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RESOLUCIÓN 490 DE 2024

(febrero 22)

Diario Oficial No. 52.692 de 8 de marzo de 2024

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se ordena la emisión de la serie filatélica Turismo Cultural y Natural en la Isla de Providencia.

EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, Por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales (…), el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es la única entidad autorizada para emitir sellos postales con carácter oficial y que para tal efecto puede, entre otras acciones, realizar la promoción, venta y desarrollo comercial de la filatelia a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo, esto es, la sociedad Servicios Postales Nacionales S.A.S.

En el numeral 6 del artículo 20 del Decreto número 1064 de 2020, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se atribuye a la Subdirección de Asuntos Postales la función de “(...) y evaluar las solicitudes de estampillas (…), con el fin de recomendar su emisión al Ministro”.

Por medio de la comunicación radicada bajo el número 241007382 del 1 de febrero de 2024, la señora Debbie Archbold Páez, en calidad de Alcaldesa (e) de Providencia, solicitó a este Ministerio autorizar la emisión de una serie filatélica a través de la cual, con al menos 15 motivos, se represente el turismo cultural y natural de la Isla, con el fin de exaltar esta riqueza como Patrimonio Cultural de la Nación.

Mediante oficio radicado el 12 de febrero de 2024, bajo el número 242010635, la Directora de Industria de Comunicaciones de este Ministerio, expidió concepto favorable, y, en consecuencia, recomendó a este Despacho su aprobación, indicando que “(...) las emisiones filatélicas tienen como objetivo fomentar y contribuir a la cultura, el arte y la historia, así como reconocer y conmemorar aquellos acontecimientos que, por su naturaleza e importancia, revisten valor histórico, documental, técnico, cultural, social o político y considerando la importancia que tiene para el país exaltar sus riquezas naturales y culturales, se recomienda la emisión de una serie filatélica que represente el patrimonio cultural y natural de la Isla de Providencia, con el fin de contribuir al desarrollo social y económico de la región (…)”.

Atendiendo las razones anteriormente expuestas, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones encuentra pertinente ordenar la emisión de la serie filatélica denominada “Turismo Cultural y Natural en la Isla de Providencia”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. APROBACIÓN EMISIÓN FILATÉLICA. Aprobar la emisión de la serie filatélica denominada “Turismo Cultural y Natural en la Isla de Providencia”.

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ARTÍCULO 2o. ORDENAR LA PRODUCCIÓN DE ESTAMPILLA. Ordenar a la sociedad Servicios Postales Nacionales S.A.S., Operador Postal Oficial de Colombia, la producción de las estampillas de que trata el artículo primero de esta resolución, así como de los productos filatélicos relacionados con las mismas, dentro de la vigencia 2024, en la cantidad y valor facial que serán determinados de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.

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ARTÍCULO 3o. CIRCULACIÓN DE ESTAMPILLA. Servicios Postales Nacionales S.A.S., pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla objeto de la emisión, la cual deberá estar disponible en la totalidad de los puntos de venta del Operador Postal Oficial, de manera que se garantice que todos los habitantes de nuestro país tengan acceso a ella.

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ARTÍCULO 4o. COMUNICACIÓN. El Ministerio, a través de la Subdirección de Asuntos Postales, comunicará el presente acto administrativo a la señora Debbie Archbold Páez, Alcaldesa (e) de la Isla de Providencia y al Jefe Nacional de Filatelia de Servicios Postales Nacionales S. A. S.

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ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 22 de febrero de 2024.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

Mauricio Lizcano Arango.

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ISSN [2745-2646]
Última actualización: 30 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.728 - 15 de abril de 2024)

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