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RESOLUCIÓN 706 DE 2016

(abril 28)

Diario Oficial No. 49.898 de 8 de junio de 2016

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por medio de la cual se aprueba la emisión de una estampilla.

EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 1369 de 2009, el Decreto número 2618 de 2012,

CONSIDERANDO:

Que el inciso 3o del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, indica que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es el encargado de fijar las políticas, directrices y lineamientos que reglamentan la prestación del servicio filatélico, así como el fomento de la cultura filatélica a través de los sellos y los productos filatélicos.

Que el numeral 8 del artículo 19 del Decreto 2618 de 2012, preceptúa que es función de la Subdirección de Asuntos Postales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones definir e implementar procesos y procedimientos, para la emisión y custodia de estampillas, que deba emitir el Estado Colombiano, bajo la prerrogativa de miembro de la Unión Postal Universal.

Que mediante comunicaciones externas radicadas bajo los números 704308 del 11 de noviembre de 2015 y 732937 del 1o de abril de 2016, la Directora Ejecutiva y Miembro Fundador de la Fundación Malpelo y otros Ecosistemas Marinos, solicitó una emisión postal para hacer un reconocimiento a este santuario natural de fauna y flora, en razón a que es un área marina protegida por el Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia y declarada por la Unesco como patrimonio natural de la humanidad y reconocida como zona especialmente Sensible ante la Organización Marítima Internacional. Además de lo anterior, la emisión contribuirá a fortalecer la Soberanía Nacional.

Que mediante Radicado número 704307 del 11 de noviembre de 2015, la Directora Ejecutiva de la Fundación Malpelo, presentó ante este Ministerio un Plan de Consumo para el material filatélico correspondiente.

Que mediante comunicación radicada bajo el número 728680 del 11 de marzo de 2016, el Operador Postal Oficial, solicitó la emisión filatélica para el porteo de los servicios de correo que hacen parte del Servicio Postal Universal, con valor facial de dos mil pesos ($2.000,oo) MCTE. y por un tiraje de diez mil (10.000) estampillas.

Que al revisar la solicitud presentada por la Fundación Malpelo y con fundamento en lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, se considera viable aprobar la emisión de la estampilla temática “Malpelo Patrimonio Mundial de la Humanidad”, ya que con esta se fortalece la soberanía nacional.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aprobar la emisión postal denominada: “Malpelo Patrimonio Mundial de la Humanidad”.

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ARTÍCULO 2o. Autorízase al Operador Postal Oficial la producción de estampillas de que trata el artículo primero de esta Resolución, en la anualidad 2016, con valor facial de dos mil pesos ($2.000,oo) moneda corriente y por un tiraje de diez mil (10.000) estampillas.

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ARTÍCULO 3o. El Operador Postal Oficial deberá poner en marcha los planes de comercialización y consumo respectivos, teniendo en cuenta el plan propuesto por el solicitante de la emisión que mediante la presente resolución se autoriza, para garantizar la circulación de las estampillas aprobadas.

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ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de abril de 2016.

Publíquese y cúmplase.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

DAVID LUNA SÁNCHEZ.

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ISSN [2745-2646]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)

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