estampillas.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. El Operador Postal Oficial deberá poner en marcha los planes de comercialización y consumo respectivos, teniendo en cuenta el plan propuesto por el solicitante de la emisión que mediante la presente resolución se autoriza, para garantizar la circulación de las estampillas aprobadas.

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Dada en Bogotá, D. C., a 12 de mayo de 2016.

Publíquese y cúmplase.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

DAVID LUNA SÁNCHEZ.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.